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La Generalitat activa una nueva herramienta anticorrupción en la Administración

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VALÈNCIA, 7 Feb. – La Generalitat, a través de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, ha activado el nuevo Sistema de Alertas para detectar las malas prácticas en la administración y su sector público (Saler).

El Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) ha publicado la resolución que implica el arranque oficial de esta nueva herramienta anticorrupción, al entrar en vigor el título de la ley 22/2018 relativo al sistema de alertas.

El nuevo instrumento está integrado por las bases de datos necesarias de los organismos y administración de la Generalitat. De esta forma, se podrán detectar probables situaciones de riesgo, incluso antes de que se acaben produciendo irregularidades o malas prácticas.

A su vez, se podrán ir incorporando nuevas herramientas al sistema, en función de la evolución práctica del mismo, así como del entorno normativo y tecnológico. Por tanto, se irá ampliando a la vez que se está utilizando, introduciendo herramientas innovadoras que completarán el sistema.

En este sentido, la activación de nuevas alertas se hará efectiva cuando se disponga de la información pertinente. En ese momento, se procederá a la puesta en marcha de los algoritmos y a la comprobación de su correcto funcionamiento.

Por otra parte, se están realizando los trabajos preparatorios del informe anual para presentar en Les Corts respecto al funcionamiento del sistema, las alertas, su comprobación y seguimiento de las recomendaciones de la Inspección General de Servicios (IGS).

Identificación temprana de malas prácticas
El Sistema de Alertas para prevenir las malas prácticas en la administración pretende reforzar la identificación, prevención y detección temprana de estas prácticas en los procesos administrativos de gestión. Herramienta que, unida a otros elementos, como la elaboración de un mapa de riesgos, planes individuales de autoevaluación y la publicación de un código de buenas prácticas, constituirán los instrumentos básicos de carácter preventivo para reducir riesgos de irregularidades.

El cuerpo normativo se completará con los reglamentos para la puesta en marcha del canal confidencial de denuncias; la comisión interdepertamental; el reglamento de la IGS; y el decreto de desarrollo de los aspectos técnicos del sistema de alertas (publicidad de algoritmos, requerimientos de control de la información obtenida y de acceso, etc).

El subsecretario de la Conselleria de Transparencia, Alfonso Puncel, ha destacado que esta resolución «supone la entrada en vigor de la ley 22/2018 de Inspección General de Servicios y del Sistema de Alertas en su totalidad, culminando así la primera fase de activación completa y situando a la Generalitat en la vanguardia de la innovación en materia de calidad y control de las malas prácticas».

Alfonso Puncel ha anunciado que las próximas actuaciones para continuar desarrollando el Sistema de Alertas se dirigen a la incorporación de tecnologías avanzadas; uso de inteligencia artificial; mejora de las herramientas de análisis de datos masivos; o acuerdos con otras administraciones españolas e internacionales para su difusión, como instrumento para la lucha contra la corrupción.

En este sentido, el subsecretario se ha referido al principio de acuerdo existente con varios estados de México y a los contactos con la Unión Europea orientados a entrelazar su sistema de alertas Arachne y el Saler.

Todo ello, formará parte del Plan de difusión 2019-2023, cuya redacción se está finalizando, dado que está prevista su aprobación y presentación antes de que finalice la actual legislatura.

Por último, el subsecretario de Transparencia ha añadido que la puesta en marcha del Sistema de Alertas «supone cumplir con la planificación que nos marcamos en 2015».

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VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

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Okupa Menorca chalé lujo

Una familia de okupas toma posesión de un chalé de lujo con vistas al mar en la costa de Menorca y lo presume en redes sociales.

La mujer okupa, que se ha instalado en el chalé junto a su familia, presenta el vídeo que ha grabado con estas palabras: «Hoy os voy a enseñar el chalé que he okupado, nuevo y a estrenar». El chalé se encuentra en la exclusiva urbanización de Coves Noves, en el norte de Menorca.

En su house tour, la mujer okupa ha decidido compartir con sus amistades todos los detalles de su nueva morada, mientras que el propietario del chalé ha presentado la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil.

La okupa muestra orgullosa las diversas estancias del chalé, que «acaba de estrenar» y que cuenta con tres cuartos de baño, cuatro dormitorios y una moderna cocina, entre otras dependencias. También destaca los grandes ventanales con vistas al mar y los suelos de parqué.

VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

 

En España, la ocupación de viviendas es un problema complejo que involucra varias leyes y procedimientos legales. La respuesta de la ley depende en gran medida de si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o una segunda vivienda. Aquí hay un resumen de cómo actúa la ley en estos casos:

1. Residencia Habitual:

  • Desalojo Rápido: Si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o de alguien que la usa regularmente (incluso si está vacía durante unas vacaciones, por ejemplo), la policía puede desalojar a los okupas de manera inmediata sin necesidad de una orden judicial.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Artículo 202): La ocupación de la vivienda habitual del propietario puede considerarse un allanamiento de morada, un delito penal que puede conllevar penas de prisión.

2. Segundas Viviendas o Propiedades Desocupadas:

  • Procedimiento Judicial: Para las segundas viviendas o propiedades desocupadas, el desalojo suele requerir un proceso judicial. El propietario debe presentar una denuncia, y el juez debe ordenar el desalojo.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (Juicio Verbal de Desahucio por Precario): Este procedimiento judicial permite a los propietarios solicitar el desalojo de okupas, aunque el proceso puede ser largo, a menudo tomando varios meses.
  • Reforma de 2018: Se introdujo un procedimiento acelerado para desalojar a los okupas, permitiendo a los propietarios y entidades públicas solicitar un desalojo rápido en casos de ocupación ilegal.

3. Medidas Penales y Administrativas:

  • Multas y Penas de Prisión: Además de la posible pena de prisión por allanamiento de morada, los okupas pueden enfrentarse a multas. En algunos casos, si se demuestra que hay daños a la propiedad o comportamientos ilícitos adicionales, las penas pueden ser más severas.
  • Responsabilidad del Propietario: A veces, los propietarios también pueden enfrentar sanciones si no aseguran adecuadamente sus propiedades, aunque esto es menos común.

4. Protección de los Derechos de los Ocupantes:

  • Diferencias entre Ocupas y Personas Vulnerables: La ley hace distinciones entre okupas que ocupan ilegalmente propiedades por lucro o por necesidad y personas en situación de vulnerabilidad. Las segundas pueden recibir una consideración diferente en los tribunales, especialmente si hay menores o personas dependientes involucradas.
  • Intervención de Servicios Sociales: En algunos casos, los servicios sociales pueden intervenir para proporcionar asistencia a las personas vulnerables ocupantes, buscando soluciones habitacionales alternativas.

5. Procedimientos Preventivos:

  • Seguridad Privada: Algunos propietarios optan por contratar seguridad privada para vigilar sus propiedades y evitar ocupaciones.
  • Medidas Cautelares: Los tribunales pueden imponer medidas cautelares para proteger las propiedades en riesgo de ser ocupadas.

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