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La Fiscalía solicita absolver a los dueños de los perros que atacaron a la vicealcaldesa Sandra Gómez

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VALÈNCIA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) – La Fiscalía Provincial de Valencia solicita la absolución para los dueños de los perros que atacaron el pasado año a la vicealcaldesa de València, Sandra Gómez, al no poder tipificar los daños como imprudencia menos grave –tras la última reforma del Código Penal–, aunque deja abierta la vía civil, según ha podido saber Europa Press.

La también edil de Desarrollo Urbano fue atacada por dos american stanford el pasado mes de diciembre cuando intentaba proteger a su propio perro del ataque de estos animales y, como consecuencia, se tuvo que someter a una operación por las heridas que presentaba en una mano.

La agresión acabó en denuncia y recayó en el Juzgado de Instrucción número 3 de València. Tras estudiar los hechos, el ministerio público ha reclamado la absolución para los dueños de los perros que acabaron atacando a Sánchez al no poder tipificar los hechos como imprudencia tras la reforma del Código Penal.

Según han informado fuentes conocedoras de la decisión, la agresión de los perros se podría enmarcar en un delito de imprudencia menos grave, pero este precepto exige que la lesión sufrida en el momento de los hechos –antes de la reforma– fuera de carácter grave, algo que la Fiscalía entiende que no se dio. De esta forma, solicita la absolución por vía penal con reserva de las acciones civiles que se estimen pertinentes.

Los hechos se remontan al 16 de diciembre de 2018, mientras la edil paseaba a su perro por los alrededores de su domicilio. En un momento dado, éste fue atacado por dos canes de la raza american stanford que iban sin bozal.

En ese instante, Gómez intentó proteger a su animal, momento en el que los otros dos perros le mordieron en la mano, una agresión que le afectó al hueso y por la que debió someterse a una operación quirúrgica dada la gravedad de las heridas.

Los otros dos perros iban con sus propietarios. Hasta el lugar de los hechos se desplazaron agentes de la Policía Local que fueron los que trasladaron a la edil al hospital para ser atendida e interpusieron denuncia de oficio por la agresión. El can de la vicealcaldesa también sufrió lesiones en el cuello y, tras ello, debió de someterse a revisiones y curas.

Como consecuencia del ataque y de la operación, Sandra Gómez vio alterada su agenda en el consistorio y en alguna ocasión tuvo que seguir un pleno vía Skipe desde su casa mientras se recuperaba de las heridas causadas.

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El Juzgado de Instrucción nº 20 rechaza asumir la denuncia de Manos Limpias por la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 21 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).-

alència, 21 nov (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 20 de València, que investiga la muerte de un vecino de La Torre arrastrado por las aguas durante la DANA del 29 de octubre, ha desestimado asumir las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Instrucción 15 tras la denuncia de Manos Limpias contra dirigentes de la Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) por presunto homicidio imprudente.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de Instrucción 20 califica de «prematura y no justificada» la inhibición planteada por el juzgado receptor de la denuncia, recordando que su investigación se limita, por el momento, al fallecimiento de un hombre de 79 años, vecino de La Torre, cuyo cuerpo fue encontrado el 30 de octubre.

Sin conexión con la denuncia de Manos Limpias

El juez destaca que no hay «base indiciaria mínima» que vincule la denuncia de Manos Limpias con la muerte que investiga. Según la autopsia, el hombre murió alrededor de las tres de la madrugada del 30 de octubre, tras ser arrastrado por las aguas al intentar sujetarse con la ayuda de su hermano, sufriendo una parada cardiorrespiratoria asociada a un ahogamiento.

La resolución señala que, para imputar resultados lesivos a personas concretas, es imprescindible evaluar de forma objetiva las circunstancias específicas de cada caso, algo que no se ha hecho en este procedimiento. El Juzgado 15 no ha practicado diligencias que justifiquen la conexión entre los hechos denunciados y el fallecimiento investigado.

Además, el juez recalca que el deceso ocurrió horas después de la inundación, cuando ya se había emitido una alerta roja por parte de la Aemet y los mensajes de Emergencias estaban activos. Por tanto, considera que no existe una relación causal suficiente para acumular la denuncia de Manos Limpias en su investigación.

Resolución recurrible

La decisión del Juzgado 20 puede ser recurrida en un plazo de tres días ante el mismo juzgado o en cinco días ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado de Instrucción 20 fue el primero en València en abrir diligencias previas por un fallecimiento relacionado con las inundaciones, limitándose hasta ahora a investigar el caso de La Torre.

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