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¿Me puede obligar mi empresa a trabajar un festivo?

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¿Me puede obligar mi empresa a trabajar un festivo?
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Si el trabajador tiene que acudir a su puesto laboral un festivo y se niega a hacerlo, la organización puede considerar que ha incumplido sus obligaciones y sancionarlo.

El calendario laboral cuenta con varias festividades anuales que, por norma general, son consideradas como jornadas no laborales, aunque hay sectores en los que los profesionales deben acudir a su puesto de trabajo como un día normal. ¿Es legal esta situación? ¿Cómo se compensa el trabajo realizado en días festivos?

Legálitas aclara si la empresa puede obligar a sus empleados a trabajar las jornadas festivas o qué consecuencias supone que los trabajadores se nieguen a acudir a su puesto.

¿Me puede obligar mi empresa a trabajar un festivo?

¿Qué ocurre con los días 25 de diciembre y 1 de enero?

Todos los trabajadores, independientemente de su sector, tienen derecho a 14 festivos al año que tendrán carácter retribuido y no serán recuperables, de acuerdo con el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores.

No obstante, si estos días se trabajan deberán ser compensados mediante otra jornada equiparable de descanso o bien con una compensación económica.

En este sentido, es necesario acudir al convenio colectivo aplicable para determinar cuál será la forma de proceder, y ver si se abonan (y a qué precio) o si han de disfrutarse con descanso equivalente, ya sea añadiéndose al descanso semanal, al periodo vacacional o en otro momento distinto.

La empresa y los trabajadores pueden decidir de mutuo acuerdo si la compensación es en salario o en disfrute.

Por otra parte, Legálitas especifica que hay trabajadores que son contratados específicamente para trabajar en fines de semana y festivos, por lo que están obligados a acudir ese día al puesto de trabajo.

Si obligan a trabajar, ¿es posible negarse?

En el caso de que el trabajador se niegue a acudir al trabajo, la empresa puede considerar que ha incumplido sus obligaciones y proceder a sancionarlo, sobre todo si el hecho de trabajar en festivo se debe a una causa de fuerza mayor y así lo justifica la empresa.

En caso de negarse, ¿qué consecuencias existen? ¿Se puede reclamar contra una posible sanción?

Si el empleado no acude al puesto de trabajo y no justifica su ausencia, la empresa podría llegar a sancionarle de acuerdo con el procedimiento establecido en el convenio colectivo aplicable, o incluso descontarle ese día de la nómina correspondiente.

Si es sancionado, el trabajador puede llegar a presentar una reclamación, pero deberá probar que faltó al trabajo por un motivo justificado. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde que le comunican la sanción.

Si se trabaja un día festivo, ¿el sueldo de ese día es superior al de un día ordinario?

Legálitas explica que se debe revisar lo que establece el convenio colectivo sobre la compensación (económica o en descanso) de los festivos trabajados.

Por regla general, la jurisprudencia considera que todas las horas trabajadas en festivo deben de incrementarse en un 75% respecto al salario diario (salvo que las jornadas se compensen con días descanso), otorgando a estas horas el mismo carácter que a las extraordinarias.

A los trabajadores que son contratados únicamente para trabajar en fines de semana y festivos no sería obligatorio abonar un plus por trabajar en festivo.

En los sectores en los que hay servicios disponibles (comercio, hostelería, etc.) ¿Cómo se compensan esos días?

Cada convenio colectivo establece una regulación diferente, siempre teniendo en cuenta que si se trabaja un festivo tiene que haber una compensación económica o bien un descanso equivalente.

A modo de ejemplo, el convenio de hostelería de Madrid señala respecto a los festivos trabajados que se compensarán o bien acumulándolos a las vacaciones anuales o disfrutándolos como descanso continuado en un período distinto, con determinadas especificaciones sobre su disfrute en el caso de unir esos días al descanso semanal.

En concreto, Legálitas señala que, si un trabajador cesa de la empresa y tiene festivos pendientes de compensar, estos serán abonados con un incremento del 1,75% sobre la hora ordinaria.

Por su parte, el convenio de hostelería de Barcelona indica que en el caso de que se trabaje un día festivo, la empresa, además de ofrecer al empleado disfrutarlo en otra fecha, debe compensarlo con un aumento del 40% del salario.

