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Ribó y su equipo aprueban que el Ayuntamiento de Valencia no organice actos religiosos

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En el pleno municipal, celebrado este jueves 26 de enero, el Ayuntamiento ha expresado su objetivo democrático, plasmado en una moción aprobada con los votos de los concejales y concejalas del equipo de gobierno, de “fomentar la libertad de conciencia, así como su independencia como institución del Estado de cualquier confesión religiosa o ideológica, por respeto a la pluralidad de convicciones y creencias del conjunto de la ciudadanía”.

En la Moción defendida por el concejal Jordi Peris se han incluido matizaciones respecto a la propuesta inicial de Valencia en Comú. Además se ha hecho un receso para intentar consensuarla con el resto de los grupos, pero no se ha llegado a un acuerdo. Finalmente se han expresado en contra el grupo Popular y Ciudadanos, y se ha aprobado con los votos del Gobierno Municipal.

En esta moción, Jordi Peris ha expuesto que “la laicidad es una seña de identidad del poder civil, la libertad individual y la democracia. Se considera que cada persona es titular del derecho a la libertad ideológica y a sus propias convicciones y creencias”. En palabras de Peris, “esta moción no va en contra de la religión como creencia, defendemos la laicidad respecto a cualquier confesión desde la independencia, el respeto, la pluralidad y la concordia”.

El Ayuntamiento se ha pronunciado también a favor de que se modifiquen las leyes y acuerdos estatales pertinentes, con el fin de eliminar las exenciones fiscales de los tributos municipales otorgadas a las confesiones y entidades religiosas.

El objetivo de la moción es “separar el ámbito civil y religioso de la vida municipal”, ha expresado Peris. ”La intención es promover una neutralidad que facilite la convivencia y esta es una tarea en la que esta Corporación quiere implicarse”.

Previamente al debate ha intervenido Raquel Ortiz, en representación de Valencia Laica-Europa Laica, quien se ha referido a la necesidad de “garantizar la libertad de conciencia, que pasa por neutralizar y no llevar la simbología de las creencias como forma democrática de organizar las instituciones”.

La Moción expone que los reglamentos municipales de honores y protocolos y de sus entes públicos se adecuarán a la “no confesionalidad del Estado”, principio amparado en la Constitución artículo 16.3. El Ayuntamiento no organizará de forma oficial ritos y celebraciones religiosas, sólo los de carácter civil, salvo aquellos que suponen un legado cultural y festivo y un bien patrimonial e histórico contrastado.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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