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La UCO busca en el almacén de la Generalitat en Riba-roja más documentos sobre Zaplana

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VALÈNCIA, 25 May. (EUROPA PRESS) –

Agentes de la Unidad Centro Operativa (UCO) de la Guardia Civil han buscado en el almacén de la Generalitat de Riba-roja (Valencia) más documentos relativos a la ‘operación Erial’ que ha llevado a la detención y entrada en prisión del expresidente de la Generalitat y exministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, por presuntos delitos de blanqueo de capitales, malversación y prevaricación.

Los agentes ya se personaron el pasado martes –día de la detención– en la sede de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo para reclamar todo el expediente de concesión administrativa de las ITV de 1997 –año en el que fueron privatizadas con el gobierno de Eduardo Zaplana– y el expediente de contratación sobre el desarrollo del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana. Ambas se adjudicaron a UTE con participación de la empresa Sedesa, de Vicente Cotino y José Cotino, investigados y con medidas cautelares en esta investigación.

En la sede de la Conselleria se almacena parte de la documentación pero, según las fechas, la más alejada en el tiempo, de todos los departamentos, se traslada para su archivo al almacén de la Generalitat en Riba-roja, que es donde se han desplazado los agentes para recabar aquella relativa a las dos adjudicaciones bajo sospecha y se han llevado cajas con expedientes vinculados, según ha podido saber Europa Press.

La Zona VI del Plan Eólico fue adjudicada en su día a la sociedad Proyectos Eólicos Valencianos y en la que la empresa Sedesa, de Vicente Cotino, tenía una participación del 25 por ciento. En noviembre de 2006 comenzó el montaje de los primeros parques eólicos del Plan Eólico Valenciano, en concreto en la denominada zona seis, con siete parques previstos en la comarca del Alto Palancia en Castellón.

La sociedad Proyectos Eólicos, creada para promover esta energía en la Comunitat, resultó adjudicataria mediante concurso público del desarrollo eólico de las zonas 5 y 6 y de la 11 en Valencia, con una potencia en conjunto de 498 MW y una inversión de 450 millones de euros.

En la sociedad participaban Endesa a través de su filial ECyR, (Endesa Cogeneración y Renovables), propietaria del 55% de las acciones; Bancaja, con el 20%, y el Grupo Sedesa, con un 25%. En este caso, los agentes han pedido documentación sobre esta mercantil.

En cuanto a las ITV, es un servicio que en la Comunitat Valenciana se privatizó en 1997. En enero de 2016, el pleno de las Corts aprobó una proposición no de ley en la que se pedía que la Sindicatura de Comptes realizara una auditoría de la gestión de la ITV y una comparativa con la prestación del servicio y los modelos del resto de comunidades.

En el debate de la proposición, presentada por Compromís, el síndic de la coalición, Fran Ferri, recordó que en 1997, el Consell presidido por Eduardo Zaplana, sacó los pliegos de la concesión, uno de los cuales fue adjudicado a una UTE en la que participaba Sedesa. Otro lote, según explicó entonces, fue a parar a manos de personas relacionadas con el exconseller de Territorio, Rafael Blasco, actualmente en prisión por una de las piezas del caso Cooperación.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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