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Portugal legaliza los vientres de alquiler

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Este martes entra en vigor la ley que legaliza el acceso a los vientres de alquiler para las mujeres estériles en Portugal después de que el decreto que regula su aplicación fuese publicado este lunes en el Diario de la República.

Una Nueva Era en la Legislación Portuguesa

Portugal ha dado un paso significativo en el reconocimiento de los derechos reproductivos al legalizar los vientres de alquiler, también conocidos como gestación subrogada. Esta medida, aprobada recientemente por el parlamento portugués, marca un hito histórico en la legislación del país, alineándolo con otras naciones europeas que ya permiten esta práctica bajo regulaciones estrictas.

La Ley de Gestación Subrogada

La nueva ley establece un marco legal claro y preciso para la gestación subrogada en Portugal, definiendo las condiciones y los derechos tanto de las madres subrogadas como de los padres intencionales. Solo podrán acceder a este procedimiento las parejas heterosexuales y homosexuales que demuestren la imposibilidad médica de concebir o llevar un embarazo a término.

La legislación también enfatiza que la gestación subrogada debe ser altruista, prohibiendo cualquier forma de compensación económica más allá de los gastos directamente relacionados con el embarazo y el parto. Esto busca evitar la comercialización del cuerpo femenino y garantizar que la práctica sea ética y respetuosa con los derechos de todas las partes involucradas.

Requisitos y Procedimientos

Para asegurar la transparencia y el bienestar de las partes involucradas, la ley impone varios requisitos y procedimientos estrictos:

  • Evaluación Médica y Psicológica: Tanto los futuros padres como la madre subrogada deben someterse a evaluaciones médicas y psicológicas para asegurar que están en condiciones de participar en el proceso.
  • Contrato Legal: Un contrato detallado debe ser firmado por todas las partes antes de iniciar el proceso, especificando los derechos y responsabilidades de cada uno.
  • Aprobación Judicial: Todos los casos de gestación subrogada deben ser aprobados por un tribunal, que evaluará la legalidad y el cumplimiento de los requisitos establecidos.

Reacciones y Controversias

La legalización de los vientres de alquiler en Portugal ha generado reacciones mixtas entre la población y los diferentes sectores de la sociedad. Mientras que muchos celebran esta medida como un avance en los derechos reproductivos y una oportunidad para aquellas parejas que no pueden tener hijos de manera natural, otros expresan preocupaciones éticas y morales.

Las organizaciones pro derechos humanos han aplaudido la ley, argumentando que proporciona una opción más para formar una familia, respetando la dignidad y los derechos de las mujeres. Sin embargo, algunos grupos conservadores y religiosos critican la medida, temiendo que pueda abrir la puerta a abusos y explotación de las mujeres, especialmente aquellas en situaciones económicas vulnerables.

Impacto en la Sociedad Portuguesa

La implementación de esta ley no solo afecta a las parejas que buscan formar una familia, sino que también tiene implicaciones más amplias para la sociedad portuguesa. Se espera que la regulación adecuada y el monitoreo continuo eviten los problemas observados en otros países y aseguren que la práctica sea segura y ética.

Este avance legislativo también puede influir en otros países de la región, impulsando debates y posibles reformas en torno a los derechos reproductivos y la gestación subrogada.

Conclusión

La legalización de los vientres de alquiler en Portugal representa un cambio significativo en la legislación del país, ofreciendo nuevas oportunidades a las parejas que desean formar una familia. Aunque la medida ha sido recibida con reacciones mixtas, su implementación cuidadosa y ética puede establecer un modelo positivo para otras naciones.

Con esta ley, Portugal se une a un creciente número de países que reconocen y regulan la gestación subrogada, subrayando la importancia de proteger los derechos y la dignidad de todas las partes involucradas.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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