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Comunicado de pediatras españoles sobre los casos de shocks en niños y la COVID-19

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La Asociación Española de Pediatría (AEP) ha remitido un comunicado interno a los profesionales
pediatras y a otros médicos, con el título “Alerta sobre casos de shock pediátrico” y queremos
aclarar las siguientes cuestiones:

• Llamar a la calma a las familias. El cuadro clínico del que se informa en esta comunicación
profesional, es muy infrecuente, y se han descrito muy pocos casos en España. Gracias al
modelo pediátrico español, por el que los pediatras de atención primaria son el primer
contacto de los niños con la sanidad -muy bien formados y ya alertados de estos posibles
cuadros-, ello nos permitiría actuar ante los primeros síntomas. Tal y como se ha puesto
de manifiesto en la práctica clínica, seguimos insistiendo en que la gran mayoría de las
ocasiones la COVID-19 cursa de forma leve en los niños.

• Los casos de shock en niños que están coincidiendo temporalmente con la epidemia de
COVID19 son muy infrecuentes; el cuadro clínico se caracteriza por fiebre, vómitos,
inicialmente o puede debutar solo con dolor abdominal, exantema en la piel, los ojos
enrojecidos y mal estado general. No sabemos aún la causa, pero puede estar
desencadenado por infecciones bacterianas y tiene un tratamiento bien establecido
independientemente del tipo de agente infeccioso que la cause.

• Este tipo de comunicaciones profesionales, dirigidas exclusivamente a los sanitarios,
constituyen un procedimiento habitual en el marco de las enfermedades infecciosas, y
es la manera de informar ágilmente a todos los pediatras, incluyendo tanto a los que
están en la primera línea en la atención sanitaria a los niños, pediatras de cabecera, como
a pediatras de las urgencias hospitalarias. Este conocimiento hace posible un diagnóstico
de sospecha temprano ante patologías que requieren una intervención inmediata.

• Desde la AEP estamos procediendo a recopilar toda la información existente y con
evidencia científica bien documentada en torno a este cuadro clínico pediátrico que se
está describiendo en diferentes países.

• Como hemos incidido desde la AEP en las últimas semanas, seguimos recordando a los
padres la relevancia de que estén atentos a los síntomas de alarma de los niños, tanto
por la COVID-19 como por otras patologías que siguen siendo motivo de acudir a las
urgencias pediátricas.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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