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Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma

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Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma
La madre de Marta Calvo, Marisol Burón, a su llegada hoy a la Ciudad de la Justicia de Valencia.EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 15 sep (EFE).- Las acusaciones particulares ejercidas por los padres de Marta Calvo han presentado un recurso de apelación contra la sentencia que condena a 159 años y 11 meses de prisión a Jorge Ignacio Palma, por el asesino de la joven y de otras dos, para pedir la prisión permanente revisable.

Sus escritos, a los que ha tenido acceso EFE, ambas partes muestran su disconformidad con la interpretación del Código Penal realizada por la presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Palma, y que no consideró aplicable la prisión permanente al acusado porque no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

La magistrada afirmó que el artículo 140 del Código Penal es claro: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse «al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas». Precisó que la ley «utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad».

Las dos acusaciones coinciden en defender que el empleo del pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo no implica que esas condenas deban haberse producido en procesos anteriores.

La letrada del padre de Marta Calvo defiende que su hija es la tercera de las víctimas de asesinato, ya que en el mismo juicio se condenó también a Palma por la muerte de Lady Marcela y Arliene Ramos, ocurridas con anterioridad.

«El uso del tiempo verbal por parte del legislador buscaba expresar una acción anterior a otra, esto es, una acción sucesiva», afirman, y señalan que realizar una interpretación literal de este artículo «daría lugar al absurdo» ya que en la práctica sería «inaplicable si se entendiera que el autor ha debido ser condenado previamente por sentencia firme por un delito de asesinato».

Para la acusación ejercida por la madre de Marta Calvo, el Código Penal «no indica que las condenas por asesinatos tengan que ser anteriores a la que se está imponiendo», pudiendo imponerse la prisión permanente revisable al juzgar tres asesinatos («más de dos») en una misma causa pues las tres muertes fueron en momentos temporales diferentes y no en unidad de acto».

Las dos acusaciones recurren también la absolución de Palma por el delito contra la integridad moral, al considerar que la negativa del condenado a confesar el destino final del cuerpo de Marta Calvo menoscaba gravemente la integridad moral de sus familiares.

La representación del padre de Marta señala que la declaración de Palma ante las dependencias policiales y mantenida en el acto de juicio oral, «en sí misma, comporta un atentado a la dignidad o un trato degradante para el padre (y la madre) de Marta Calvo».

En el caso de la madre, se destaca que se le somete a un padecimiento añadido al lógico dolor por la pérdida de su hija, por las expectativas creadas en la localización de sus restos mortales, afectando gravemente a su dignidad, y se pide una pena de tres años de prisión.

Esta acusación considera también «extremadamente escasa» la indemnización fijada para los padres de Marta (una cantidad conjunta de 70.000 euros), y reclama que se eleve la cuantía hasta los 150.000 euros.

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Valencia

Catalá garantiza el derecho al descanso tras la sentencia que obliga a cambiar eventos en la Ciudad de las Artes de València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

La alcaldesa de María José Catalá ha asegurado que el Ayuntamiento “velará por el derecho al descanso” de los vecinos tras la sentencia judicial que obliga a adoptar medidas frente al ruido en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo judicial ordena al consistorio actuar para evitar que conciertos, festivales o discotecas en este entorno vulneren derechos fundamentales como la intimidad y la integridad moral, incluyendo la posible revocación de autorizaciones o la reubicación de eventos.


🧑‍⚖️ Una sentencia que cambia el escenario

La resolución, dictada por el Tribunal de Instancia de València, estima la demanda de vecinos de la zona y condena al Ayuntamiento a indemnizar con 3.000 euros a cada afectado por daños morales.

Aunque la sentencia aún puede recurrirse, el consistorio ya ha iniciado el análisis jurídico. Catalá ha subrayado que seguirán las recomendaciones de los servicios jurídicos, pero ha dejado clara la prioridad:

“El Ayuntamiento tiene que velar por los derechos fundamentales de los vecinos”.


🤝 Diálogo con la Generalitat y CACSA

Uno de los puntos clave del conflicto es que muchos de los eventos no dependen directamente del Ayuntamiento, sino de CACSA, empresa pública vinculada a la Generalitat Valenciana.

Por ello, el consistorio abrirá un proceso de diálogo con la administración autonómica para buscar soluciones como:

  • Reubicar festivales
  • Revisar autorizaciones
  • Adaptar la programación de eventos

Catalá ha insistido en que el Ayuntamiento no concede directamente las licencias, aunque sí tiene competencias en materia de contaminación acústica.


🔊 El ruido, en el centro del conflicto

La sentencia pone el foco en el impacto de grandes eventos y locales de ocio sobre los residentes del entorno. La alcaldesa ha reconocido que la resolución es clara y que el consistorio actuará para evitar que la situación continúe.

Entre las posibles medidas se contemplan:

  • Cambios en la ubicación de festivales
  • Nuevas limitaciones de ruido
  • Revisión de actividades nocturnas

📍 ¿Nuevas ubicaciones para los festivales?

Sobre alternativas como La Marina u otros espacios de la ciudad, Catalá ha evitado concretar, aunque ha señalado que se estudiarán todas las opciones junto a promotores y administraciones.

Eso sí, ha sido tajante en la prioridad:

“Los derechos fundamentales de los vecinos están por encima de cualquier otra casuística”.


🧭 Un debate abierto en València

Este caso reabre el debate sobre el equilibrio entre:

  • El ocio y la actividad cultural
  • El turismo y los grandes eventos
  • El descanso vecinal y la calidad de vida

La decisión judicial podría marcar un precedente en la organización de eventos en grandes recintos urbanos como la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

 

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