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Valencia

El Ayuntamiento de Valencia lanza los Premios al Emprendimiento Social: así puedes optar y estos son los importes

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Premios Emprendimiento Social Valencia
Cecilia Herrero, concejal de emprendimiento

Cecilia Herrero, concejal de emprendimiento: “Los Premios al Emprendimiento Social 2024  fortalecen y consolidan el ecosistema emprendedor de Valencia y refuerzan el capital social valenciano”

Herrero ha explicado que “se trata de unos premios que se convocan por primera vez y cuyo objetivo es apoyar y favorecer iniciativas de emprendimiento social. Dar reconocimiento a autónomos, empresas y entidades que realicen acciones empresariales que, más allá de su propio interés económico, contribuyan a crear riqueza, aumentar la calidad de vida o mejoren el entorno, redundando en el bienestar de los ciudadanos y de conformidad con los valores constitucionales”.

El importe total destinado a los premios al emprendimiento social es de 52.000 euros.

Premios al Emprendimiento Social

La responsable del área de emprendimiento ha anunciado que en los premios “hay dos categoría. En la Categoría A, se enmarcan los Premios a la Trayectoria en Emprendimiento Social con un primer premio de 12.000 euros, un segundo de 8.000 y dos tercer premios con 6.000 euros cada uno. En la Categoría B, se van a premiar los Proyectos o Acciones en Emprendimiento Social  y que consta de cuatro premios dotados con 5.000 euros cada uno”.

Los proyectos o acciones premiados pueden estar ya finalizados o en desarrollo en el momento de presentar la solicitud, o bien ser proyectos o acciones cuya ejecución aún no se ha iniciado pero que se empezarán a desarrollar en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la concesión del premio.

También, los proyectos o acciones podrán buscar sinergias con otras entidades, crear a su alrededor otros servicios complementarios y/o dar soluciones a problemas o carencias de las sociedad.

La comisión de valoración estará compuesta por la concejal de Emprendimiento que actuará como presidente, por cuatro expertos o profesionales de reconocido prestigio designados por la edil de Emprendimiento y por la jefa del Servicio de Emprendimiento que actuará como secretaria.

Cómo se puede participar

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de los premios en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 10 de septiembre de 2024 inclusive.

A parte de las ayudas al emprendimiento ya aprobadas como ‘Emprende y Concilia’, ‘Emprende y Cultiva’ y ‘Emprende y Consolida’ que ha sido un éxito y se ha ampliado, esta convocatoria de premios, es la segunda que se realiza desde la delegación de Emprendimiento en lo que llevamos de año y se suma a la de Premios a las Prácticas Ejemplares del Emprendedor en Agricultura, Ganadería o Pesca ‘San Isidro 2024’.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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