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Según la ley de Bienestar Animal: ¿Qué mascotas puedo tener?

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Ley de Bienestar Animal
Uno de los protagonistas de las polémicas sobre la Ley de Bienestar Animal

La Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales y la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal han sido hoy aprobadas en el consejo. La propuesta nació con el pretexto de proteger a las mascotas. Ahora constituye la primera norma de Bienestar Animal de España.

La ley de Bienestar Animal es aprobada en una votación bastante ajustada

El principal punto del debate sobre la ley era la inclusión de protección a los perros de caza, que finalmente quedan fuera de la norma. Este punto ha suscitado críticas por parte del colectivo de veterinarios. También ha llevado a partidos en principio favorables a la ley a votar en contra. Al final, tras una votación bastante ajustada, en la que PSOE y Unidas Podemos se han situado a favor, ambas propuestas han salido adelante.

¿Qué significa la aprobación de la Ley de Bienestar animal?

El proyecto ha suscitado muchas dudas entre la población, en parte por la cantidad de bulos que circularon sobre él. A pesar de que muchos fueron ya desmentidos cuando se publicó el proyecto, algunos han vuelto a aparecer.

Vamos a resolver algunas de las preguntas más frecuentes sobre la Ley de Bienestar Animal, presentada por el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra.

¿Puedo tener un conejo o un hámster?

La ley afecta a los animales de compañía y silvestres que se encuentren en cautividad. La regulación de los animales de compañía ha sido un disparador de fake news. Tras la primera aprobación del proyecto empezaron los rumores acerca de qué especies estarían prohibidas.

Conejos, hámsters, tortugas y otras mascotas comunes en nuestro país fueron las protagonistas del bulo más extendido.  El listado positivo de animales de compañía se publicará «en el plazo máximo de 48 meses desde la entrada en vigor de la ley», según el texto del proyecto. Es decir, la lista se dará a conocer en los próximos cuatro años. Sí se detalla el criterio a seguir: “No podrán ser en ningún caso incluidas en el listado positivo de animales de compañía las especies exóticas invasoras en los términos definidos en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras”. Por tanto, es falso que la ley prohíba estos animales.

En esta lista relativa a la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales no entrarán los animales más comunes en España (perros, gatos, conejos…) aunque sí podría afectar a aquellos que tengan algunos tipos de peces, aves, anfibios o roedores.

Curso para tener un perro

Uno de los puntos más importantes de esta nueva normativa es el hecho de que, para tener un perro, haga falta recibir un curso. Incluso aquellos que ya lo tengan una vez entre en vigor la ley sobre el bienestar animal, tendrán un plazo de dos años para completarlo. Esta formación será de carácter gratuito.

¿Qué me pide la ley si tengo un animal prohibido?

Si tienes un animal que la nueva ley no permitirá tener, tranquilidad. No tienes que deshacerte de él. El único paso a seguir en este caso es conseguir «la homologación o una adquisición de título», también para personas que trabajan con ellos o son propietarias de circos, carruseles o atracciones de ferias. Los plazos para obtenerlos serán los mismos de la elaboración de los cursos para perros.

Animales que quedan fuera

Además de a los perros de caza, esta ley excluye a los toros, los animales de producción o los utilizados en experimentos.

En cuanto a la reforma del Código Penal, algunos de los cambios más relevantes es la consideración del maltrato animal como agravante en casos de violencia de género o las penas para los casos de maltrato que necesiten de atención veterinaria.

 

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Revilla no alcanza un acuerdo con el rey Juan Carlos en el acto de conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

El expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, no ha llegado a un acuerdo con los abogados del rey emérito Juan Carlos I durante el acto de conciliación celebrado este viernes 16 de mayo en el complejo judicial de Las Salesas (Santander). La cita judicial, previa a un posible juicio, forma parte de la demanda interpuesta por el exmonarca por unas declaraciones que considera «injuriosas».

Revilla: «No me voy a retractar, lo que dije es lo que piensa la mayoría de españoles»

A su llegada al juzgado, Revilla dejó claro que no pensaba retractarse de sus afirmaciones y que lo más probable es que el caso acabe en juicio. “Yo no me callo ante las injusticias. He dicho lo que pienso y lo que muchos españoles también opinan”, declaró ante los medios.

Tras el acto, el expresidente cántabro aseguró sentirse tranquilo y confió en la justicia. “No he mentido, solo me he hecho eco de información ya publicada en medios de comunicación”, explicó, subrayando que “muchos periodistas también podrían haber sido demandados” por difundir los mismos datos.

«Le diría al rey emérito que pida perdón y devuelva el dinero»

Revilla también lamentó que el rey Juan Carlos no se presentara al acto de conciliación, a pesar de estar en España. “Está en Sanxenxo, tiene un avión y escoltas que pagamos entre todos. Me hubiera gustado un careo con él”, afirmó.

Cuando se le preguntó qué le diría al monarca si lo tuviera enfrente, Revilla fue contundente:

“Le pediría que pidiera perdón sinceramente y que repatriara todo el dinero que tiene fuera”.

A pesar de haber defendido en su momento la figura del rey durante el 23-F, Revilla no ocultó su decepción: “Su última etapa ha sido lamentable. Me ha defraudado”.

El rey emérito exige una rectificación y 50.000 euros

La defensa legal del rey Juan Carlos I, liderada por la abogada Guadalupe Sánchez, reclama a Revilla una rectificación pública de sus declaraciones y una indemnización de 50.000 euros por daño moral, que en caso de cobrarse serían donados a Cáritas. La demanda, presentada el pasado 1 de abril, alega que Revilla profirió expresiones “calumniosas e injuriosas” en diversos medios entre mayo de 2022 y enero de 2025.

Un caso mediático que podría terminar en los tribunales

Este enfrentamiento legal entre Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla ha generado una gran expectación mediática. Todo apunta a que, ante la falta de acuerdo, el conflicto se resolverá finalmente en los tribunales.


 

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