Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Estas son todas las restricciones para Semana Santa

Publicado

en

Madrid, 10 mar (EFE).- El Gobierno y las comunidades han pactado este miércoles el plan para el puente de San José y Semana Santa, que pasa por el cierre perimetral de todas menos Baleares y Canarias.

Un toque de queda a las 23 horas como máximo y reuniones de entre 4 y 6 personas en espacios públicos y de solo convivientes en privados.

Así lo ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud la ministra de Sanidad, Carolina Darias, quien ha recalcado que el acuerdo es «de obligado cumplimiento», que uno de sus objetivos es evitar el turismo nacional a los archipiélagos y que los extranjeros que lleguen a España estarán sometidos a estas mismas limitaciones.

Darias ha agradecido el esfuerzo de todos los consejeros para llegar a este «acuerdo de mínimos» -al que las comunidades podrán añadir más restricciones- que será publicado mañana en el BOE y que abarca dos periodos: el primero entre el 17 y 21 de marzo en las autonomías en las que el día 19 es festivo y del 26 de este mes hasta el 9 de abril en todo el territorio.

La comunidad de Madrid ha votado en contra y ha anunciado que no cerrará perimetralmente la comunidad, mientras que Cataluña ha anunciado que se ha abstenido.

El acuerdo establece además como recomendaciones la no celebración de eventos que supongan concentraciones de personas, que las comunidades no bajen de nivel de alerta -aunque sus indicadores sean positivos- en las dos semanas previas a la Semana Santa, y la coordinación con la Federación de Municipios y Provincias (FEMP).

El cierre perimetral afectará a todas las comunidades y no contempla, como había sugerido Cataluña, el desplazamiento para visitar a familiares.

Supone asimismo que los turistas extranjeros no puedan moverse de la comunidad en la que aterricen. Darias ha recordado las restricciones que pesan sobre los visitantes extranjeros en función de su país de origen y la obligación de presentar una PCR negativa a la llegada o de hacer una cuarentena en algunos casos.

«Sólo se puede venir a España por razones de índole esencial, en las que no este el turismo», ha dicho Darias en relación a los viajeros de terceros países antes de señalar que la «limitación de un turista será la de cualquier español, si llega a un aeropuerto no se podrá mover entre comunidades autónomas».

La ministra de Sanidad ha explicado la decisión de incluir en el documento acordado esta tarde la mención a Baleares y Canarias en que su objetivo es «que no hubiera duda de que no es posible el turismo nacional».

«Que haya movilidad por su condición de archipiélagos, pero que en ningún caso pudiera haber movilidad por razón de turismo nacional», ha incidido Darias quien ha añadido que la entrada en las islas sólo se permitirá en las excepciones que regula el decreto del estado de alarma del pasado 25 de octubre.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

Publicado

en

guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo