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Pedro Sánchez, ¿presidente del gobierno antes de 2020?

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Madrid, 23 dic.- La Mesa del Congreso ha habilitado los días 28, 29 y 30 de diciembre, de jornadas que eran inhábiles a efectos parlamentarios, ante la posibilidad de que en esas fechas pudiera celebrarse el debate de investidura de Pedro Sánchez, aunque también está abierta la posibilidad de que se convoque para el próximo año.

Fuentes parlamentarias han explicado que la reunión celebrada por la Mesa no ha aportado ninguna pista sobre cuándo podría tener lugar el debate de investidura, pero sí ha adoptado esta decisión, de carácter meramente preventivo, por si finalmente pudiera celebrarse antes de que acabe el año, sin obstáculos reglamentarios.

Si finalmente el candidato socialista, Pedro Sánchez, se sometiera al debate en enero, incluso en su primera semana, no sería necesaria la habilitación expresa de la Mesa porque se trata de un período inhábil en el cual la Presidencia está facultada para convocar el pleno sin restricción alguna, han añadido las fuentes.

En el caso de diciembre, es un mes inhábil pero en principio no es posible la convocatoria de plenos de sábado a lunes, de acuerdo con los artículos 62.1 y 62.2, según los cuales las sesiones plenarias se celebrarán de martes a viernes, ambos inclusive, salvo acuerdo expreso de la Mesa. No obstante, de la decisión adoptada este lunes no cabe deducir, advierten las fuentes, cuál será la fecha de la investidura, pendiente de un acuerdo entre el PSOE y ERC.

La presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, que es a quien compete en todo caso convocar el pleno de investidura, no ha aportado datos al respecto al órgano de gobierno del Congreso.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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