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Valencia

La suspensión de la zona de la ‘ORA’ se adelanta en Fallas y se podrá aparcar gratis a partir del 12 de marzo

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zona azul valencia fallas

Durante los días más importantes de la fiesta de Fallas el estacionamiento regulado con limitación horaria quedará suspendido. La novedad este año, recogida por el bando fallero que ya ha entrado en vigor, es la ampliación en dos días de ese periodo de suspensión, que se extenderá desde las 9:00 horas del día 12 de marzo hasta las 9:00 horas del día siguiente a la Nit de la Cremà.

«Como los días 12 y 13 son lunes y martes, con esta iniciativa reducimos las afecciones para el vecindario que ya haya aparcado en zona azul el domingo, día 11. Son dos días más que el año pasado. Así, no tendrán que mover los vehículos el lunes”, ha explicado el concejal de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de València, Giuseppe Grezzi. “Esperamos contribuir de esta forma a la reducción del tráfico en unas fechas complicadas para la circulación. De hecho, la mejor opción es dejar el coche aparcado y optar por las otras y mejores alternativas de movilidad», ha explicado.

Por segundo año consecutivo el bando fallero ha sido el resultado de un proceso participativo con varios colectivos vecinales, representantes del comercio, la hostelería y los consumidores y agentes del mundo fallero. En primera instancia, el concejal de Cultura Festiva, Pere Fuset, mantuvo varias reuniones con todos estos representantes sociales y todas sus propuestas fueron trasladadas a los servicios municipales para poder evaluarlas y trasladar al bando fallero las necesidades manifestadas.

Una de estas peticiones del vecindario, de las asociaciones de consumidores y del mundo fallero se ha plasmado en el bando fallero con la ampliación de los días sin estacionamiento regulado por limitación horaria.

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Valencia

Ayuda por nacimiento y adopción en València 2026: 400 euros y cómo solicitarla

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Cheque bebé Valencia 2025
PIXABAY

València aumenta hasta 400 euros la ayuda por nacimiento o adopción para 2026

El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de ayudas municipales al fomento de la natalidad y la conciliación familiar para el año 2026, aumentando la cuantía a 400 euros por cada nacimiento, adopción o acogimiento, frente a los 300 euros del año anterior. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y se dirige a familias que acrediten residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento o inicio de la convivencia por adopción o acogimiento.

Estas ayudas, concedidas mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, buscan garantizar la igualdad de trato entre todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos y forman parte de la política municipal de apoyo a la familia, la conciliación laboral y la cohesión social. Según la Junta de Gobierno Local, “la falta de natalidad es uno de los problemas acuciantes de la sociedad valenciana y la conciliación, una de las asignaturas pendientes”.

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán beneficiarse de la ayuda las personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras de la persona menor que cumplan los siguientes criterios:

  • Residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Empadronamiento del menor en el municipio de València.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incursas en causas de prohibición legal.

  • En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, podrá ser beneficiaria la persona que conviva con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a partir de la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento. Las solicitudes se podrán presentar:

  • De forma presencial, en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

  • De manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

Documentación requerida

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada y firmada.

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

  • Libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Certificado de empadronamiento del solicitante y del menor.

  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (comprobado de oficio por el Ayuntamiento).

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Resolución y abono de la ayuda

El Ayuntamiento resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La ayuda se abonará en un único pago de 400 euros mediante transferencia bancaria y será compatible con otras subvenciones o prestaciones similares otorgadas por otras administraciones o entidades.


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