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Sánchez: «El estado de alarma es el pasado, hay que mirar al futuro»

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EFE/Ballesteros

Madrid, 11 may (EFE).- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha defendido este martes que las comunidades autónomas tienen «amplios instrumentos» para hacer frente a la pandemia y ha afirmado que el estado de alarma «es el pasado» y que «hay que mirar al futuro», que es la vacunación, ha dicho.

Lo ha hecho en la rueda de prensa que ha ofrecido en la Moncloa junto al presidente argentino, Alberto Fernández, al ser preguntado por las peticiones de comunidades y oposición acerca del estado de alarma y qué ocurriría si el Tribunal Supremo no ampara las medidas legales que están solicitando las comunidades.

«Quiero ser claro, el estado de alarma es el pasado, hay que mirar al futuro, y el futuro se llama vacunación, vacunación y vacunación», ha subrayado el jefe del Ejecutivo, que ha pedido a la oposición «coherencia».

A su juicio, «no puede ser» que la oposición eche de menos ahora el estado de alarma cuando se opuso a ello en octubre, y ha señalado que una ley ordinaria -el PP defiende una ley de pandemias para dar seguridad jurídica a las comunidades- «no va a sustituir nunca la Constitución Española», algo, que es, ha opinado, de «primero de Derecho».

Para el jefe del Ejecutivo, en estos meses, con o sin estado de alarma, las comunidades junto con el Ministerio de Sanidad tienen «amplios instrumentos» para afrontar la pandemia junto con la vacunación.

En este sentido, ha señalado que se inicia una nueva etapa con la vacunación como uno de los ejes principales ya que ha insistido en que «estamos a 99 días» de conseguir que el 70 % de la población española esté vacunada, y por tanto de conseguir la inmunidad de grupo.

Asimismo, ha instado a continuar siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

«Estamos a 99 días de la inmunidad de grupo y por tanto lograr ese 70 % de la población vacunada, ese es el objetivo del Gobierno y, reitero, en el Consejo Interterritorial tienen los instrumentos para, con la vacunación, poder hacer frente con garantías, eficacia y contundencia al control de la pandemia en este momento en nuestro país», ha destacado Sánchez.

Por su parte, la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha insistido en que el estado de alarma, instrumento jurídico que ha calificado de «acierto», es una circunstancia excepcional, que no podía mantenerse por tiempo indefinido, sino solo el imprescindible para contener la pandemia.

Tras recordar que cuando se decretó en octubre la incidencia acumulada era de 360 casos por cada 100.000 habitantes y ahora es de 189, ha subrayado que el escenario de la pandemia en España es «radicalmente diferente» y «contamos con un arsenal de vacunas».

«Son solo esos indicadores epidemiológicos los que nos permiten levantar el estado de alarma y animar a las comunidades a ejercer sus competencias», ha subrayado Montero, quien ha insistido en que estas no se circunscriben a limitar derechos fundamentales con el aval del poder judicial, sino que pueden aplicar una batería de medidas proporcionales a sus datos.

En este sentido, ha dicho que «probablemente no se pueda pasar del estado de alarma a que las discotecas estén abiertas hasta las tres de la mañana».

Preguntada si el Gobierno dará curso a un nuevo estado de alarma circunscrito a alguna comunidad autónoma si así lo pide el ejecutivo autónomo, Montero ha recordado que esta posibilidad legal está «a disposición» de los comunidades en aquellos casos en que los datos epidemiológicos lo justifiquen.

«Siempre hemos puesto a disposición de las comunidades autónomas la capacidad del Gobierno de tramitar ese estado de alarma en el Congreso», ha garantizado.

Al margen de esta eventualidad, la portavoz del Gobierno ha expresado su «confianza» en el Poder Judicial y, en concreto, en el Tribunal Supremo, que está segura que actuará en consecuencia en el caso de que algún tribunal superior no avale las medidas restrictivas solicitadas por las comunidades.

Montero ha calificado la iniciativa legislativa del PP como uno de los «mayores ataques a las libertades de los ciudadanos registrados en el congreso».

Según Montero, el Gobierno considera fundamental que en la limitación de los derechos fundamentales operen dos poderes y la propuesta del PP «es un único artículo que deja exclusivamente a los gobiernos autonómicos esa potestad».

Además, ha alertado de que hasta que se alcance la vacunación del 70 % de la población en los próximos 99 días, «todos tenemos que mantenernos a raya porque nos jugamos mucho».

«Nos jugamos el volver a cifras de contagios que no queremos repetir, el perder a nuestros seres queridos cuando estamos llegando al final del túnel y el estresar al personal sanitario de nuevo, además de poner en peligro el ritmo de la recuperación económica y la llegada de turistas», ha aseverado Montero en rueda de prensa al término del Consejo de Ministros.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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