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Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma

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Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma
La madre de Marta Calvo, Marisol Burón, a su llegada hoy a la Ciudad de la Justicia de Valencia.EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 15 sep (EFE).- Las acusaciones particulares ejercidas por los padres de Marta Calvo han presentado un recurso de apelación contra la sentencia que condena a 159 años y 11 meses de prisión a Jorge Ignacio Palma, por el asesino de la joven y de otras dos, para pedir la prisión permanente revisable.

Sus escritos, a los que ha tenido acceso EFE, ambas partes muestran su disconformidad con la interpretación del Código Penal realizada por la presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Palma, y que no consideró aplicable la prisión permanente al acusado porque no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

La magistrada afirmó que el artículo 140 del Código Penal es claro: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse «al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas». Precisó que la ley «utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad».

Las dos acusaciones coinciden en defender que el empleo del pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo no implica que esas condenas deban haberse producido en procesos anteriores.

La letrada del padre de Marta Calvo defiende que su hija es la tercera de las víctimas de asesinato, ya que en el mismo juicio se condenó también a Palma por la muerte de Lady Marcela y Arliene Ramos, ocurridas con anterioridad.

«El uso del tiempo verbal por parte del legislador buscaba expresar una acción anterior a otra, esto es, una acción sucesiva», afirman, y señalan que realizar una interpretación literal de este artículo «daría lugar al absurdo» ya que en la práctica sería «inaplicable si se entendiera que el autor ha debido ser condenado previamente por sentencia firme por un delito de asesinato».

Para la acusación ejercida por la madre de Marta Calvo, el Código Penal «no indica que las condenas por asesinatos tengan que ser anteriores a la que se está imponiendo», pudiendo imponerse la prisión permanente revisable al juzgar tres asesinatos («más de dos») en una misma causa pues las tres muertes fueron en momentos temporales diferentes y no en unidad de acto».

Las dos acusaciones recurren también la absolución de Palma por el delito contra la integridad moral, al considerar que la negativa del condenado a confesar el destino final del cuerpo de Marta Calvo menoscaba gravemente la integridad moral de sus familiares.

La representación del padre de Marta señala que la declaración de Palma ante las dependencias policiales y mantenida en el acto de juicio oral, «en sí misma, comporta un atentado a la dignidad o un trato degradante para el padre (y la madre) de Marta Calvo».

En el caso de la madre, se destaca que se le somete a un padecimiento añadido al lógico dolor por la pérdida de su hija, por las expectativas creadas en la localización de sus restos mortales, afectando gravemente a su dignidad, y se pide una pena de tres años de prisión.

Esta acusación considera también «extremadamente escasa» la indemnización fijada para los padres de Marta (una cantidad conjunta de 70.000 euros), y reclama que se eleve la cuantía hasta los 150.000 euros.

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Valencia

Declaración del dueño de El Ventorro: Mazón y Vilaplana abandonaron el restaurante entre las 18:30 y 19 horas el 29 de octubre

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El dueño de El Ventorro, restaurante de referencia en Valencia, ha declarado ante la jueza de Catarroja que el presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, y la periodista Maribel Vilaplana abandonaron el local entre las 18:30 y las 19:00 horas del 29 de octubre de 2024.

La comparecencia se produce en el marco de la investigación judicial sobre la gestión de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que provocó 229 víctimas mortales en la Comunitat Valenciana.


Testimonio del dueño de El Ventorro

El hostelero, citado como testigo, explicó que Mazón y Vilaplana ocuparon un reservado en el primer piso del restaurante, al que él fue la única persona que accedió durante su estancia. Esto resulta relevante para la investigación, dado que podría haber escuchado alguna llamada entre Mazón y la exconsellera de Interior y Emergencias, Salomé Pradas, también investigada en el caso.

El dueño subrayó que mantiene una relación puramente profesional con el presidente en funciones, indicando que Mazón es cliente del restaurante, sin amistad ni enemistad.


Detalles de la comida del 29 de octubre

Según el testimonio:

  • Mazón llegó primero, entre las 14:15 y 14:30 horas, solo y sin escolta. Se le ofreció agua y olivas mientras esperaba a su acompañante.

  • Vilaplana se incorporó alrededor de las 14:50 a 15:00 horas y fue acompañada hasta el reservado.

  • El dueño de El Ventorro tomó personalmente nota del pedido y permaneció atento a la reserva hasta la salida de ambos.

  • La hora de salida se situó entre las 18:30 y las 19:00 horas, momento en que el restaurante ya no tenía más clientes.

El testimonio detalla que la reserva se realizó desde la Generalitat dos o tres días antes, mostrando la organización previa de la visita en plena crisis de la DANA.

 

📌 Citaciones solicitadas tras nuevas líneas de investigación

Las declaraciones de ambos testigos se fijaron apenas dos días después de que la magistrada acordara llamarlos —junto a asesores y altos cargos de Presidencia cercanos a Mazón— a petición de las acusaciones populares ejercidas por PSPV-PSOE y Ciudadanos, o de oficio en algunos casos.

En el caso del propietario de El Ventorro, la jueza destaca que fue la única persona que entró y salió del reservado donde comían Mazón y Vilaplana, por lo que podría haber escuchado alguna llamada del presidente en funciones con la entonces consellera implicada en la investigación.

📞 Las llamadas que sitúan a Pérez Llorca ante la jueza

La citación de Pérez Llorca está motivada por las llamadas que realizó el día de la dana a Salomé Pradas, entonces consellera de Justicia e Interior y responsable de emergencias, ahora investigada.

Según el auto, Pradas mantuvo con Pérez Llorca varias comunicaciones consecutivas entre las 18:57 y las 18:59 horas, mientras que Mazón también habló con su síndic a las 18:57, minutos después de haberse comunicado con la consellera en tres ocasiones entre las 18:16 y las 18:30 horas.

La magistrada considera que estos intercambios pueden «proporcionar información relevante» sobre el proceso de toma de decisiones durante la emergencia, especialmente en el marco del Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrada) y respecto al envío de alertas a la población.

Además, señala que Pradas atribuye a Pérez Llorca un estrecho vínculo con Mazón, hasta el punto de que en sus contactos telefónicos lo tenía registrado como “Juan Fran Mazón” y no por su apellido.

🎯 Un análisis clave para esclarecer responsabilidades

La jueza enmarca estas declaraciones en la necesidad de reconstruir qué información manejaba cada responsable aquel 29 de octubre de 2024, si se trasladó correctamente entre los mandos y si alguna omisión pudo influir en decisiones erróneas o tardías que contribuyeran a los daños personales investigados.

También recuerda el auto de la Audiencia Provincial de Valencia del 16 de octubre de 2025, que, al citar a Maribel Vilaplana como testigo, subrayó que Mazón tenía la condición de máxima autoridad de la Generalitat, con capacidad para impartir instrucciones directas a los miembros del Consell durante la emergencia.


Carlos Mazón acompañó a Maribel Vilaplana a un parking tras la comida en El Ventorro, según confirma el entorno de la periodista

Carlos Mazón acompañó a Maribel Vilaplana a un parking tras la comida en El Ventorro, según confirma el entorno de la periodista

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