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Sanidad crea una web para consultar el tiempo de espera para ser operado

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La Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública ha puesto a disposición de los ciudadanos en su web el Registro Individualizado de Lista de Espera Quirúrgica, una aplicación que ofrece información sobre los tiempos de espera para una intervención quirúrgica. Así lo ha explicado este lunes la titular de Sanitat, Carmen Montón, quien también ha resaltado que este proyecto «se enmarca dentro de las iniciativas de transparencia llevadas a cabo por este departamento y que facilita el derecho de los ciudadanos al acceso a la información pública».

De este modo, los pacientes pendientes de una intervención quirúrgica pueden acceder desde este lunes a través de Internet a los datos de su lista de espera quirúrgica registrados en los sistemas de información de los hospitales de la red pública. Según Montón, el Registro Individualizado de Lista de Espera Quirúrgica «permite consultar la situación personal del paciente en la lista de espera quirúrgica, así como una estimación aproximada de los días de espera hasta su intervención».

Así, en una primera pantalla de la aplicación, el usuario rellenará los datos de su número SIP, fecha de nacimiento y fecha de emisión de la tarjeta. A continuación, pasará a una segunda pantalla en la que se le informará del Centro y Servicio donde se realizará la intervención quirúrgica. En esta segunda pantalla, además, aparecerá la fecha de su inclusión en lista de espera, el total de días en lista de espera y la estimación de días de espera.

Se trata de una estimación basada en cuántos días han tardado el 80% de los pacientes ya operados en su mismo hospital y servicio. La elección de este concepto para informar sobre la espera es el resultado de un proceso llevado a cabo por técnicos de la conselleria en el que, a través de distintos encuentros con pacientes en lista de espera, se consultó cuál sería la información más útil para el usuario y cuál la mejor forma de trasladarla para que resultara más comprensible.

Este tiempo de espera es orientativo y la espera real dependerá de cada caso. De cualquier forma, si se necesita más información sobre la situación del paciente en la lista de espera se puede acudir o llamar por teléfono al Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP). Y como siempre, desde el hospital que el paciente tiene asignado se pondrán en contacto con antelación para comunicarle el día de su operación.

La espera media fue de 115 días a 31 de diciembre de 2016

Asimismo, también se han publicado en la web consultar aquí y se han ofrecido los últimos datos sobre lista de espera quirúrgica a fecha 31 de diciembre de 2016, con un tiempo de espera media o demora media de 115 días, es decir, «5 días menos que en diciembre de 2015 y 12 días menos que en septiembre de 2016, el anterior trimestre del pasado año, en el que la demora se situaba en 127 días de media», ha destacado la consellera.

Cabe recordar que la Administración sanitaria valenciana facilita la evolución de la lista de espera quirúrgica trimestralmente, es decir cuatro veces al año, en vez de semestralmente como se hacía hasta 2015.

Por especialidades, la espera es de 108 días para cirugía general, 62 para ginecologogía, 98 para oftalmología, 89 para otorrinolaringología, 129 para traumatología, 93 para urología, 71 para cirugía cardíaca, 207 para cirugía vascular, 129 para cirugía maxilofacial, 140 para cirugía pediátrica, 133 para cirugía plástica, 80 para cirugía torácica, 168 para neurocirugía y 38 para dermatología, entre otras.

Por patologías, la espera es de 100 días para cataratas, 92 para hernia inguinal, 117 para prótesis de cadera, 135 para prótesis de rodilla, 116 para artroscopia, 220 para varices, 82 para colecistectomía, 139 para hallux valgus, 110 para adenoamigdalectomía, 82 para hipertrofia benigna de próstata, 86 para quiste pilonidal, 130 para fimosis, 89 para túnel carpiano, entre otras.

Se consideran en lista de espera quirúrgica todos los pacientes pendientes de un procedimiento quirúrgico diagnóstico o terapéutico aceptado por el paciente y para cuya realización se tiene prevista la utilización de un quirófano en alguno de los hospitales de referencia y de área de la Comunitat Valenciana. No se incluyen los pacientes cuya intervención se programe dentro de un episodio de hospitalización en el que se establezca indicación quirúrgica.

La demora media es el tiempo medio expresado en días que llevan esperando los pacientes pendientes de una intervención desde la fecha de entrada en el registro hasta la fecha final del período de estudio.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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