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Nueva reforma de pensiones: qué cambiará y cuándo
Publicado
hace 3 añosen
La nueva fase de la reforma de pensiones de nuestro país avanza tras alcanzarse el consenso entre PSOE y Unidas Podemos. La reforma ha recibido el aval de la Comisión Europea, que lo otorga por primera vez a una reforma de pensiones que centra las medidas en el aumento de cotizaciones y no en la rebaja de gasto.
Ministerio y sindicatos se reúnen hoy por la reforma
El Ministerio de Escrivá se reúne hoy con los sindicatos para hablar sobre la propuesta presentada el pasado viernes. La reunión tendrá lugar a primera hora de esta tarde.
Los sindicatos afirmaron tras serles presentada la propuesta el viernes que veían de manera positiva la reforma, aunque consideraron poco ambiciosos algunos aspectos. No obstante, todo apunta a que la reforma recibirá su apoyo.
Las claves de la nueva reforma de pensiones
Todavía estamos pendientes de esas últimas negociaciones con los agentes sociales y de las modificaciones que puedan introducir otros grupos parlamentarios, pero podemos presentar los puntos principales de las nuevas medidas.
La clave de la reforma es la fórmula para mejorar las pensiones, basada en el incremento de las cotizaciones y los ingresos. Las medidas plantean el incremento para hacer frente al gasto creciente que suponen las pensiones. Este gasto se debe a la revalorización con el IPC introducida por la anterior reforma y por el contexto temporal, pues comienza la temporada de jubilación de los nacidos en el baby boom. Otro punto clave son las medidas orientadas a reducir la brecha de género.
¿Qué cambios introduce exactamente?
Nueva fórmula de cotización
Las nuevas medidas introducirán un cambio en la manera en que se calculan las pensiones. Actualmente, la ley exige que el pensionista tome para el cálculo los últimos 25 años que ha cotizado. Con la reforma, podrá elegir tomar en su lugar los últimos 29 años y desechar los dos años que peor cotizase, de manera que se tendrían en cuenta un total de 27 años. La elección de una u otra fórmula la llevará a cabo la Administración, que se decantará en todos los casos por la que resulte más ventajosa para la persona jubilada.
Se eliminarán progresivamente los límites de cotización a la Seguridad Social
En este momento, la ley española señala el límite de cotización en 53.946€. Es decir, no cotizan los salarios que superen esta cifra. Con la reforma, estos límites irán eliminándose de manera progresiva. Esta medida es lo que en el argot laboral se denomina «destope».
MEI: Mecanismo de Equidad Intergeneracional, una de las claves principales
El Mecanismod de Equidad Intergeneracional fue aprobado durante la primera fase de la reforma de las pensiones. En esta última fase, se introducen medidas para reforzarlo. El nuevo mecanismo consiste en una recarga del 0,6% sobre las cotizaciones, de las que corresponderá al trabajador el 0,1%. El 0,5% restante estará a cargo de la cuota empresarial.
Las medidas para reducir la brecha de género
En nuestro país, los hombres cobran 500€ más por su jubilación que las mujeres (1.573 frente a 1.071€). Además, el 93% de las 430.000 personas que se benefician del antes conocido como «complemento de maternidad» son mujeres. La nueva reforma introduce una serie de medias orientadas a diminuir esta brecha de género.
La cobertura de lagunas en la vida laboral
Uno de los pilares fundamentales de esta reforma consiste en la modificación de la cotización de los años de excedencia. Con la ley actual, la Seguridad Social rellenaba el vacío de un año de excedencia. La reforma incrementa este período a 48 meses (cuatro años). Eso en el caso de los hombres. Para las mujeres trabajadoras por cuenta ajena se amplía un año más (entre los meses 49 y 50). Esto se debe a que con una frecuencia muchísimo mayor las mujeres abandonan la vida laboral para cuidar tanto de sus hijos como de sus mayores. Las mujeres que se hayan encontrado en esta situación cotizarán el 100% de la base mínima en ese período y el 80% entre los meses 61 y 84. Esta medida se conoce como cobertura de lagunas, pues se encarga de los períodos «vacíos» en la vida laboral.
El complemento por brecha de género a quienes tengan hijos
Hoy es el complemento por brecha de género, pero es lo que antiguamente se conocía como complemento de maternidad. La nueva reforma amplía un 10% este complemento, lo que significa 66€ más de media al mes. Hombres y mujeres con hijos que cumplan las condiciones podrán beneficiarse de este complemento.
