Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sanidad recaba datos de la muerte de una mujer de 43 años en Marbella tras recibir AstraZeneca e informa de un segundo caso por trombosis tras la vacuna

Publicado

en

Madrid, 17 mar (EFE).- La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) está recabando datos sobre la muerte de una profesora de Marbella, de 43 años, por hemorragia cerebral y que fue vacunada con AstraZeneca el pasado 3 de marzo para comprobar si hubo relación con la dosis recibida, han informado a Efe fuentes de esa agencia.

Según han publicado varios medios malagueños, la mujer que trabajaba en un instituto y no presentaba patologías previas, acudió a urgencias con síntomas de cefalea y malestar general horas después de recibir la vacuna.

Días más tarde regresó al hospital donde tras realizarle un TAC no le encontraron nada significativo. No obstante, al repetir la prueba al día siguiente le detectaron una hemorragia masiva que intentaron drenar con una intervención quirúrgica durante la cual le descubrieron un edema.

La mujer, que falleció este martes en un hospital de Marbella (Málaga), no presentaba patologías previas y dio negativo en una prueba de diagnóstico del covid.

Sanidad informa de un segundo caso por trombosis tras la vacuna

Sanidad ha informado este miércoles que además de la mujer de 43 fallecida con un ictus isquémico, que recibió la vacuna de AstraZeneca en los últimos 16 días hay otro caso de trombosis que también había recibido la vacuna en ese periodo con lo que España suma ya tres casos, el primero de los cuales se detectó el 15 de marzo.

En un comunicado, Sanidad ha explicado que este martes se habían registrado dos nuevas notificaciones de sospechas de reacciones adversas en la base de datos FEDRA del Sistema Español de Farmacovigilancia que coordina la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS): «Una persona con desenlace fatal y otro caso con trombosis venosa abdominal».

Estos tres casos ocurren, según recuerda Sanidad, en un contexto de 975.661 personas vacunas en España con AstraZeneca.

«Se trata de tres casos de eventos trombóticos que por si mismos, aunque infrecuentes, pueden ocurrir en la población general. Los tres cuentan con la particularidad de que los eventos trombóticos se han asociado a una disminución del número de plaquetas en sangre», ha informado Sanidad en el comunicado.

La AEMPS, junto al resto de agencias reguladoras, «está recabando información y está llevando a cabo una investigación exhaustiva» para saber si además de existir una relación temporal con la administración de la vacuna, hay una posible relación causal.

Según el comunicado de Sanidad, «la evaluación de este tipo de señales puede acabar encontrando una causa alternativa a la administración de la vacuna o, en el caso de que sea achacable a la vacuna, con medidas que traten de minimizar el riesgo como, por ejemplo, la identificación de factores que predispongan a la aparición de este tipo de trombosis y la limitación del uso de la vacuna cuando se dé ese factor de riesgo».

Sanidad recuerda que la vacuna contra la covid-19 con AstraZeneca ha quedado suspendida, al menos, las dos próximas semanas a la espera de los resultados que arroje la Agencia Europea del Medicamento y resto de agencias.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo