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Los mayores no saldrán de las residencias a partir de nivel 2 de alarma en la Comunitat

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València, 17 dic (EFE).- La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha establecido una serie de medidas para las residencias de personas mayores entre el 24 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021 relacionadas con las salidas y las visitas a las personas residentes, que varían en función de del nivel de alerta del entorno en el que se encuentren, entre ellas no salir de los centros residenciales a partir del nivel de alarma 2.

El objetivo de las medidas es que las personas mayores que vayan a recibir visitas, o se desplacen al domicilio de familiares, cuenten con la protección necesaria para salvaguardar su estado de salud, atendiendo a que son el colectivo más vulnerable al coronavirus. han informado fuentes del departamento.

Así, las salidas ordinarias -sin pernoctación- quedarán restringidas a partir del nivel de alarma 2 y solo se permitirán las salidas vacacionales –por un periodo igual o superior a los 7 días-, auqnue también quedarán restringidas en caso de alcanzar el nivel de alarma 4.

Como medidas generales, todos los centros podrán permitir las salidas siempre que esté libre de Covid. Es decir, sin brote ni sospecha de brote, o con brote cerrado. Asimismo, para aquellas personas que no tengan oportunidad de salir se fomentará el contacto con familiares, a través de medios telemáticos con las medidas de seguridad pertinentes.

Para preservar la salud y el entorno de seguridad de las personas mayores, solo podrá acudir a un único domicilio que esté libre de contagio y de personas con sintomatología compatible a la Covid-19 y no podrá ir a establecimientos o espacios públicos donde no se pueda garantizar las medidas sanitarias. Asimismo, no se deberán producir encuentros y contactos con personas de otros grupos de convivencia.

Tanto a la salida como al regreso se le hará control de temperatura y si es superior a 37º no se le permitirá ausentarse del centro o se le aislará hasta valoración médica en caso de que sea a la vuelta. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19.

Del mismo modo, en el caso de las salidas vacacionales, en la vuelta al centro será necesaria una PCR negativa y un periodo de 10 días de aislamiento preventivo. En ningún caso, se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con una infección por Covid-19, teniéndose que proceder en su entorno familiar de la misma manera que esté determinado para la población general.

Por su parte, las familias tendrán el deber de informar a la dirección del centro si en los días posteriores a la salida se produce algún caso de Covid-19 en la unidad familiar con la que haya estado en contacto la persona residente.

En el caso de las visitas, solo podrán darse en centros libres de Covid-19 de hasta tres personas en el caso de personas convivientes, siempre con cita previa, de una duración máxima de una hora y al menos una vez a la semana, con el fin de facilitar la relación familiar.

En el caso de que el centro disponga de espacios al aire libre, la visita se realizará preferentemente en dichos espacios con estufas exteriores para mejorar el confort. Otra opción es que se produzca en espacios interiores reservados a tal efecto, bien ventilados y con pantallas, barreras u otros elementos de separación que impidan el contacto con la persona residente.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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