Por otro lado, el convenio de comercio textil de Madrid establece que el valor de la hora extraordinaria realizada en domingos y festivos asciende al 150% sobre el valor de la hora ordinaria. Asimismo, si se pacta la compensación con descanso, será en proporción de hora y cuarenta y cinco minutos por hora extraordinaria realizada.

¿Qué ocurre si el día de descanso coincide con un festivo?

La jurisprudencia expone que los días de descanso que coincidan en festivo no tienen que ser trasladados a otra fecha distinta, salvo que el convenio colectivo aplicable establezca otra cosa.

No obstante, Legálitas afirma que, cuando el trabajador no descansa un día fijo todas las semanas y, como práctica habitual, el descanso semanal se hace coincidir por parte de la empresa con un día festivo, el Tribunal Supremo señala en sentencias recientes que no se puede hacer coincidir siempre esos días con descanso semanal como práctica habitual, máxime teniendo en cuenta que los descansos han de preverse en base a lo que marque el convenio colectivo aplicable.

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Así afectan los aranceles de Trump a las empresas valencianas

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Así afectan los aranceles de Trump a las empresas valencianas

La guerra arancelaria de Trump afecta a más de 8.500 empresas valencianas: sectores en alerta

Valencia, 4 de abril de 2025 – La reciente imposición de aranceles del 20% a los productos de la Unión Europea por parte de Estados Unidos ha generado gran preocupación en la Comunitat Valenciana. Más de 8.500 empresas valencianas se verán afectadas por esta medida, lo que podría traducirse en una caída del consumo, un aumento de precios y la necesidad de diversificación de mercados.

Impacto en la economía valenciana

Estados Unidos es el principal socio comercial de la Comunitat fuera de la UE y el cuarto destino de sus exportaciones. En 2024, las empresas valencianas exportaron bienes por valor de 2.850 millones de euros, destacando sectores como:

  • Aparatos y material eléctrico
  • Cerámica
  • Calzado
  • Agroalimentación
  • Componentes del automóvil

Según la Cámara de Comercio de Valencia, 4.300 empresas valencianas exportaron a EE.UU. en 2024, mientras que 150 compañías tienen presencia directa en el país. Empresas como Power Electronics han advertido que, si los aranceles se mantienen, parte de su producción podría trasladarse a EE.UU.

Sectores más afectados

Cerámica

Estados Unidos representa el 13,5% de las exportaciones de baldosas españolas. El secretario general de Ascer, Alberto Echavarría, indica que aún hay incertidumbre sobre posibles excepciones y plazos de negociación antes del 9 de abril, cuando los aranceles entrarán en vigor.

Industria del metal y automoción

El presidente de Femeval, Vicente Lafuente, advierte que la guerra arancelaria podría afectar la competitividad y generar inflación. La automoción, especialmente los componentes como motores y árboles de transmisión, podría verse gravemente afectada, ya que el año pasado se exportaron 184 millones de euros en estas piezas a EE.UU.

Agroalimentación

Las exportaciones valencianas del sector agroalimentario a EE.UU. alcanzaron los 366 millones de euros en 2024, el 13% del total. El presidente de AVA-Asaja, Cristóbal Aguado, advierte que la subida de precios afectará la competitividad y que la UE debe responder con reciprocidad. La Unió Llauradora exige gravámenes a productos estadounidenses como almendras y nueces, que afectan a sectores locales como el turrón.

Calzado

Estados Unidos es el principal mercado extracomunitario del calzado valenciano. El presidente de Avecal, Vicente Pastor, señala que los aranceles podrían frenar el consumo y generar inestabilidad en las empresas del sector.

Reacciones y medidas

La organización de autónomos UPTA ha solicitado protección para los pequeños empresarios afectados. Además, la OCU advierte de una posible subida generalizada de precios y retrasos en las entregas.

Por su parte, la consellera de Industria, Marián Cano, confía en que la relación entre la UE y EE.UU. logre mitigar el impacto sobre la planta de Ford Almussafes, que tiene previsto fabricar 300.000 unidades de un nuevo modelo en 2027. Sin embargo, el sector sigue con cautela la evolución de las negociaciones.

Conclusión

El impacto de la guerra arancelaria de Trump en la Comunitat Valenciana podría ser significativo. Los sectores afectados llaman a la diversificación de mercados y a una respuesta firme por parte de la UE. Mientras tanto, las empresas valencianas se preparan para afrontar un posible aumento de costos y reducción de competitividad en el mercado estadounidense.

 

 

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