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Valencia

La mayoría de los valencianos que recibieron una primera dosis de AstraZeneca decide repetir

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El 24% de las personas menores de 60 años que recibieron la primera dosis de la vacuna de AstraZeneca completará su pauta de inmunización con Pfizer, en sintonía con las recomendaciones hechas por la Comisión de Salud Pública y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. El 76% restante recibirá AstraZeneca, tal y como han solicitado en el enlace facilitado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en el SMS de contacto.

La citación se está realizando a través de SMS y en ella se ofrece una segunda dosis con Pfizer. Por el momento, han recibido el mensaje 40.710 personas, y en los próximos días se extenderá a quienes tengan que recibir la segunda dosis en función cuándo recibieron la primera.

En el caso de las personas que rechazan Pfizer, el proceso necesariamente se dilata porque los equipos de citación tienen que eliminarlas del listado originario de pacientes pendientes de vacunar e introducirlas en otro que se va confeccionando con quienes optan por completar su pauta de inmunización con AstraZeneca. En este último caso, tal y como acordó el Ministerio de Sanidad, la persona deberá firmar un consentimiento informado para recibir la segunda dosis con AstraZeneca.

Por el contrario, el grupo de quienes acceden a recibir la segunda dosis de Pfizer no necesita firmar ningún consentimiento informado, porque se trata de la vacuna recomendada en la estrategia de vacunación del Sistema Nacional de Salud.

El procedimiento está alineado con el acuerdo alcanzado por la Comisión de Salud Pública que decidió administrar Pfizer como segunda dosis, considerando que actualmente se recomienda AstraZeneca en personas con 60 y más años de edad (debido a los efectos adversos, graves pero infrecuentes, que se incrementan al disminuir la edad) y los datos recientes sobre la seguridad y respuesta inmune observada con esta pauta, así como con la decisión adoptada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que, tras consulta con el Comité de Bioética, acordó que quienes rechacen la segunda dosis con Pfizer y, con el fin de garantizar la pauta completa, podrán ser vacunados con AstraZeneca.

Para que todo el proceso se realice de forma de forma satisfactoria, se deben tener actualizados los datos de contacto en la tarjeta SIP.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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