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Más de 5.000 mujeres denuncian malos tratos en la Comunitat Valenciana

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VALÈNCIA, Jun. (EUROPA PRESS) -Más de 5.300 mujeres denunciaron malos tratos en el primer trimestre del año en la Comunitat Valenciana, autonomía que ha registrado en este período la tercera mayor tasa del país de víctimas de violencia de género por cada 10.000 mujeres, con un índice de 20,48, según los datos hechos públicos hoy por el Observatorio Contra la Violencia Doméstica y de Género.

La ratio valenciana supera el índice nacional, que fue de 15,89, y coloca al territorio solo por detrás de Murcia, que alcanzó las 21,9 víctimas de violencia por cada 10.000 mujeres, y Baleares, con 21,76, detalla el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) a través de un comunicado.

Durante el primer trimestre, un total de 5.150 mujeres constan como víctimas de violencia de género en los juzgados y tribunales valencianos, lo que significa un aumento del 1,8% respecto al mismo trimestre del año anterior, con 5.057. De las 5.150 víctimas registradas entre enero y marzo de este año, 3.347 mujeres eran españolas y 1.803 extranjeras.

El número de denuncias presentadas en el periodo analizado, 5.365, experimentó una reducción interanual del 2,5%, respecto a las 5.501 presentadas en el primer trimestre de 2017.

PROCEDENCIA DENUNCIAS
Cerca de un 54% de las denuncias, 2.880, fueron presentadas por la propia víctima, o bien directamente en el juzgado, o bien a través de los correspondientes atestados policiales. Además, 116 fueron interpuestas por familiares, 1.402 por intervención directa policial y 812 causas se abrieron a partir de partes de lesiones presentados directamente en el juzgado. El resto, 155, procedieron de servicios de asistencia o terceros.

Según el informe estadístico, 708 de las víctimas valencianas se acogieron a la dispensa legal de la obligación de declarar como testigo contra el presunto agresor, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que supone un 13,7% del total de mujeres víctimas, cifra similar al primer trimestre de 2017, que fue de un 13,4%.

En los primeros tres meses del año se solicitaron 1.113 órdenes de protección –que incluyen las medidas de protección y seguridad de las víctimas– en los juzgados de Violencia sobre la Mujer valencianos. Se adoptaron 3.919, un 82%, y se denegaron 189, un 17%. Las 8 restantes no se admitieron.

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La única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones, según una abogada

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10 trucos para pagar menos impuestos
El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, durante su intervención ante el Pleno de Les Corts. EFE/ Kai Forsterling

Heredar en España no solo implica recibir bienes o dinero, sino también enfrentarse al Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava la transmisión de patrimonio tras el fallecimiento de una persona. La cuantía a pagar depende del valor de la herencia, el grado de parentesco entre el heredero y el fallecido, y la comunidad autónoma en la que se tribute.

Qué es el Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos a título gratuito tras la muerte de otra. Está regulado por la Ley 29/1987 y su reglamento 1629/1991, aunque mediante la Ley 22/2009 se cedió a las comunidades autónomas la potestad normativa y la recaudación del impuesto. Esto significa que cada región puede establecer sus bonificaciones, reducciones y deducciones, lo que provoca diferencias significativas en el coste de la herencia. Por ejemplo, en Madrid y Andalucía la tributación puede ser prácticamente simbólica, mientras que en otras comunidades es mucho más elevada.

Cómo evitar el pago del impuesto

Según Isabel Merino, abogada de Debelare Abogados, la única forma de evitar el pago del Impuesto de Sucesiones es renunciar a la herencia de forma pura y simple. Esto significa que el heredero no recibe ningún bien ni derecho, y por tanto no se genera transmisión patrimonial, quedando exento del pago del impuesto.

Merino aclara que existen distintos tipos de renuncia:

  • Renuncia pura y simple: el heredero no se lleva nada y no paga impuesto.

  • Renuncia a favor de un tercero: en este caso, la ley considera que existe una aceptación tácita de la herencia, generando dos hechos imponibles: el Impuesto de Sucesiones sobre la parte aceptada y el Impuesto de Donaciones sobre la parte transmitida a un tercero.

Conclusión

La renuncia pura y simple a la herencia es la única estrategia legal para evitar el pago del Impuesto de Sucesiones en España. Cualquier intento de ceder la herencia a otra persona sin tramitarlo correctamente puede derivar en la obligación de pagar tanto el impuesto de sucesiones como el de donaciones.

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