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Valencia

Novedades Caso Alcàsser: Las acusaciones rechazan que se declare muerto a Antonio Anglés

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Novedades Caso Alcàsser
EFE/Ana Escobar
Cartel distribuido en su momento por la Guardia Civil con fotografía de Antonio Anglés, supuesto autor del asesinato de las tres niñas de Alcaser EFE/Cárdenas/Archivo

Sigue desde Official Press todas las novedades sobre el Caso Alcàsser, el triple crimen que marcó a una generación y que sigue sin resolverse:

Novedades del Caso Alcàsser:

València, 10 mar (OFFICIAL PRESS-EFE).- La asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular en el caso Alcàsser, ha remitido un escrito al juzgado de Alzira que instruye la causa en el que expresa su rotunda negativa a que se declare judicialmente fallecido a Antonio Anglés, entre otros motivos porque eso extinguiría su responsabilidad penal.

Esta posición, que se sustancia en un escrito del letrado Virgilio Latorre, al que ha tenido acceso EFE, es similar a la expresada recientemente por la segunda de las acusaciones populares presentes en la causa, la de la Asociación Laxshmi para la Lucha contra el Crimen y la Prevención, que también se opuso a esa petición.

La solicitud para la declaración de fallecimiento de Anglés fue promovida por uno de los hermanos del considerado coautor del triple crimen de Alcàsser -junto a Miquel Ricart-.

Esta petición, que tramita el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Catarroja, ha sido remitida al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Alzira, que investigó el asesinato de Míriam, Toñi y Desirée, y que todavía mantiene abierta una pieza de la causa dirigida precisamente a la localización de Anglés.

La Asociación Laxshmi respondió que «no puede declararse el fallecimiento legal de Antonio Anglés, en tanto no aparezcan pruebas evidentes e inequívocas de su fallecimiento».

En el mismo sentido, la asociación Clara Campoamor explica que, dada la existencia de una investigación precisamente dirigida a averiguar su paradero, la declaración de fallecimiento supondría la extinción de la responsabilidad penal de Anglés.

Además, se advierte de que dicha declaración conllevaría también la finalización del procedimiento y la exclusión de la responsabilidad penal del reo, una decisión que «sólo puede ser adoptada en el ámbito penal».

«La imbricación de la cuestión planteada con la causa penal que se sigue en este procedimiento es tal entidad que no puede sino calificarse la iniciativa civil de promoción del fallecimiento del procesado como un claro abuso o fraude de ley que merece la reprobación prevista en el art. 11.2.(LOPJ)», es decir, las peticiones que se formulen «con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal».

Por todo ello, el letrado Virgilio Latorre no solo rechaza la petición sino que pide al juzgado de Alzira que solicite la inhibición del de Catarroja y que acuerde «el radical rechazo» a la petición de la declaración de fallecimiento; y en caso de no aceptarse esa inhibición, que promueva un conflicto de competencias.

ENTREVISTA| Santiago Díaz, escritor: ¿Qué pasaría si apareciera con vida Antonio Anglés?

 

 

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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