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Ley de Extranjería: claves de la reforma migratoria que podría regularizar a 900.000 personas

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El nuevo reglamento simplifica trámites, introduce nuevos tipos de arraigo y abre la puerta a una regularización masiva de inmigrantes

La reforma de la Ley de Extranjería aprobada por el Consejo de Ministros en noviembre de 2024 entra hoy oficialmente en vigor en España. El nuevo Reglamento de Extranjería, presentado por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, tiene como objetivo simplificar procedimientos, eliminar duplicidades y reforzar el enfoque de derechos humanos en la política migratoria.


🧾 Regularización masiva de inmigrantes en España: ¿a quiénes afecta?

El Gobierno de Pedro Sánchez prevé regularizar a unas 900.000 personas en situación administrativa irregular en un plazo de tres años. Según informa El País, esta medida afectaría a quienes ya residían en territorio español antes del 31 de diciembre de 2024. Aunque no ha sido presentada como una regularización masiva explícita, la flexibilización del arraigo facilitará el proceso de legalización para miles de inmigrantes.


🆕 Cambios clave en la Ley de Extranjería 2025

✅ Nuevas modalidades de arraigo

La nueva ley unifica y redefine los tipos de arraigo, que pasan a ser cinco:

  1. Arraigo social

  2. Arraigo laboral

  3. Arraigo familiar

  4. Arraigo formativo (socioformativo)

  5. Arraigo de segunda oportunidad

Entre los principales cambios destacan:

  • Reducción del periodo mínimo de permanencia en España para acceder al arraigo de 3 a 2 años.

  • Posibilidad de trabajar desde el primer día tanto por cuenta propia como ajena.

  • Los solicitantes de asilo rechazados podrán acceder al arraigo tras solo seis meses, en lugar de dos años.


⚠️ Polémica: el asilo ya no computa para el arraigo

Una de las medidas más polémicas del nuevo reglamento es que el tiempo de residencia como solicitante de protección internacional no contará para acceder al arraigo. Esto deja a muchas personas en riesgo de irregularidad sobrevenida, lo que ha provocado reacciones críticas por parte de ONG y asociaciones de derechos humanos como CEAR, Cáritas, Red Acoge o el Servicio Jesuita a Migrantes, que han presentado un recurso ante el Tribunal Supremo.

El Defensor del Pueblo también ha alertado en su informe registrado en las Cortes Generales de que esta disposición podría dejar sin cobertura a miles de menores.


✈️ Visados y autorizaciones de residencia: novedades destacadas

El nuevo reglamento introduce varias reformas relevantes:

  • Visado para la búsqueda de empleo: se amplía su duración de 3 meses a 1 año.

  • Autorizaciones iniciales: ahora serán de 1 año y las renovaciones pasarán a ser de 4 años.

  • Residencia para familiares de ciudadanos españoles: se mejora la reagrupación familiar y se amplía la edad máxima de los hijos beneficiarios de 21 a 26 años.

  • Estudiantes extranjeros: podrán trabajar hasta 30 horas semanales mientras cursan sus estudios y enlazar fácilmente con permisos de trabajo al finalizar su formación.


💬 Reacciones políticas: Vox critica la reforma y pide su endurecimiento

La portavoz de Vox en el Congreso, Pepa Millán, ha calificado la nueva Ley de Extranjería como una “tomadura de pelo” y ha criticado que «la nacionalidad no puede ser un regalo ni un arma política». El partido ha registrado una iniciativa parlamentaria para endurecer la legislación migratoria, eliminando las vías de regularización a través del arraigo.

“La inmigración irregular agrava la inseguridad, precariza el empleo y colapsa los servicios públicos”, ha declarado Millán, acusando al Ejecutivo de poner en riesgo la identidad y estabilidad del país.


Una reforma ambiciosa, pero controvertida

La entrada en vigor de esta reforma representa un cambio profundo en la gestión de la inmigración en España, con medidas que, según el Gobierno, responden a una visión más inclusiva y respetuosa de los derechos humanos. Sin embargo, la controversia política y jurídica en torno a sus implicaciones prácticas podría marcar el debate migratorio en los próximos meses.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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