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Procesados un concejal y cuatro técnicos de Sagunto por destinar el dinero de uniformes a compras personales

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VALÈNCIA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) – El Juzgado de Instrucción número 4 de Sagunto (Valencia) ha procesado al concejal socialista del Ayuntamiento de Sagunto y exalcalde Francisco Crispín, y a cuatro técnicos del consistorio por prevaricación, malversación de caudales y falsedad al considerar que gastaron el dinero destinado a uniformidad que contempla el convenio a compras personales.

Según consta en el auto del juzgado, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), se acuerda el procesamiento de los cinco investigados porque existen indicios «más que suficientes» de la comisión de los delitos investigados y se da traslado a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen escrito de acusación o de sobreseimiento o excepcionalmente la práctica de diligencias complementarias.

La causa se inició a raíz de la denuncia del actual concejal de Transparencia, quien puso de manifiesto presuntas irregularidades por aspectos relacionados con la gestión del Ayuntamiento en anteriores legislaturas por el abono de facturas emitidas por tiendas de ropa con cargo al Ayuntamiento, comercios en los que se venden trajes de vestir o artículos deportivos de marca que no se corresponden con la ropa de trabajo que la corporación debe facilitar a los empleados que prestan servicios en puestos que impliquen un desgaste de prendas superior a lo normal o requieran medidas de protección, según el convenio de relaciones laborales, para lo que existe una partida presupuestaria.

Además, afirmaba que no se concretan los artículos comprados sino a conceptos genéricos como «vestimenta de caballero para el servicio de inspección o suministro de equipamiento». Según el auto, la mecánica realizada era presentar una factura con un concepto genérico que entre dentro de lo requerido por el Departamento de Actividades para después con el crédito conseguido con la presentación de la factura, ir al establecimiento emisor de la factura y realizar el gasto en varios días y en diferentes prendas, todo ello con independencia de la cuantía económica.

En los tickets, figuraban de diferentes tallas, artículos de mujer, de bebé, de deportes, calzado deportivo de varios números, munición y carabinas que, «por su cualidades», hace pensar que no es utilizado para las inspecciones de actividades.

Uno de los responsables de los establecimientos señaló que personas del departamento de Actividades del Ayuntamiento le indicaron que apareciese un vestido genérico y que le habían dicho que tenían una cantidad asignada para ropa de trabajo aunque al no usarla por ir de «persona normal», no querían perder ese importe.

En el caso de Crispín, destaca que ha adquirido trajes, americanas, bermudas, un balón de fútbol de marca, un visor de carabina, munición y ropa que no se ajusta a lo descrito en el convenio.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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