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Pedro Sánchez, ¿presidente del gobierno antes de 2020?

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Madrid, 23 dic.- La Mesa del Congreso ha habilitado los días 28, 29 y 30 de diciembre, de jornadas que eran inhábiles a efectos parlamentarios, ante la posibilidad de que en esas fechas pudiera celebrarse el debate de investidura de Pedro Sánchez, aunque también está abierta la posibilidad de que se convoque para el próximo año.

Fuentes parlamentarias han explicado que la reunión celebrada por la Mesa no ha aportado ninguna pista sobre cuándo podría tener lugar el debate de investidura, pero sí ha adoptado esta decisión, de carácter meramente preventivo, por si finalmente pudiera celebrarse antes de que acabe el año, sin obstáculos reglamentarios.

Si finalmente el candidato socialista, Pedro Sánchez, se sometiera al debate en enero, incluso en su primera semana, no sería necesaria la habilitación expresa de la Mesa porque se trata de un período inhábil en el cual la Presidencia está facultada para convocar el pleno sin restricción alguna, han añadido las fuentes.

En el caso de diciembre, es un mes inhábil pero en principio no es posible la convocatoria de plenos de sábado a lunes, de acuerdo con los artículos 62.1 y 62.2, según los cuales las sesiones plenarias se celebrarán de martes a viernes, ambos inclusive, salvo acuerdo expreso de la Mesa. No obstante, de la decisión adoptada este lunes no cabe deducir, advierten las fuentes, cuál será la fecha de la investidura, pendiente de un acuerdo entre el PSOE y ERC.

La presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, que es a quien compete en todo caso convocar el pleno de investidura, no ha aportado datos al respecto al órgano de gobierno del Congreso.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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