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Consumo

Primera sentencia favorable a un repartidor de Deliveroo

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VALÈNCIA, 6 Nov. (EUROPA PRESS) – La primera sentencia favorable a un repartidor de la empresa de reparto de comida a domicilio Deliveroo, que consideró que estos ‘riders’ no trabajan por cuenta propia a pesar de que pongan su vehículo y móvil para su cometido sino que mantienen una relación laboral con la compañía, ya es firme al no haber sido recurrida por la mercantil.

Así lo han dado a conocer en rueda de prensa el propio afectado, Víctor Sánchez, el representante de Intersindical Valenciana, Marco Antonio Llerena y Carlos Iglesias, otro extrabajador de la compañía que participó recientemente en Bruselas en una reunión internacional de estos trabajadores.

El juzgado número 6 de València determinó el pasado mes de junio que los trabajadores de Deliveroo no trabajan por cuenta propia a pesar de que pongan su vehículo y móvil propio para su cometido sino que mantienen una relación laboral con la compañía, en una resolución en la que consideró «improcedente» el despido de Víctor Sánchez y obligó a readmitirlo en las mismas condiciones que antes del despido o abonarle una indemnización de 705,13 euros.

La magistrada del juzgado consideraba de esta forma probada la existencia de una relación laboral entre el repartidor con la empresa ya que en la prestación de este servicio se cumplen las características exigibles de «ajeneidad y dependencia» que marcan los trabajos por cuenta ajena.

Sánchez ha explicado que la empresa ha optado por indemnizarle, por lo que la sentencia es firme a día de hoy. «Es la primera sentencia del Estado que reconoce que somos trabajadores y que fue un despido. Se aplica la sentencia de junio en la que la jueza dice que se dejaba a cargo de la empresa si readmitirme o el despido, y han optado por pagar el despido», ha detallado el ‘rider’.

Iglesias, por su parte, ha subrayado que si la empresa «es viable o no, si tienen que cometer fraude para ser viable, no es nuestro problema, somos trabajadores y buscamos ganarnos el pan», ha dicho, par anunciar la intención de organizar al colectivo a nivel estatal, para lo que los próximos 24, 25 y 26 de noviembre se celebrará en Madrid la primera asamblea estatal de ‘riders’ para trazar sus «líneas estratégicas».

«VAMOS A DAR BATALLA»
«El mensaje es que vamos a dar batalla, no les vamos a dar descanso, vamos a luchar porque somos los que estamos luchando por los derechos de los ‘riders’, derechos que son los que nos van a permitir luchar por nuestros intereses», ha advertido.

Sobre la reunión en Bruselas, ha explicado que participaron trabajadores de 12 países y 34 sindicatos, que decidieron organizarse en torno a una federación trasnacional de mensajeros, y donde se trató de un salario mínimo garantizado, una definición justa del espacio de trabajo o de transparencia en torno a la protección de datos.

Por su parte, desde Intersindical Valenciana, sindicato que ha llevado el caso, se ha valorado la renuncia de la empresa a recurrir. Llenera ha enmarcado la decisión en el «gran juicio» pendiente para el 25 de febrero, a raíz de un acta que levantó la Inspección de Trabajo por 160.000 euros.

«Si en segunda instancia nos hubieran dado la razón, que lo hubieran hecho porque está bastante bien argumentada la sentencia, ante el juicio de febrero sí que tendrían que entrar 80 trabajadores, de todo 2017», ha detallado.

El representante del sindicato apuntado que la Inspección de Trabajo, a principios de año, levantó esta acta de infracción «y dio de alta a los trabajadores como trabajadores normales y no como falsos autónomos en la Seguridad Social; le puso a todo el mundo un salario mínimo interprofesional y el acumulado de todos es lo que debería pagarle a la Inspección de Trabajo». «Esa acta de inspección es la que recurre Deliveroo y eso es lo que denominamos el ‘superjuicio'».

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Consumo

Cuidado con los menús navideños: cómo no pagar de más en restaurantes

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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en la Comunitat Valenciana ha lanzado una advertencia ante la proliferación de posibles prácticas abusivas en restaurantes durante las comidas y cenas navideñas, unas fechas en las que se incrementan las reservas y los encuentros familiares y de empresa.

La entidad recuerda que algunas medidas impuestas por determinados establecimientos pueden vulnerar los derechos de los consumidores e incluso resultar ilegales, por lo que aconseja extremar la precaución antes de reservar.

Consejos de la OCU para evitar abusos en restaurantes estas Navidades

1. Atención a los menús obligatorios
Los restaurantes pueden ofrecer menús cerrados en fechas señaladas, pero la OCU advierte de que imponer un único menú común para todos los comensales, sin tener en cuenta alergias o intolerancias alimentarias, puede ser una práctica cuestionable. Además, alerta sobre suplementos elevados entre las opciones del menú que no estén debidamente justificados.

2. Cuidado con los adelantos excesivos por reserva
Es habitual que se solicite un anticipo para garantizar la reserva, pero la OCU considera que adelantos superiores al 50% del precio total pueden resultar excesivos. Antes de pagar, recomienda comprobar:

  • Hasta cuándo se puede cancelar la reserva

  • Si existe penalización

  • El importe de dicha penalización

Cobrar el 100% del menú por una cancelación se considera abusivo y desproporcionado.

3. El importe adelantado debe descontarse del total
La organización recuerda que, salvo indicación clara en contrario, el dinero entregado por la reserva debe descontarse del precio final. También resulta indebido retrasar la devolución del importe o convertirlo en un bono que obligue a volver al restaurante.

4. No pueden cobrar un plus solo por reservar
Cobrar un suplemento adicional únicamente por realizar una reserva es una práctica que la OCU califica de cuestionable y potencialmente abusiva.

5. Derecho a una carta clara y completa
Aunque los códigos QR sean habituales, el restaurante debe ofrecer también una carta física en papel si el cliente la solicita. Además:

  • Los precios “según mercado” deben incluir una referencia clara (por ejemplo, precio por kilo)

  • Debe informarse del precio de cualquier producto fuera de carta antes de servirlo

6. Prohibido cobrar por cubierto, servicio o agua del grifo
La OCU recuerda que es ilegal cobrar por:

  • Servicio de mesa

  • Cubierto

  • Agua del grifo

Tampoco puede rechazarse el pago en efectivo. En cambio, sí se puede rechazar el pago con tarjeta, pero solo si se avisa claramente antes de consumir.

7. El ticket debe detallar todos los productos
El establecimiento está obligado a emitir un ticket o factura desglosada, donde aparezcan claramente todos los productos y precios. No hacerlo incumple la normativa de consumo.

Qué hacer si detecta un abuso

Si durante estas fiestas se sufre alguna práctica abusiva, la OCU recuerda que el cliente puede solicitar la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, es recomendable avisar a la policía municipal para que levante acta.

Además, aconseja conservar siempre el tique de compra, un documento clave para cualquier reclamación posterior.

 

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