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La Fiscalía solicita absolver a los dueños de los perros que atacaron a la vicealcaldesa Sandra Gómez

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VALÈNCIA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) – La Fiscalía Provincial de Valencia solicita la absolución para los dueños de los perros que atacaron el pasado año a la vicealcaldesa de València, Sandra Gómez, al no poder tipificar los daños como imprudencia menos grave –tras la última reforma del Código Penal–, aunque deja abierta la vía civil, según ha podido saber Europa Press.

La también edil de Desarrollo Urbano fue atacada por dos american stanford el pasado mes de diciembre cuando intentaba proteger a su propio perro del ataque de estos animales y, como consecuencia, se tuvo que someter a una operación por las heridas que presentaba en una mano.

La agresión acabó en denuncia y recayó en el Juzgado de Instrucción número 3 de València. Tras estudiar los hechos, el ministerio público ha reclamado la absolución para los dueños de los perros que acabaron atacando a Sánchez al no poder tipificar los hechos como imprudencia tras la reforma del Código Penal.

Según han informado fuentes conocedoras de la decisión, la agresión de los perros se podría enmarcar en un delito de imprudencia menos grave, pero este precepto exige que la lesión sufrida en el momento de los hechos –antes de la reforma– fuera de carácter grave, algo que la Fiscalía entiende que no se dio. De esta forma, solicita la absolución por vía penal con reserva de las acciones civiles que se estimen pertinentes.

Los hechos se remontan al 16 de diciembre de 2018, mientras la edil paseaba a su perro por los alrededores de su domicilio. En un momento dado, éste fue atacado por dos canes de la raza american stanford que iban sin bozal.

En ese instante, Gómez intentó proteger a su animal, momento en el que los otros dos perros le mordieron en la mano, una agresión que le afectó al hueso y por la que debió someterse a una operación quirúrgica dada la gravedad de las heridas.

Los otros dos perros iban con sus propietarios. Hasta el lugar de los hechos se desplazaron agentes de la Policía Local que fueron los que trasladaron a la edil al hospital para ser atendida e interpusieron denuncia de oficio por la agresión. El can de la vicealcaldesa también sufrió lesiones en el cuello y, tras ello, debió de someterse a revisiones y curas.

Como consecuencia del ataque y de la operación, Sandra Gómez vio alterada su agenda en el consistorio y en alguna ocasión tuvo que seguir un pleno vía Skipe desde su casa mientras se recuperaba de las heridas causadas.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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