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¿Qué hacer si no me llega el voto por correo?

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Qué hacer si no me llega el voto por correo

Las elecciones del próximo 23J han disparado las solicitudes del voto por correo en una situación sin precedentes, pero hay una cuestión que preocupa a muchos: ¿qué hacer si no me llega el voto por correo?

Si ya se ha enviado la solicitud, los votantes pueden consultar cómo va el envío de su documentación electoral a través de esta plataforma que ha puesto en marcha el Instituto Nacional de Estadística (INE) o el portal habilitado por la empresa pública de mensajería.

Cabe señalar que una vez el votante ha realizado la petición de voto por correo no podrá votar presencialmente el 23 de julio en el colegio electoral. Aunque desde Correos aseguran que todos llegarán a tiempo.

El despliegue de Correos

De hecho, desde la empresa han confirmado que han batido un récord recibiendo 2,5 millones de solicitudes para votar por correo. Por eso Correos ha hecho un gran despliegue para llegar a tiempo y ha ampliado el horario de sus oficinas. El director adjunto de operaciones de Correos ya se comprometía hace unos días a «que todos los ciudadanos que hayan solicitado su voto por correo van a recibir su documentación en plazo», aseguró en La Sexta.

¿Qué hacer si no me llega el voto por correo?

¿Y si no fuera así? Si llegado el 20 de julio el ciudadanos no ha recibido el voto por correo puede reclamar. De hecho, hay dos alternativas:

La primera es solicitar a la Junta Electoral correspondiente que nos remita la documentación y que nos permita votar fuera de plazo por una cuestión de fuerza mayor.

Si esta no funciona, se podría iniciar un procedimiento de salvaguarda de los derechos fundamentales ante los juzgados de lo contencioso-administrativo. Y, a partir de este procedimiento, solicitar que nos dejen votar o que se impugne el resultado de nuestra mesa electoral.

La Junta Electoral Central amplía el plazo para depositar el voto por correo hasta el jueves, 20 de julio

Según el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central, el plazo para el depósito del voto por correo para las Elecciones Generales se amplía hasta el jueves, 20 de julio, en el horario habitual de las oficinas de Correos en toda España.

Este plazo finalizaba inicialmente el miércoles, 19 de julio, pero con la decisión de ampliación adoptada, los ciudadanos y ciudadanas que hayan solicitado ejercer su derecho al voto por correspondencia para las Elecciones Generales del 23 de julio, dispondrán de más tiempo para depositar su voto.

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Confirmado por Hacienda: cuándo estará disponible el borrador de la Renta 2025-2026

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borrador renta revisar
PEXELS

La Agencia Tributaria ya ha fijado la fecha clave para la campaña de la renta: el borrador de la declaración 2025-2026 estará disponible a partir del 8 de abril de 2026.

Ese mismo día también se abre el plazo para presentar la declaración de forma telemática a través de Renta Web.


📅 Fecha del borrador de la renta 2025-2026

  • 🗓️ Disponible desde: 8 de abril de 2026
  • 💻 Acceso: online a través de Renta Web
  • 📑 Funciones: consultar, modificar y confirmar el borrador

Antes de esa fecha, los contribuyentes ya pueden acceder a:

  • Número de referencia
  • Datos fiscales
  • Información previa de la campaña

👥 Quién está obligado a hacer la declaración

En la campaña de la renta 2025-2026 deberán presentar declaración:

  • Personas con ingresos superiores a:
    • 22.000 € (un pagador)
    • 15.876 € (dos o más pagadores)
  • Trabajadores autónomos dados de alta en cualquier momento del año
  • Beneficiarios del ingreso mínimo vital
  • Miembros de unidades de convivencia vinculadas a estas ayudas

🔐 Cómo acceder al borrador de la renta

Para consultar el borrador en la web de la Agencia Tributaria necesitas:

  • Certificado digital
  • DNI electrónico
  • Sistema Cl@ve

Una vez dentro, podrás revisar todos tus datos fiscales y completar la declaración.


⚠️ Ojo: el borrador puede tener errores

Aunque Hacienda elabora el borrador automáticamente, no siempre está completo o actualizado.

Incluye información procedente de:

  • Empresas
  • Bancos
  • Aseguradoras
  • Administraciones públicas

Pero pueden faltar datos o existir errores.


✅ Qué revisar antes de confirmar la renta

Antes de presentar la declaración, revisa especialmente:

  • Datos personales (nombre, DNI)
  • Situación familiar (hijos, estado civil)
  • Ingresos (salarios, alquileres, inversiones)
  • Retenciones aplicadas
  • Deducciones fiscales

💸 Deducciones clave que puedes aplicar

Comprobar las deducciones puede marcar la diferencia en el resultado:

  • Alquiler de vivienda habitual
  • Maternidad
  • Donaciones a ONG
  • Inversión en vivienda
  • Familia numerosa

❌ Errores más habituales en el borrador

Los fallos más comunes incluyen:

  • Datos personales incorrectos
  • Ingresos no incluidos
  • Deducciones no aplicadas
  • Retenciones mal calculadas
  • Cambios familiares no reflejados

Detectarlos a tiempo evita sanciones o pagos de más.


🧾 Clave final: revisa antes de confirmar

Aunque el sistema de la Agencia Tributaria es cada vez más preciso, la revisión manual sigue siendo imprescindible para evitar errores y optimizar el resultado de tu declaración.

Continuar leyendo