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Los 5 síntomas más comunes en pacientes leves con COVID-19

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Un estudio llevado a cabo por profesionales del Hospital Clínico San Carlos en 1.177 pacientes con diagnóstico confirmado (PCR positiva) de Covid-19, todos ellos profesionales sanitarios que no necesitaron ingreso hospitalario, revela que los principales síntomas de la enfermedad son fatiga, fiebre, tos, dolores musculares y de cabeza en ambos sexos y en todos los grupos de edad estudiados.

Este estudio es el más amplio realizado hasta la fecha sobre pacientes con síntomas leves o moderados sin ingreso hospitalario y ha sido publicado recientemente como carta al editor en la prestigiosa revista internacional Journal of Infection. Se realizó una encuesta sobre manifestaciones clínicas y epidemiológicas presentadas por 1.177 profesionales de las ciencias de la salud con COVID-19 y síntomas leves o moderados, de los que el 62,2% son médicos, el 29% enfermeras y el resto profesionales de otras categorías, con una edad media de 41,7 años.

“El estudio revela que, en todos los grupos de edad y tanto en hombres como en mujeres, los cinco síntomas más comunes son la fatiga (74,6%), fiebre (71,5%), tos (70,3%), dolores musculares (69,8%) y dolor de cabeza (69,2%)”, detalla el oftalmólogo del Hospital Clínico San Carlos y autor del estudio, Pedro Arriola Villalobos quien, además, añade “que se encontró una elevada incidencia de alteraciones en el olfato y gusto, que parecen ser predictores, según otros estudios publicados, de casos de COVID-19 leves y de buena evolución”.

El síntoma más común en las mujeres es la fatiga y la fiebre en los hombres

Cada paciente experimentó una media de entre siete y ocho síntomas. Los síntomas más frecuentes fueron similares a los descritos en pacientes hospitalizados, mientras que otros como dolores musculares, dolor de cabeza, congestión nasal, dolor de garganta, diarrea o mareos aparecieron con mayor frecuencia en los pacientes que no necesitaron ingreso hospitalario.

Estos síntomas más frecuentes variaban en función del sexo. Así, en las mujeres el síntoma mayoritario era la fatiga (76,4%) por encima del dolor de cabeza (72,5%) y de la fiebre (71,5%); mientras que entre los varones los síntomas más frecuentes fueron la fiebre (78,5%), los dolores musculares (71,9%), y la fatiga y la tos, ambos con un 69,7%.

Por otro lado, se encontró diferente incidencia de algunos síntomas en función del sexo. Algunos síntomas eran más frecuentes entre las mujeres como la congestión nasal (52,3% por 37,7% en los hombres), el dolor de garganta (50,3% por 37,1%); la diarrea (46,1% por 35,8%); la pérdida del gusto (37,8 por 25,2%) o las náuseas (24,7 por 9,4) y otros como dolor punzante en el pecho, dificultades en la respiración, dolor abdominal y mareos también son más frecuentes en las mujeres que en los hombres.

Fiebre en los mayores de 60 años y dolor de cabeza en los menores de 30

En todos los grupos de edad predominan los mismos síntomas: fatiga, fiebre, tos, dolores musculares y dolor de cabeza; si bien en mayores de 60 años la fiebre destaca como el síntoma mayoritario ya que la refirieron el 82,9% de los pacientes, mientras que entre los menores de 30 años descendió al 62,9%. Por el contrario, el dolor de cabeza se manifiesta mayoritariamente entre pacientes por debajo de los 40 años (73,3%) frente a los mayores de 60 años (58,3%).

Algo parecido ocurre con otros síntomas como la pérdida de olfato, más frecuente entre pacientes jóvenes (62,8% menores de 40 años) que entre los mayores de 60 años: 41,7%; la congestión nasal: 56,8% entre pacientes jóvenes por 36,1% entre los mayores de 60 años; la pérdida del gusto, presente en el 43,5% de los pacientes menores de 30 y sólo en el 23,6% de los mayores de 60; y los mareos, que se dio en el 33,5% de los jóvenes por el 47,2% de los mayores de 60 años.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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