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Valencia

PP rechaza la calle a Largo Caballero y acusa a Ribó-PSOE de ponerlo por delante de Rita Barberá

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Rita Barberá Alcaldesa Honoraria

El PP ha rechazado que Largo Caballero tenga una calle en Valencia. Hoy lo han aprobado Compromís y PSOE en la comisión de Cultura. Los populares han alertado que el Gobierno de Ribó y PSOE “siguen en su escalada de politización de los espacios públicos para tratar de ideologizar a los vecinos de la ciudad. Es una muestra más de que éste el único interés de un gobierno ya agotado y que mal gobierna para unos pocos”, explicó hoy la portavoz del PP en el Ayuntamiento, María José Catalá.

Ahora han aprobado una calle a Largo Caballero que es conocido como el Lenin español, y  que el PP ha rechazado por ser una persona poco demócrata no merece tener una calle en Valencia. Pero Ribó y PSOE prefieren ponerle una calle a esta persona antidemocrática que a quien fue alcaldesa de Valencia más de 20 años “, explicó Catalá. 

Catalá ha señalado que mientras Ribó y su subordinados del PSOE, “se niegan a dar un reconocimiento a la que fue alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, no pierden ninguna oportunidad  de ideologizar en su gestión regando con miles de euros a entidades catalanistas hasta el cambio de todo el callejero de la ciudad para incluir nombres de dirigentes radicales de la izquierda. Un ejemplo de ello es el monolito al 15M que colocó Ribó en el centro de la plaza del Ayuntamiento”.  

Recordar que los populares pidieron que se nombrara alcaldesa honoraria de la ciudad a Rita Barberá pero fue rechazada la propuesta por Ribó y PSOE., quien por otra parte no da nombre a ninguna calle de la ciudad, y la tendrá antes Carmen Alborch por ser directora del IVAM. 

El PP pidió que se votara por separado el nombre de Largo Caballero y el de Carmen Alborch. El PP votó a favor de la calle de Carmen Alborch pero pide que se tome en cuenta la propuesta del Consell Valencia de Cultura que reclamó  tanto un reconocimiento parta Alborch como para el artífice y primer director del IVAM, Tomás Llorens.  

Además el PP ha alertado que ha sido pobre la justificación realizada para la calle de Largo Caballero como así reconocen los técnicos municipales quienes en el expediente reconocen que “el alcance del conforme de esta vicesecretaría, que obra en el expediente, se limita al procedimiento administrativo para la tramitación de los acuerdos que figuran en la propuesta, sin alcanzar a la justificación o méritos de las personas propuestas”. 

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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