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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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AEMET anuncia la fecha que llegará el calor para quedarse

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Aemet anuncia calor España

¿Cuándo llegará el calor de verano en España? La AEMET anuncia una subida estable de temperaturas

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ha confirmado que el calor veraniego llegará de forma estable a finales de mayo, con temperaturas que podrían alcanzar los 35 ºC en el sur de la Península. Tras semanas de inestabilidad, las altas presiones dominarán el panorama meteorológico, dando paso a un ambiente seco y cálido.

El verano se adelanta: calor estable a partir de la última semana de mayo

Según el portavoz de la AEMET, Rubén del Campo, a partir de la próxima semana se espera un tiempo más estable y con temperaturas casi veraniegas, especialmente en el centro y sur de la Península. En algunas zonas como Andalucía o Extremadura, se podrían registrar máximas de hasta 35 ºC a mediados de semana.

¿Durará el calor durante el mes de mayo?

La predicción subestacional indica que esta subida de temperaturas continuará hasta principios de junio, aunque los expertos recomiendan precaución ante posibles cambios. A pesar del calor, no se espera una situación de sequía meteorológica grave, gracias a las lluvias acumuladas durante la primavera.

Verano 2025: más cálido de lo normal, pero sin extremos

De acuerdo con Eltiempo.es, se prevé un verano más cálido de lo habitual, aunque menos extremo que en años anteriores. No se anticipan olas de calor prolongadas ni récords históricos, pero sí podrían formarse DANAS y episodios de lluvias intensas, especialmente en el este peninsular.

En general, el interior sur peninsular vivirá jornadas de intenso calor, mientras que zonas del extremo norte y los archipiélagos podrían experimentar un verano más templado.

Situación hídrica favorable de cara al verano

La doctora Mar Gómez, meteoróloga de Eltiempo.es, ha destacado que los embalses se encuentran en buena situación, con niveles superiores al 50 % en la mayoría del país. Esto permite afrontar el verano con una perspectiva positiva en cuanto a la disponibilidad de agua, reduciendo el riesgo de restricciones a corto plazo.

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