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Consumo

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

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¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración? En plena campaña de la Renta son muchos los españoles qué desconocen si están o no obligados a realizar este trámite con Hacienda. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha informado de las condiciones que deben darse para ello.

En algunos casos los contribuyentes no están obligados a presentar declaración, aunque sea a pagar. Esto sucede, por ejemplo si sólo han tenido ingresos del trabajo procedentes de un pagador y si esos ingresos no superan los 22.000 euros. Por otro lado, en algunos casos hay que presentar la declaración, aunque no se esté obligado, para poder disfrutar determinados beneficios fiscales. Aunque hay varios supuestos, los más frecuentes son:

Los que quieran aplicar los beneficios fiscales por las aportaciones a planes de pensiones
Los que tengan derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual y quieran hacerlo.
De esta manera si un contribuyente no tiene obligación de presentar la declaración, pero está pagando su vivienda habitual con un préstamo y quiere aplicar la deducción, tendrá que presentarla.

Si un contribuyente que no tiene que declarar accede por primera vez a Renta Web, es posible que la aplicación pregunte si desea trasladar que no están incorporados al borrador. En ese caso puedes decidir trasladarlos o no.

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

Decides No trasladar los datos: (la deducción por vivienda o los planes de pensiones a la declaración), y el resultado de la declaración es a pagar, el sistema Renta Web te avisará poniendo en el Resumen de la declaración que no estás obligado a presentarla. Además, la opción «Presentar declaración» estará bloqueada (aparecerá en color gris), para evitar que pagues por error.

Decides incoporar los datos: (es probable que sea opción lógica para cualquier contribuyente incorporar todos los datos de la deducción por vivienda o planes de pensiones, para comprobar si una vez trasladados, la declaracion sale a pagar menos o a devolver más).

Si el contribuyente no obligado a declarar traslada los datos de la deducción por vivienda o de planes de pensiones a su declaración, y la declaración sale a pagar, en la página de Resumen de declaraciones ya no aparece el aviso de “NO OBLIGADO”. El programa estima que se quiere ejercer el derecho a estas deducciones, y no tiene en cuenta que es más favorable para el contribuyente no trasladar los datos para no estar obligado a declarar.

Por tanto, atento: Si por error haces clic en el botón de presentar declaración, se abrirá la pantalla de presentación inmediata de la declaración y podrás presentarla.

La única manera de saber que no tendrías obligación de presentar la declaración es cancelar la pantalla de presentación inmediata para poder leer los avisos de validación de la declaración, ya que uno de ellos, advierte de la posibilidad de no estar obligado a declarar: “Según los datos que constan en su declaración individual está obligado a declarar por aplicar alguna reducción por aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, etc.) o a patrimonios protegidos de personas con discapacidad y/o la deducción estatal por inversión en vivienda habitual. Si no las aplicara dejaría de estar obligado a declarar si tributara individualmente, por lo que no tendría que ingresar el importe resultante de su declaración”.

Si te equivocas, pide anulación
¿Has presentado la declaración sin estar obligado? Tiene solución: La AEAT aconseja solicitar la anulación presentando un escrito en tu Administración de Hacienda. También puedes hacerlo a través de RentaWeb seleccionando el apartado “Trámites”.

Si no estás obligado a declarar, hazlo solo si te devuelven
Recuerda. Estate atento: si tus ingresos no te obligan a declarar, sólo debes presentar declaración si te sale a devolver.

Fuente: OCU.org

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Consumo

Mercadona cierra este martes 15 de septiembre todos sus supermercados en una comunidad autónoma

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Mercadona más grande España

Los clientes de Mercadona en Lanzarote y La Graciosa tendrán que adelantar sus compras este martes 15 de septiembre. La cadena de supermercados cerrará sus establecimientos durante toda la jornada con motivo de la festividad de Nuestra Señora de los Volcanes, día festivo de ámbito insular.

¿Por qué cierra Mercadona el 15 de septiembre?

El martes 15 de septiembre es festivo laboral en Lanzarote y La Graciosa por la celebración de Nuestra Señora de los Volcanes. La festividad está recogida en el calendario laboral de Canarias como fiesta de ámbito insular.

Por este motivo, los supermercados de Mercadona situados en Lanzarote permanecerán cerrados durante la jornada. La situación afecta a los establecimientos de la isla, mientras que el resto de supermercados de la cadena en Canarias mantienen su funcionamiento en función del calendario y los horarios correspondientes a cada zona.

¿Cuándo volverán a abrir los supermercados?

Los establecimientos de Mercadona en Lanzarote recuperarán su actividad habitual tras el festivo. Los clientes pueden consultar el horario concreto de cada tienda antes de desplazarse, ya que la compañía adapta sus aperturas a los festivos de cada territorio.

El cierre se produce después de que la cadena valenciana también haya aplicado recientemente cierres especiales en otras zonas de España coincidiendo con jornadas festivas. Por ejemplo, el pasado 11 de septiembre todos los supermercados de Mercadona en Cataluña permanecieron cerrados por la celebración de la Diada.

Un festivo que afecta a toda la isla

El 15 de septiembre figura como jornada festiva en los calendarios laborales de distintos municipios de Lanzarote, entre ellos Arrecife, San Bartolomé y Tías.

Por tanto, quienes tengan previsto hacer la compra este martes deberán tener en cuenta el cierre de Mercadona y adelantar sus compras al lunes o esperar a la reapertura posterior al festivo.

 

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