La revalorización también supondrá un aumento mayor de las pensiones donde se concentran en mayor número las mujeres: las mínimas y no contributivas.
Según recoge el Heraldo, tras tener acceso al documento, este recoge: «Se considerarán efectivamente cotizados a los efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad, los tres primeros años del período de excedencia que los trabajadores disfruten (.) en razón del cuidado de otros familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no puedan valerse por sí mismos, y no desempeñen una actividad retribuida».
¿De dónde saldrá el dinero? Otra gran clave de la reforma
Uno de los pilares de la ley consiste en la llamada «cuota de la solidaridad». Esta cuota está ligada a la eliminación de los límites de cotización. La cuota consiste en un porcentaje de la parte del salario que no se cotice en el caso de las personas que superen el límite de cotización. La cuota se aplicará según la base máxima de cada año. La cuota comenzará a aplicarse en 2025 de manera progresiva, comenzando por un 1%, que aumentará un 0,25% anual. Es decir, las personas que cobren más de 53.946€ en 2023 pagarán un 1% de la cantidad que se encuentre por encima de esa cifra.
¿Cuándo entrará en vigor la reforma de pensiones?
El primero de los cambios, el que afecta a la fórmula de cotización, se instaurará a lo largo de 12 años a partir de 2026, según fuentes consultadas por Cinco Días del Ministerio de Seguridad Social. Durante esos 12 años se mantendrá el sistema dual que introduce la reforma en el que ambas fórmulas conviven.
El incremento de las cuantías de las pensiones mínimas va acompañado de un mecanismo para que las personas que las cobren no se encuentren en situación de pobreza. Dicho mecanismo establece 2027 como la fecha límite para alcanzar las cifras. En el caso de las pensiones mínimas contributivas, la cifra será del 60% de la renta mediana de los hogares en caso de mayores de 65 años con un cónyuge a su cargo. La pensión mínima asistencial deberá cubrir el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar con una sola persona.
El destope tendrá lugar entre los años 2024 y 2050.
El incremento del MEI también será progresivo: una décima al año hasta duplicarse, es decir, hasta alcanzar el 1,2%. Esta cifra se alcanzará a ese ritmo en 2029.
En cuanto al complemento por brecha de género, pueden beneficiarse tanto hombres como mujeres, que reciban la pensión contributiva de jubilación (salvo jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas, tal como se recoge en la página web de la Seguridad Social.
La «cuota de solidaridad» llegará a alcanzar un máximo del 6% y esto sucederá en el año 2045.
Consecuencias
El gasto en pensiones supondrá con la nueva reforma un 15,5% del Producto Interior Bruto, lo que supone un incremento del 3,5% frente al 12% actual. El destope, el MEI y la cuota de solidaridad costearán 1,2 puntos, según las fuentes consultadas por Cinco Días. El resto se obtendrá con el resto de medidas de la reforma.
Otras medidas aprobadas por esta reforma regulan el trabajo de prácticas realizados en empresas españolas, remuneradas o no. Las empresas deberán pagar a partir de este otoño una cotización por los becarios que tengan en prácticas. De esta manera estarán incluidos en el sistema de Seguridad Social los alumnos tanto de universidad como FP que realicen prácticas formativas. No podrán beneficiarse, sin embargo, de protección por desempleo. Tampoco de la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes en el supuesto de las prácticas no remuneradas.
Sin embargo, esta reforma no significa un aumento en el pago de impuestos, como explica hoy Sergio de la Cruz en El Economista.
De acuerdo y en desacuerdo
Los sindicatos se mostraron tras la reunión de viernes favorables a la reforma, aunque esta tarde conoceremos más detalles.
El desacuerdo llega por parte de los empresarios. La reforma incrementa en gran medida sus contribuciones a la Seguridad Social, con el objetivo de poder instaurar las medidas para la mejora de las pensiones. La CEOE, Cepyme y ATA expresaron que se encontraban frontalmente en contra de la reforma. No parecen existir muchas probabilidades de que la reforma se apruebe con el acuerdo con el sector empresarial.
El acuerdo con Bruselas, no obstante, facilitaría la tramitación parlamentaria.
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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda
Publicado
hace 11 horasen
14 diciembre, 2025
Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026
El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.
Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles
Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.
En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.
Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.
Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:
-
Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.
-
La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.
-
Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.
En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.
A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos
La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.
También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.
¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?
Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.
La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.
Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas
La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.
En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.
La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.
El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum
Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.
El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.
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