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Procesados un concejal y cuatro técnicos de Sagunto por destinar el dinero de uniformes a compras personales

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VALÈNCIA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) – El Juzgado de Instrucción número 4 de Sagunto (Valencia) ha procesado al concejal socialista del Ayuntamiento de Sagunto y exalcalde Francisco Crispín, y a cuatro técnicos del consistorio por prevaricación, malversación de caudales y falsedad al considerar que gastaron el dinero destinado a uniformidad que contempla el convenio a compras personales.

Según consta en el auto del juzgado, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), se acuerda el procesamiento de los cinco investigados porque existen indicios «más que suficientes» de la comisión de los delitos investigados y se da traslado a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen escrito de acusación o de sobreseimiento o excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias.

La causa se inició a raíz de la denuncia del actual concejal de Transparencia, quien puso de manifiesto presuntas irregularidades por aspectos relacionados con la gestión del Ayuntamiento en anteriores legislaturas por el abono de facturas emitidas por tiendas de ropa con cargo al Ayuntamiento, comercios en los que se venden trajes de vestir o artículos deportivos de marca que no se corresponden con la ropa de trabajo que la corporación debe facilitar a los empleados que prestan servicios en puestos que impliquen un desgaste de prendas superior a lo normal o requieran medidas de protección, según el convenio de relaciones laborales, para lo que existe una partida presupuestaria.

Además, afirmaba que no se concretan los artículos comprados sino a conceptos genéricos como «vestimenta de caballero para el servicio de inspección o suministro de equipamiento». Según el auto, la mecánica realizada era presentar una factura con un concepto genérico que entre dentro de lo requerido por el Departamento de Actividades para después con el crédito conseguido con la presentación de la factura, ir al establecimiento emisor de la factura y realizar el gasto en varios días y en diferentes prendas, todo ello con independencia de la cuantía económica.

En los tickets, figuraban de diferentes tallas, artículos de mujer, de bebé, de deportes, calzado deportivo de varios números, munición y carabinas que, «por su cualidades», hace pensar que no es utilizado para las inspecciones de actividades.

Uno de los responsables de los establecimientos señaló que personas del departamento de Actividades del Ayuntamiento le indicaron que apareciese un vestido genérico y que le habían dicho que tenían una cantidad asignada para ropa de trabajo aunque al no usarla por ir de «persona normal», no querían perder ese importe.

En el caso de Crispín, destaca que ha adquirido trajes, americanas, bermudas, un balón de fútbol de marca, un visor de carabina, munición y ropa que no se ajusta a lo descrito en el convenio.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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