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Valencia

Paralizada la eliminación del túnel de Guillem de Castro

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València, 9 feb (OFFICIAL PRESS/EFE).- El Tribunal de Recursos ha suspendido el proceso de licitación del proyecto para la remodelación de la calle Xàtiva y Guillem de Castro de València que prevé el cierre al tráfico del paso inferior que une Guillem de Castro con Ángel Guimerá, hasta que resuelva el recurso que ha presentado el PP.

Así lo ha señalado este jueves el grupo popular municipal, que ha mostrado en un comunicado su satisfacción por la resolución del Tribunal de Recursos tras el recurso que han presentado contra una medida que, sostienen, «nace sin el consenso con los vecinos y comerciantes, y no dispone de informes de movilidad sobre la afección al tráfico».

La portavoz del grupo popular, María José Catalá, ha explicado que están en contra de este proceso «por los perjuicios que puede suponer el cierre de este túnel y el proyecto de dejar en un solo carril la circulación» en Guillem de Castro y calle Xàtiva.

El proyecto «supondrá un nuevo estrangulamiento en el tráfico de la ciudad», asegura Catalá, quien ha censurado que no se valore el impacto que tendrá sobre otras rondas de circulación, como las Grandes Vías, y ha anunciado que si es alcaldesa dejará sin efecto el proceso, porque no actuará «a base de ocurrencias ni de imposiciones».

Según el PP, la resolución del Tribunal concede la medida cautelar consistente en suspender el procedimiento de contratación, sin que esta afecte al plazo de presentación de ofertas, de forma que será la resolución del recurso la que acuerde el levantamiento de la medida adoptada.

El análisis de los motivos que fundamentan la interposición de los recursos «pone de manifiesto que los perjuicios que podrían derivarse de la continuación por sus trámites del procedimiento de contratación, son de difícil o imposible reparación, por lo que procede suspender cautelarmente este hasta el momento que se dicte la resolución del recurso», añade.

Por su parte, fuentes de Ayuntamiento han señalado que el PP, «además de no entender» el funcionamiento de una licitación ni del Tribunal de Recursos, «solo busca entorpecer y frenar proyectos de transformación urbana, porque no tienen una alternativa que proponer».

En el PP «carecen de modelo de ciudad, por lo que no pueden hacer otra cosa que mirar al pasado reivindicando una ciudad que ya no existe». señalan desde el Ayuntamiento, y consideran que la ciudadanía tiene «otras necesidades, para las que el PP no tiene respuesta».

 

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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