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Muere un hombre de 36 años recién vacunado con Janssen en Sevilla

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Las autoridades sanitarias han abierto una investigación para determinar las causas de la muerte de un hombre de 36 años después de haber sido vacunado con la monodosis de Janssen. Los médicos que le atendieron en el Hospital Virgen del Rocío han establecido una relación directa entre el suero de Johnson & Johnson y su defunción, tal y como ha informado El Mundo.

El fallecido que no presentaba patologías previas fue vacunado el pasado 25 de junio junto a otros compañeros de trabajo en una localidad de Sevilla. Unos días después empezó a sentirse mál y el 5 de julio le fue diagnosticado un ictus tras ingresar en el Hospital Comarcal de la Merced, en Osuna por lo que fue trasladado al Virgen del Rocío.

El consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús Aguirre, ha anunciado este lunes que Salud ya ha dado cuenta «al Sistema de Vigilancia Epidemiológica, a nivel de la Agencia Española del Medicamento«, y también «a la Agencia Europea del Medicamento«, del fallecimiento de un hombre de 36 años en la provincia de Sevilla, que sufrió un ictus dos semanas después de recibir la vacuna Janssen contra el Covid-19.

En declaraciones a los periodistas en Córdoba, Aguirre, quien ha querido en primer lugar transmitir su pésame a la familia del fallecido y ponerse «a su entera disposición», ha recordado que «en España se han puesto hasta ahora 1.720.000 vacunas de Janssen, y es el primer caso donde puede haber una relación causa efecto«, si bien ha aclarado que eso no significa que la haya, aunque de esa posibilidad ya se ha dado cuenta a las agencias del medicamento correspondientes, a nivel andaluz, español y europeo.

A partir de ahí, según ha señalado, «se hacen los estudios pertinentes y si hay una relación causa efecto, pues por supuesto se le comunica a la familia» y se pone en marcha «el expediente oportuno», pero «ahora mismo –ha aclarado– tenemos a una persona con 36 años que falleció a las dos semanas de habérsele puesto la vacuna Janssen«, mientras que desde Salud se ponen «al servicio de la familia, para los datos que necesite o que nos demanden», ofreciendo la información de forma clara, con «transparencia absoluta».

De modo que, cuando Aguirre disponga del «informe de la necropsia y de anatomía patológica» sobre este fallecimiento, «igual que con el otro caso desgraciado que tuvimos en Marbella (Málaga)«, pues lo dará a conocer a los medios de comunicación, «pero previamente» se lo comunicará a la familia, una vez se haya comprobado «qué microembolismo o embolismo ha habido, si ha habido una relación causal entre la vacuna» y el fallecimiento, o si «ha sido simplemente coincidencia en el tiempo».

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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