Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Ya hay fecha para el adiós a las mascarillas en hospitales y farmacias

Publicado

en

adiós mascarillas
EFE/Kai Försterling/Archivo
Dos empleadas de una farmacia atienden a un cliente. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

Las mascarillas ya no serán obligatorias en centros sanitarios, sociosanitarios y farmacias, según un acuerdo aprobado este martes por el Consejo de Ministros, que declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.

El acuerdo entrará en vigor el miércoles una vez se publique en el BOE. Subraya “la especial vulnerabilidad de los centros sanitarios” y “la necesidad de reforzar el uso de la mascarilla en determinados contextos”.  Personas que trabajan en unidades de cuidados intensivos y en unidades con pacientes vulnerables; urgencias hospitalarias o de atención primaria, incluida la sala de espera; centros residenciales de mayores y personas con discapacidad y personas sintomáticas cuando estén en espacios compartidos y profesionales que les atienden.

Recomendada en el caso de personas con covid

Mientras tanto, ha recordado que se mantiene la norma «como estaba» en aquellos espacios en que sigue siendo obligatorio. También ha recomendado su uso en el caso de las personas que tengan síntomas o para aquellas que han dado positivo en Covid-19.

Sanidad y CCAA acordaron el pasado viernes la retirada de la obligatoriedad de las mascarillas en dichos espacios en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), si bien este lunes Miñones avisó de que la medida no se aprobaría en el Consejo de ministros de este martes, ya «es todo un decreto de crisis sanitaria» que aún tiene que «pasar los trámites administrativos correspondientes».

Adiós a las mascarillas

La decisión  se ha tomado por el Consejo Interterritorial tras analizar un informe elaborado por los expertos del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES). Centro dirigido por Fernando Simón, sobre la situación de la pandemia en España.

Se han considerado diversas opciones:

La retirada completa de la obligatoriedad de forma prolongada, definitiva o gradual.

El ministro de Sanidad, José Miñones, afirmó la semana pasada que la decisión de levantar la obligación de uso de mascarillas en estos lugares debía basarse en la opinión de los expertos.

Los únicos lugares en los que era obligatoria

Los hospitales, las residencias de mayores (para trabajadores y visitantes) y las farmacias eran los únicos espacios donde el uso de mascarillas seguía siendo obligatorio. El pasado 8 de febrero, se eliminó la obligación de usar mascarillas en el transporte público, desde mayo de 2020.

La situación de la COVID-19 es ahora muy diferente, ya que los grandes eventos como la Semana Santa, no han provocado un gran aumento de casos. Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, publicados el viernes pasado, la incidencia acumulada en personas mayores de 60 años,fue de 66,52 casos por cada 100.000 habitantes. Mientras que los pacientes de COVID-19 representan solo el 1,42% de las hospitalizaciones en planta y el 1,12% en las unidades de cuidados intensivos.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

Publicado

en

guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo