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Orden de alejamiento contra una madre que cortó las venas a su hijo discapacitado

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A tenor de los hechos ocurridos el pasado lunes, a la mujer se le imputa un posible delito de homicidio en grado de tentativa en el marco de la violencia doméstica, delito éste que podría verse sometido posteriormente a una calificación distinta en función del desarrollo de la investigación judicial. Al parecer, Lucía asestó varias cuchilladas en las muñecas a su hijo, llegándole a cortar los tendones de la mano izquierda.

Por ello, este jueves y de oficio, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel ha dictado una orden de alejamiento y comunicación por cualquier medio contra Lucía Ascensión R. R. prohibiéndole aproximarse a su hijo menos de 200 metros durante el tiempo que duren las actuaciones judiciales.

Entiende el juez que existen indicios fundados para creer que la madre intentó acabar con la vida de su hijo, quien padece una enfermedad degenerativa que le convierte en totalmente dependiente. Debido a la gran cantidad de sangre que perdió a consecuencia de la agresión, el joven sufrió un shock hemorrágico. Poco tiempo después, la madre intentó acabar también con su propia vida, tratando de cortarse el cuello y las venas.

Recoge el instructor en su auto que previamente a estos hechos, esa misma mañana, Lucía había suministrado medicamentos a su hijo ingiriéndolos posteriormente ella con la clara intención de provocar la muerte de ambos.
Fundamenta el juez su decisión en que las medidas adoptadas son necesarias para proteger a la víctima “vulnerable por su discapacidad” y para tratar de evitar una posible reproducción de hechos similares. Por ello, ha solicitado a los familiares más cercanos del joven que notifiquen al juzgado las personas que se van a hacer cargo de él ya que, en su defecto, deberá ser tutelado por los servicios sociales.

Madre e hijo continúan ingresados en el hospital Obispo Polanco por lo que el instructor no tiene previsto, por el momento, tomarles declaración hasta que obren en su poder los pertinentes informes médicos que indiquen que se encuentran en condiciones de poder hacerlo.

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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