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Los mayores no saldrán de las residencias a partir de nivel 2 de alarma en la Comunitat

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València, 17 dic (EFE).- La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha establecido una serie de medidas para las residencias de personas mayores entre el 24 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021 relacionadas con las salidas y las visitas a las personas residentes, que varían en función de del nivel de alerta del entorno en el que se encuentren, entre ellas no salir de los centros residenciales a partir del nivel de alarma 2.

El objetivo de las medidas es que las personas mayores que vayan a recibir visitas, o se desplacen al domicilio de familiares, cuenten con la protección necesaria para salvaguardar su estado de salud, atendiendo a que son el colectivo más vulnerable al coronavirus. han informado fuentes del departamento.

Así, las salidas ordinarias -sin pernoctación- quedarán restringidas a partir del nivel de alarma 2 y solo se permitirán las salidas vacacionales –por un periodo igual o superior a los 7 días-, auqnue también quedarán restringidas en caso de alcanzar el nivel de alarma 4.

Como medidas generales, todos los centros podrán permitir las salidas siempre que esté libre de Covid. Es decir, sin brote ni sospecha de brote, o con brote cerrado. Asimismo, para aquellas personas que no tengan oportunidad de salir se fomentará el contacto con familiares, a través de medios telemáticos con las medidas de seguridad pertinentes.

Para preservar la salud y el entorno de seguridad de las personas mayores, solo podrá acudir a un único domicilio que esté libre de contagio y de personas con sintomatología compatible a la Covid-19 y no podrá ir a establecimientos o espacios públicos donde no se pueda garantizar las medidas sanitarias. Asimismo, no se deberán producir encuentros y contactos con personas de otros grupos de convivencia.

Tanto a la salida como al regreso se le hará control de temperatura y si es superior a 37º no se le permitirá ausentarse del centro o se le aislará hasta valoración médica en caso de que sea a la vuelta. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19.

Del mismo modo, en el caso de las salidas vacacionales, en la vuelta al centro será necesaria una PCR negativa y un periodo de 10 días de aislamiento preventivo. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19, teniéndose que proceder en su entorno familiar de la misma manera que esté determinado para la población general.

Por su parte, las familias tendrán el deber de informar a la dirección del centro si en los días posteriores a la salida se produce algún caso de Covid-19 en la unidad familiar con la que haya estado en contacto la persona residente.

En el caso de las visitas, solo podrán darse en centros libres de Covid-19 de hasta tres personas en el caso de personas convivientes, siempre con cita previa, de una duración máxima de una hora y al menos una vez a la semana, con el fin de facilitar la relación familiar.

En el caso de que el centro disponga de espacios al aire libre, la visita se realizará preferentemente en dichos espacios con estufas exteriores para mejorar el confort. Otra opción es que se produzca en espacios interiores reservados a tal efecto, bien ventilados y con pantallas, barreras u otros elementos de separación que impidan el contacto con la persona residente.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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