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Ribó y su equipo aprueban que el Ayuntamiento de Valencia no organice actos religiosos

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En el pleno municipal, celebrado este jueves 26 de enero, el Ayuntamiento ha expresado su objetivo democrático, plasmado en una moción aprobada con los votos de los concejales y concejalas del equipo de gobierno, de “fomentar la libertad de conciencia, así como su independencia como institución del Estado de cualquier confesión religiosa o ideológica, por respeto a la pluralidad de convicciones y creencias del conjunto de la ciudadanía”.

En la Moción defendida por el concejal Jordi Peris se han incluido matizaciones respecto a la propuesta inicial de Valencia en Comú. Además se ha hecho un receso para intentar consensuarla con el resto de los grupos, pero no se ha llegado a un acuerdo. Finalmente se han expresado en contra el grupo Popular y Ciudadanos, y se ha aprobado con los votos del Gobierno Municipal.

En esta moción, Jordi Peris ha expuesto que “la laicidad es una seña de identidad del poder civil, la libertad individual y la democracia. Se considera que cada persona es titular del derecho a la libertad ideológica y a sus propias convicciones y creencias”. En palabras de Peris, “esta moción no va en contra de la religión como creencia, defendemos la laicidad respecto a cualquier confesión desde la independencia, el respeto, la pluralidad y la concordia”.

El Ayuntamiento se ha pronunciado también a favor de que se modifiquen las leyes y acuerdos estatales pertinentes, con el fin de eliminar las exenciones fiscales de los tributos municipales otorgadas a las confesiones y entidades religiosas.

El objetivo de la moción es “separar el ámbito civil y religioso de la vida municipal”, ha expresado Peris. ”La intención es promover una neutralidad que facilite la convivencia y esta es una tarea en la que esta Corporación quiere implicarse”.

Previamente al debate ha intervenido Raquel Ortiz, en representación de Valencia Laica-Europa Laica, quien se ha referido a la necesidad de “garantizar la libertad de conciencia, que pasa por neutralizar y no llevar la simbología de las creencias como forma democrática de organizar las instituciones”.

La Moción expone que los reglamentos municipales de honores y protocolos y de sus entes públicos se adecuarán a la “no confesionalidad del Estado”, principio amparado en la Constitución artículo 16.3. El Ayuntamiento no organizará de forma oficial ritos y celebraciones religiosas, sólo los de carácter civil, salvo aquellos que suponen un legado cultural y festivo y un bien patrimonial e histórico contrastado.

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Ábalos y Koldo a prisión provisional por riesgo de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Supremo ordena prisión sin fianza para el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al elevarse el riesgo de fuga antes del juicio por la presunta trama de mascarillas.
La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del PP habían solicitado su ingreso inmediato en prisión.

El Supremo ordena prisión provisional para Ábalos y Koldo García

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, investigados por las supuestas irregularidades en contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia.

Se trata de un hecho histórico: es la primera vez que un diputado en ejercicio deberá entrar en prisión provisional antes de ser juzgado.

La decisión llega tras revisar las medidas cautelares que mantenían hasta hoy (retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales). El riesgo de fuga se considera ahora “muy elevado” ante la gravedad de las penas solicitadas.


La Fiscalía Anticorrupción alertó de un riesgo de fuga “disparado”

La medida adoptada responde a la petición expresa del jefe de Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, así como de las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular.
Anticorrupción sostiene que, ante la posibilidad de que ambos se enfrenten a hasta 30 años de cárcel, existe un riesgo de fuga “inequívoco”.


La llegada de Ábalos al Supremo: “No tengo dinero ni a dónde ir”

Ábalos fue el primero en llegar al Supremo, a las 9:12 horas, solo y con una mochila de cuero. En su intervención durante la vistilla, aseguró al magistrado:

“No me voy a fugar. No tengo dinero ni a dónde ir.”

Fuentes jurídicas aseguran que el exministro estaba “visiblemente destrozado”, fumando nervioso en los patios del Palacio de Justicia mientras esperaba la resolución.

Su abogado defendió que su ingreso en prisión, siendo diputado, supondría vulnerar su derecho a representación política y acusó a Anticorrupción de querer “forzar” una declaración colaborativa similar a la del empresario Víctor de Aldama.


Koldo García: “No me voy a ir a ningún sitio”

Koldo García llegó justo a la hora señalada, acompañado de su abogada, y también negó cualquier intención de fugarse:

“No me voy a ir a ningún sitio. Todos tenemos derecho a aprender poco a poco.”

Esta última frase ha sido interpretada por presentes como un reconocimiento implícito de haber cometido errores.

Su defensa alegó arraigo familiar: una madre mayor y una hija pequeña.


El fiscal, contundente: “Ningún poder del Estado puede eludir la acción penal”

El fiscal Luzón fue especialmente duro respecto a Ábalos:

“Fue su pertenencia al Gobierno lo que permitió cometer estos delitos.
Ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal. La Justicia es ciega por eso.”


Camino al juicio por la presunta trama de mascarillas

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por su presunta participación en una trama para adjudicar contratos millonarios de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al empresario.

Penas solicitadas por Fiscalía

  • Ábalos: 24 años de prisión

  • Koldo García: 19 años y medio

  • Víctor de Aldama: 7 años (pena reducida por su confesión)

Los delitos atribuidos incluyen:

  • organización criminal

  • cohecho

  • tráfico de influencias

  • malversación

  • uso de información privilegiada

Penas solicitadas por las acusaciones populares

Las acusaciones que lidera el PP elevan las penas a 30 años al añadir:

  • prevaricación

  • falsedad documental


Un caso que sacude al Gobierno y tensa el clima político

El ingreso inmediato en prisión del exministro socialista supone un terremoto político en vísperas del juicio. La resolución marca un paso decisivo en una de las causas de corrupción más mediáticas derivadas de la pandemia.

 

 

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