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Todos los posibles pactos electorales

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Calendario tras las elecciones
Foto: OFFICIAL PRESS

Los resultados de este 23J, en los que ningún partido ha logrado la mayoría absoluta, llevan a valorar todos los posibles pactos electorales.

Posibles pactos electorales tras el 23J

Bloque de la derecha

El Partido Popular consigue 136 escaños, 47 más que hace cuatro años y Vox pierde 19 diputados con respecto a 2019 (33).

Los partidos de Feijóo y Abascal suman 169 diputados en el Congreso. Una cifra que no les da para gobernar, ni con la hipotética suma del diputado de UPN y de Coalición Canaria ya que no llegan a los 176 necesarios para la investidura.

Partidos de izquierdas

El bloque de la izquierda (PSOE – Sumar) tampoco llega: Los 122 escaños del PSOE y los 31 de Sumar, la coalición de 15 partidos de Yolanda Díaz, suman  un total de 153 escaños. Pero para lograr los 176 que dan la mayoría absoluta necesitarían un total 23 diputados más y sus aliados (ERC, Bildu, PNV y BNG) suman 19.

Puigdemont, la llave

La sorpresa llega de la mano de Junts  que puede ser determinante para que Pedro Sánchez vuelva a ser elegido como presidente de España y siga en La Moncloa.

El expresidente catalán, Carles Puigdemont, ya aseguró antes de iniciarse la campaña electoral que su formación no daría apoyo ni a Sánchez ni a Feijóo. Tras los resultados del 23J mandó un claro mensaje a Sánchez.

Un bloque político que podría desencadenar en unas nuevas elecciones generales.

PP-Vox o PSOE-Sumar

Las posibles coaliciones tras las elecciones del 23J son: un bloque de derechas (PP y Vox) o un bloque de izquierdas (PSOE y Sumar). El presidente del Gobierno en funciones y líder del Partido Socialista Obrero Español no se esconde al admitir que si los votos suman, pactará con Yolanda Díaz, cabeza de ‘Sumar’.

¿Se podría ver un acuerdo entre PP-PSOE? No se prevé que los dos principales partidos se pongan de acuerdo para una investidura.

El candidato del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, reivindica su derecho a formar gobierno y pedirá que se permita la investidura del candidato que ha ganado los comicios.

EP DATA

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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