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Obtener vídeos sexuales de una menor bajo intimidación es agresión sexual

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EFE/Archivo

Madrid, 31 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha tipificado como agresión sexual la obtención de vídeos sexuales a menores que se obtengan bajo intimidación en las redes sociales.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia en la que eleva la condena de 2 años y 9 meses a 5 años y 4 meses a un hombre que intimidó a una menor a través de las redes sociales exigiéndole que le enviase fotografías y vídeos de ella con contenido sexual, y amenazándola, si no lo hacía, con publicar los archivos que ya le había enviado en Tuenti.

La Audiencia Provincial de Valencia le condenó por delito de corrupción de menores y le absolvió del delito de agresión sexual, pero la Fiscalía presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la absolución del delito de agresión sexual y ahora el alto tribunal ha estimado el recurso del Ministerio Público.

Dice el Supremo que la distancia física no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual puesto que mediante intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales, con mayor impacto nocivo y duradero.

El condenado se inscribió en Tuenti con una identidad falsa de mujer y contactó con una menor de 12 años, a quien no conocía, a la que le obligó a hacerse fotos y grabarse vídeos de contenido sexual y enviárselos, bajo la amenaza de denunciar a su familia y de difundir las grabaciones que tenía de ella, obtenidas previamente por engaño, a sus contactos en esa red social.

Para la Sala, la obtención de imágenes de contenido pornográfico de una menor tocándose su propio cuerpo, grabadas por ella misma, a consecuencia de la intimidación «on line» ejercida por el autor constituye un delito de agresión sexual y no exige que el agresor realice los actos directa y físicamente sobre la víctima.

La sentencia, ponencia del magistrado Javier Hernández, explica que la dimensión social de las redes, al facilitar el intercambio de imágenes y vídeos de los actos de cosificación sexual, puede convertirse en un potentísimo instrumento de intimidación.

E indica que no debe perderse de vista que las redes han aumentado la accesibilidad a los niños y niñas por parte de personas que buscan, como único objetivo, su abuso y explotación sexual.

Añade que para muchas personas, y especialmente para los niños y niñas, sobre todo a partir de la preadolescencia, las comunidades virtuales se han convertido en un espacio de interacción social decisivo, abierto a un número indeterminado de personas.

Por tanto, la inmersión en entornos virtuales se convierte en una norma de socialización, con el riesgo de que esa realidad virtual acaba desplazando a la propia realidad.

«Este nuevo ciberespacio de interacción social fragiliza los marcos de protección de la intimidad, convirtiendo en más vulnerables a las personas cuando, por accesos indebidos a sus datos personales, pierden de manera casi siempre irreversible, y frente a centenares o miles de personas, el control sobre su vida privada», subraya la Sala.

El tribunal afirma que el riesgo para cualquier persona, pero muy en especial para una mujer menor, de que la imagen de su cuerpo desnudo, pueda ser distribuida por una red social de la que participan muchas personas de su entorno social y afectivo adquiere una relevante gravedad intimidatoria.

No solo por lo que pueda suponer de intensa lesión de su derecho a la intimidad sino, de profunda alteración de sus relaciones personales y de su propia autopercepción individual y social.

«Cuando tales datos se relacionan con la sexualidad, junto a su divulgación indiscriminada, y en especial si la víctima es mujer, y a consecuencia de constructos sociales marcados muchas veces por hondas raíces ideológicas patriarcales y machistas, se activan mecanismos en red de criminalización, humillación y desprecio», concluyen los magistrados. EFE

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Hacienda prorroga los módulos de autónomos: se mantienen los límites de tributación hasta 250.000 euros

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

El Ministerio de Hacienda ha confirmado la prórroga del sistema de módulos para autónomos, manteniendo los límites de tributación vigentes en los últimos años. La medida afecta a cientos de miles de trabajadores por cuenta propia que seguirán acogidos al régimen de estimación objetiva.

Se mantienen los límites del sistema de módulos

La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa en la que confirma que los umbrales del sistema de módulos continúan en vigor durante todo el ejercicio.

En concreto, se mantienen los límites de ingresos y compras en 250.000 euros, tal y como venía aplicándose en la última década. Esta decisión llega pese a que el decreto que recogía estas condiciones decayó en el Congreso a principios de año.

Una solución “sobre la bocina”

La aclaración se ha producido justo después del cierre del primer trimestre, momento en el que miles de autónomos deben presentar sus declaraciones trimestrales de IVA.

Desde Hacienda se había asegurado que la situación se resolvería “en tiempo y forma”, evitando así incertidumbre entre los contribuyentes acogidos a este sistema.

Críticas a la fórmula utilizada

Algunos expertos han cuestionado la forma en la que se ha aplicado esta prórroga. El economista Rubén Gimeno ha calificado la medida como una “interpretación poco ortodoxa”, ya que no se ha aprobado mediante una norma formal, sino a través de un criterio administrativo.

Aun así, reconoce que la decisión beneficia a los autónomos y aporta continuidad a un sistema ampliamente utilizado.

Cómo funciona la tributación por módulos

El sistema de módulos, también conocido como estimación objetiva, no se basa directamente en los ingresos reales del negocio.

En su lugar, calcula el rendimiento en función de parámetros como:

  • Número de mesas o superficie del local
  • Dimensiones del establecimiento
  • Consumo energético u otros indicadores

Por ejemplo, un bar no tributa por lo que factura exactamente, sino por sus características físicas y operativas. Esto simplifica la gestión fiscal y, en muchos casos, reduce la carga impositiva.

Más de un millón de beneficiarios

Según datos de la Agencia Tributaria, alrededor de 350.000 autónomos tributan actualmente por módulos. A ellos se suman unos 700.000 trabajadores del sector agrícola que cuentan con sistemas similares.

Otras medidas fiscales que siguen vigentes

Además de la prórroga de los módulos, Hacienda ha confirmado que continúan aplicándose otras medidas fiscales:

  • Deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas
  • Mantenimiento de beneficios en rentas inmobiliarias
  • Plazos para renunciar o volver al sistema de módulos
  • Exenciones por ayudas derivadas de incendios forestales
  • Beneficios fiscales por ayudas vinculadas a la DANA en la Comunitat Valenciana

Seguridad para los autónomos en 2026

Con esta decisión, Hacienda aporta estabilidad a los autónomos acogidos al sistema de módulos, evitando cambios bruscos en su tributación y garantizando continuidad en sus obligaciones fiscales durante 2026.

 

 


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