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¿Qué probabilidades hay de que ocupen tu casa de forma ilegal?

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¿Qué probabilidades hay de que ocupen tu casa de forma ilegal?-FREEPIK

La ocupación ilegal de viviendas es un problema que preocupa a muchas personas en diversos lugares del mundo. Este fenómeno se refiere al acto de ingresar y tomar posesión de una propiedad sin la autorización del propietario legal. Las motivaciones detrás de la ocupación ilegal pueden ser diversas, desde la necesidad desesperada de vivienda hasta actividades delictivas organizadas. Analizamos las probabilidades reales de que ocupen tu casa de forma ilegal.

Factores que Influyen en las Probabilidades de Ocupación Ilegal

Varias circunstancias y factores pueden influir en las probabilidades de que alguien ocupe tu casa de forma ilegal:

  1. Ubicación y Entorno: La ubicación de la propiedad puede desempeñar un papel importante. Las zonas con altos niveles de desempleo, pobreza o problemas sociales pueden ser más propensas a la ocupación ilegal debido a la falta de vivienda asequible y a las condiciones precarias de algunos residentes.
  2. Propiedad Desocupada: Las viviendas vacías o desocupadas durante largos períodos de tiempo son objetivos comunes para los ocupantes ilegales, especialmente si no están bien vigiladas o mantenidas.
  3. Problemas Legales o Administrativos: Situaciones como herencias complicadas, disputas de propiedad, procesos de desahucio pendientes o problemas legales no resueltos pueden crear vacíos legales que los ocupantes ilegales pueden aprovechar.
  4. Conocidos Vulnerables: Las propiedades pertenecientes a personas mayores, ausentes o que no pueden cuidar adecuadamente sus propiedades pueden ser blanco de ocupantes ilegales que aprovechan estas circunstancias.
  5. Redes delictivas: En algunos casos, la ocupación ilegal puede ser perpetrada por redes delictivas organizadas que se dedican a esta actividad como parte de sus operaciones criminales.

Medidas de Prevención y Protección

Para proteger tu propiedad y reducir las probabilidades de ocupación ilegal, considera tomar las siguientes medidas:

  • Mantén tu Propiedad Segura: Instala cerraduras de seguridad, alarmas y sistemas de videovigilancia para disuadir a los ocupantes ilegales.
  • Mantén la Propiedad Habitada o Vigilada: Si es posible, asegúrate de que tu propiedad esté ocupada, ya sea por ti o por un cuidador, para evitar que parezca desocupada y vulnerable.
  • Vigilancia y Mantenimiento Regular: Realiza inspecciones regulares de tu propiedad y resuelve cualquier problema de mantenimiento para mostrar que la propiedad está bajo control.
  • Asesórate Legalmente: Si enfrentas problemas legales con tu propiedad, busca asesoramiento legal para resolver disputas de propiedad o problemas administrativos.
  • Seguimiento y Respuesta Rápida: Establece procedimientos para monitorear tu propiedad y responder rápidamente a cualquier actividad sospechosa.

Conclusiones

Si bien la ocupación ilegal de viviendas puede ser una preocupación real, tomar medidas proactivas y estar informado puede ayudarte a proteger tu propiedad. Es importante estar al tanto de tus derechos legales como propietario y buscar asistencia profesional si enfrentas problemas relacionados con la ocupación ilegal. La prevención y la acción temprana son clave para evitar complicaciones y proteger tu patrimonio.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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