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Valencia

Los médicos de Alicante van al juzgado para que se vacune a los de la privada

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Alicante, 20 ene (EFE).- El Colegio Oficial de Médicos de Alicante (COMA) ha solicitado hoy ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo medidas cautelares para que se proceda de forma inmediata a la vacunación de todos los médicos de la provincia que ejercen en el sector privado y otros ámbitos, de igual forma y en las mismas condiciones que sus compañeros de la sanidad pública.

En un comunicado, el COMA ha indicado que esta decisión se toma tras comprobar la inacción de la Administración y al considerar, desde la asesoría técnica jurídica del Colegio, que existe una actuación discriminatoria en la implementación de la campaña de vacunación al personal sanitario hacia los profesionales que no ejercen su actividad en la sanidad pública.

El COMA ha indicado que también hay grupos de primera línea que no son de la pública atendiendo directamente a pacientes infectados o con riesgo de infección en otros sectores sanitarios de nuestra provincia que no han sido todavía vacunados.

Como representante del colectivo y teniendo como uno de sus objetivos la defensa de los intereses profesionales de todos los colegiados, la institución colegial ha recordado que son numerosas las consultas y quejas recibidas por parte de médicos afectados exigiendo la vacunación y un mismo tratamiento que sus compañeros.

Pese a que ha trasladado a la Administración esta situación, no ha podido obtener respuestas «en forma de una clara información de estrategia y cronograma de la vacunación a dicho personal».

El COMA ha recordado que la estrategia de vacunación de la covid-19 en España, actualizado el 23 de noviembre de 2020, del Ministerio de Sanidad, incluye en la primera etapa en cuanto a orden de prioridad la vacunación en residencias socio-sanitarias, a personal sanitario de primera línea, resto de personal sanitario y grandes dependientes no institucionalizados, sin distinguir que la asistencia se preste en el ámbito público o en el privado.

De esta manera, apunta que solo se hace una gradación respecto al riesgo de exposición al SARS-CoV2, y añade que autonomías como Andalucía, Baleares, Extremadura y Galicia están realizando las vacunaciones respetando el protocolo fijado por el Ministerio.

Por el contrario, el Colegio de Médicos de Alicante lamenta que en las Instrucciones para la Planificación de la Vacunación frente a la covid, de 5 enero de 2021, de la Conselleria de Sanidad, solo se hace referencia a la estrategia de vacunación del personal sanitario del sector público, lo cual indica la ausencia de estrategia y tiempos para los otros ámbitos de la sanidad valenciana.

Sin embargo, ha advertido, en el caso de las residencias no se ha hecho ninguna distinción por su carácter público, privado o en modelo de concesión.

«Es un hecho constatable que se ha contemplado la vacunación de los médicos haciendo distinciones según su ámbito de ejercicio. Esta institución no puede pasar por alto esta discriminación y recuerda que los médicos en ejercicio privado están haciendo frente a la expansión de la pandemia y atendiendo a pacientes que acuden a sus centros o que son derivados del sistema público al no poder absorber tanta demanda asistencial, y poniendo en grave riesgo su salud e integridad física de la misma forma que sus compañeros», según la nota.

Por todo ello, el COMA ha solicitado «medidas cautelarísimas» ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante «para que la Conselleria proceda a la vacunación de todo el personal médico que ejerce la actividad privada, sea cual sea su vínculo, y sin dilación, discriminación o demora alguna».

El Colegio de Médicos de Valencia pide vacunar ya a los médicos de la privada

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Valencia

Ayuda por nacimiento y adopción en València 2026: 400 euros y cómo solicitarla

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Cheque bebé Valencia 2025
PIXABAY

València aumenta hasta 400 euros la ayuda por nacimiento o adopción para 2026

El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de ayudas municipales al fomento de la natalidad y la conciliación familiar para el año 2026, aumentando la cuantía a 400 euros por cada nacimiento, adopción o acogimiento, frente a los 300 euros del año anterior. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y se dirige a familias que acrediten residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento o inicio de la convivencia por adopción o acogimiento.

Estas ayudas, concedidas mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, buscan garantizar la igualdad de trato entre todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos y forman parte de la política municipal de apoyo a la familia, la conciliación laboral y la cohesión social. Según la Junta de Gobierno Local, “la falta de natalidad es uno de los problemas acuciantes de la sociedad valenciana y la conciliación, una de las asignaturas pendientes”.

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán beneficiarse de la ayuda las personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras de la persona menor que cumplan los siguientes criterios:

  • Residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Empadronamiento del menor en el municipio de València.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incursas en causas de prohibición legal.

  • En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, podrá ser beneficiaria la persona que conviva con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a partir de la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento. Las solicitudes se podrán presentar:

  • De forma presencial, en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

  • De manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

Documentación requerida

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada y firmada.

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

  • Libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Certificado de empadronamiento del solicitante y del menor.

  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (comprobado de oficio por el Ayuntamiento).

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Resolución y abono de la ayuda

El Ayuntamiento resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La ayuda se abonará en un único pago de 400 euros mediante transferencia bancaria y será compatible con otras subvenciones o prestaciones similares otorgadas por otras administraciones o entidades.


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