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Obtener vídeos sexuales de una menor bajo intimidación es agresión sexual

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EFE/Archivo

Madrid, 31 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha tipificado como agresión sexual la obtención de vídeos sexuales a menores que se obtengan bajo intimidación en las redes sociales.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha dictado una sentencia en la que eleva la condena de 2 años y 9 meses a 5 años y 4 meses a un hombre que intimidó a una menor a través de las redes sociales exigiéndole que le enviase fotografías y vídeos de ella con contenido sexual, y amenazándola, si no lo hacía, con publicar los archivos que ya le había enviado en Tuenti.

La Audiencia Provincial de Valencia le condenó por delito de corrupción de menores y le absolvió del delito de agresión sexual, pero la Fiscalía presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo por la absolución del delito de agresión sexual y ahora el alto tribunal ha estimado el recurso del Ministerio Público.

Dice el Supremo que la distancia física no desnaturaliza los requisitos de la agresión sexual puesto que mediante intimidación se atenta contra la libertad sexual de la víctima en un escenario, el de las redes sociales, con mayor impacto nocivo y duradero.

El condenado se inscribió en Tuenti con una identidad falsa de mujer y contactó con una menor de 12 años, a quien no conocía, a la que le obligó a hacerse fotos y grabarse vídeos de contenido sexual y enviárselos, bajo la amenaza de denunciar a su familia y de difundir las grabaciones que tenía de ella, obtenidas previamente por engaño, a sus contactos en esa red social.

Para la Sala, la obtención de imágenes de contenido pornográfico de una menor tocándose su propio cuerpo, grabadas por ella misma, a consecuencia de la intimidación «on line» ejercida por el autor constituye un delito de agresión sexual y no exige que el agresor realice los actos directa y físicamente sobre la víctima.

La sentencia, ponencia del magistrado Javier Hernández, explica que la dimensión social de las redes, al facilitar el intercambio de imágenes y vídeos de los actos de cosificación sexual, puede convertirse en un potentísimo instrumento de intimidación.

E indica que no debe perderse de vista que las redes han aumentado la accesibilidad a los niños y niñas por parte de personas que buscan, como único objetivo, su abuso y explotación sexual.

Añade que para muchas personas, y especialmente para los niños y niñas, sobre todo a partir de la preadolescencia, las comunidades virtuales se han convertido en un espacio de interacción social decisivo, abierto a un número indeterminado de personas.

Por tanto, la inmersión en entornos virtuales se convierte en una norma de socialización, con el riesgo de que esa realidad virtual acaba desplazando a la propia realidad.

«Este nuevo ciberespacio de interacción social fragiliza los marcos de protección de la intimidad, convirtiendo en más vulnerables a las personas cuando, por accesos indebidos a sus datos personales, pierden de manera casi siempre irreversible, y frente a centenares o miles de personas, el control sobre su vida privada», subraya la Sala.

El tribunal afirma que el riesgo para cualquier persona, pero muy en especial para una mujer menor, de que la imagen de su cuerpo desnudo, pueda ser distribuida por una red social de la que participan muchas personas de su entorno social y afectivo adquiere una relevante gravedad intimidatoria.

No solo por lo que pueda suponer de intensa lesión de su derecho a la intimidad sino, de profunda alteración de sus relaciones personales y de su propia autopercepción individual y social.

«Cuando tales datos se relacionan con la sexualidad, junto a su divulgación indiscriminada, y en especial si la víctima es mujer, y a consecuencia de constructos sociales marcados muchas veces por hondas raíces ideológicas patriarcales y machistas, se activan mecanismos en red de criminalización, humillación y desprecio», concluyen los magistrados. EFE

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Tres esquiadores mueren y una persona resulta herida por un alud cerca de Panticosa, en el Pirineo de Huesca

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Un alud de nieve registrado este domingo en el pico Tablato, a unos 2.200 metros de altitud, ha provocado la muerte de tres esquiadores —dos hombres y una mujer— y ha dejado una cuarta persona herida leve por hipotermia en las inmediaciones del Balneario de Panticosa, en el Pirineo oscense, según han informado fuentes del Gobierno de Aragón.

Rescate en alta montaña y condiciones adversas

El aviso se produjo tras quedar varias personas arrastradas por la avalancha en una zona de alta montaña, lo que activó un amplio dispositivo de rescate con efectivos especializados. Los equipos de emergencia localizaron a las víctimas en una operación compleja marcada por la altitud, el frío y la inestabilidad del manto nivoso.

La persona herida fue atendida por hipotermia leve y evacuada para su valoración médica, mientras que los servicios de emergencia confirmaron el fallecimiento de los otros tres esquiadores en el lugar del suceso.

Riesgo de aludes en el Pirineo aragonés

Las autoridades recuerdan que, tras las nevadas recientes y los cambios de temperatura, el riesgo de aludes puede aumentar en determinadas orientaciones y cotas del Pirineo. En este contexto, recomiendan consultar siempre los boletines de peligro de aludes, extremar las precauciones y evitar itinerarios fuera de pista cuando las condiciones no sean favorables.

Llamamiento a la prudencia

Desde el Gobierno de Aragón se insiste en la importancia de planificar las salidas a la montaña, portar material de seguridad (ARVA, pala y sonda), informarse de la meteorología y comunicar los itinerarios previstos. La temporada invernal concentra un mayor número de actividades en zonas de riesgo, por lo que la prudencia y la prevención son claves para reducir accidentes.

El suceso ha causado una profunda conmoción en la zona y vuelve a poner el foco en la seguridad en la práctica del esquí de montaña y otras actividades invernales en el Pirineo.

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