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Malilla, primer barrio que contará con un «after» o centro de noche para dependientes

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La conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas construirá en el barrio de Malilla de València el primer «after» o centro de noche de la Comunitat Valenciana, una infraestructura pionera en España. El ayuntamiento ha cedido un solar de 3.000 metros cuadrados en la calle Juan Jiménez, junto al puente del «scalextric» y el Parque Central, para la construcción de esta dotación asistencial que ayudará a las familias en estado de dependencia.

Los centros de noche están previstos en la Ley de Dependencia para el «alojamiento familiar temporal de estancia reducida», pero aún se ha desarrollado una legislación específica. La conselleria de Igualdad se ha adelantado y estudia una modificación que regule este nuevo servicio social. Según ha avanzado la consellera Mónica Oltra, se pretende que los centros de noche o «after» vayan siempre ligados a un centro de día, que estén operativos a partir de las 5 de la tarde y que tengan limitaciones para su uso: tope anual de noches, se baraja un máximo de 45, y de noches consecutivas, un máximo de 10. Este tipo de centros servirá para resolver «cuestiones puntuales de las familias y potenciamos la autonomía de estas personas retrasando su entrada en una residencia», explicó la consellera.

El «after» de Malilla se anunció después de la reunión entre responsables de la conselleria y del ayuntamiento de València, y se enmarca dentro del plan de infraestructuras de servicios sociales que se apoya en consistorios y diputaciones. En ese sentido, la Generalitat también tiene prevista la construcción, con un presupuesto de 7 millones de euros, de un nuevo centro de mayores en el barrio de Monteolivete con 70 plazas y 10 viviendas tuteladas.

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Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

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Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

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