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Simón: «La variante británica supone el 25-30% de casos pero va más lenta de lo previsto»

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Madrid, 22 feb (EFE).- El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha apuntado este lunes que la variante británica, de la que se han confirmado 898 casos en España, avanza a un ritmo algo inferior al previsto y supone en estos momentos entre un 25 y un 30 % de los casos.

Así lo ha señalado en su habitual rueda de prensa de los lunes en la que ha señalado que esta expansión más lenta de la calculada inicialmente se debe a que la curva de contagios está en descenso y «la transmisión en España está ahora mismo muy controlada» después del incremento postnavideño gracias a las restricciones impuestas por las comunidades.

«Esto obviamente no favorece la transmisión, ni de las variantes circulantes habitualmente ni de la británica, la sudafricana o la brasileña», lo cual no quiere decir que no se transmitan y vayan ocupando poco a poco espacio.

Así, los cálculos del Ministerio es que cada semana, la transmisión de la variante británica se iba a incrementar entre 1,5 y 2 veces, pero hay algunas que se sitúa incluso por debajo, lo cual «es una buena noticia», si bien, ha querido precisar, tampoco puede descartarse una posible infraestimación de su prevalencia.

Respecto a las cuatro variantes que Sanidad estudia con atención junto a la británica, la sudafricana y la brasileña, el epidemiólogo ha señalado que «podría en principio favorecer el escape inmunitario».

Se trata de la variante P.2 (Río de Janeiro), de la que se han diagnosticado dos casos en viajeros en Madrid y otros 9 en Canarias de los que aún «no se dispone de datos epidemiológicos».

También se ha detectado otro caso de la variante nigeriana B.1.525, que fue secuenciado en enero de 2021; están además la VOC 202102/02, que se observó por primera vez en Bristol (Reino Unido), y la B.1.429, en California, de las cuales España no ha confirmado ningún caso aún.

De momento, y de acuerdo con la evidencia actual, «no parecen ocupar parte importante del espacio, pero no podemos descartarlo», ha dicho Simón, que ha pedido esperar a tener más información para poder hacer una valoración más precisa.

Sobre si es factible que los países europeos puedan haber secuenciado el 5 % de los casos para el verano, el director del CCAES ha señalado que «muy pocos», como Reino Unido o Dinamarca, pueden hacerlo en la situación actual de transmisión; sin embargo, «es posible» si se mantiene la evolución descendente pueda alcanzarse.

Por otra parte, el director del CCAES ha insistido que el pasaporte covid-19 es una cuestión que está desde hace meses en la mesa de los gobiernos europeos, pero aún hay que hacer «mucho trabajo de fondo».

«Esto es una cosa que tenemos en mente desde hace mucho tiempo y, de hecho, ya se piden pruebas PCR e incluso de antígenos», ha dicho el epidemiólogo, quien ha considerado que, no obstante, «no hay que hacer bandera de esta acción porque no se va a desarrollar en un breve periodo de tiempo».

Por último, y sobre la autorización que ha dado Reino Unido a inocular el virus en pacientes sanos para probar vacunas y tratamientos, Simón ha considerado que se trata de «estudios muy interesantes desde el punto de vista científico», pero «muy difíciles desde el punto de vista ético».

Además, España cuenta con el estudio de seroprevalencia que da una información que «nos puede aproximar», ha concluido.

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Las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: qué son, por qué las estás recibiendo y cómo actuar ante cada una

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

Miles de contribuyentes españoles están recibiendo en estos días las conocidas como “cartas del miedo” de la Agencia Tributaria. Son notificaciones que Hacienda envía cuando detecta algún posible error o discrepancia en la declaración de la Renta, o simplemente para informar de una revisión. Aunque el nombre asuste, no todas implican sanción o deuda.


📬 ¿Qué son las ‘cartas del miedo’ de Hacienda?

El término hace referencia a las notificaciones oficiales que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes o empresas para comunicar incidencias, requerimientos o procesos de revisión.
Según datos de la plataforma fiscal TaxDown, solo en el último año Hacienda envió más de dos millones de cartas, y la mayoría se concentran en el último trimestre del año.

Estas comunicaciones pueden llegar por correo postal certificado, por SMS o a través del buzón electrónico en la Sede Digital de la Agencia Tributaria.


⚙️ Tipos de notificaciones que puedes recibir de Hacienda

Aunque todas llegan con el mismo membrete oficial, no todas tienen el mismo significado ni las mismas consecuencias. Estos son los tipos más frecuentes:

1. Carta informativa

Es la más leve. Hacienda la envía solo para informar de alguna cuestión fiscal.
👉 No requiere respuesta, pero sí conviene confirmar su recepción, ya que se trata de un envío certificado.

2. Requerimiento de información

Aparece cuando la Agencia Tributaria detecta que los datos declarados no coinciden con los que tiene en sus bases.
En este caso, el contribuyente debe presentar documentación adicional en el plazo indicado, normalmente 10 o 15 días hábiles.

3. Propuesta de liquidación

Hacienda comunica que ha modificado algunos datos de tu declaración.
Junto a la carta se incluye un borrador ajustado con los cambios que considera necesarios. Si estás de acuerdo, puedes aceptarlo. Si no, puedes presentar alegaciones.

4. Resolución del procedimiento

Es la notificación final de un proceso abierto con la Agencia Tributaria. Indica si el expediente se archiva, se aprueba una devolución o se impone una sanción.

5. Providencia de apremio

Se trata de una advertencia de cobro de una deuda pendiente. Hacienda establece un plazo concreto para pagar antes de que comiencen los recargos o embargos.
🔴 En este punto es clave actuar con rapidez.

6. Diligencia de embargo

Si no se abona la deuda, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, salario o cuentas bancarias.
El pago inmediato o la presentación de un recurso pueden detener el proceso.

7. Inicio de inspección o expediente sancionador

Este tipo de carta marca el comienzo de una investigación fiscal. En ella se solicita documentación adicional y se informa de que puede existir una infracción tributaria. Es recomendable contar con asesoría fiscal profesional.


Cómo saber si la carta de Hacienda es auténtica

Antes de alarmarte, comprueba que la notificación es real.
Puedes hacerlo de tres maneras:

  1. Verifica el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Comprueba si ha llegado a través de un canal oficial (correo certificado o sede electrónica).

  3. No abras enlaces recibidos por correo electrónico o SMS si no proceden de dominios oficiales (agenciatributaria.gob.es).


Qué hacer si recibes una carta de Hacienda

  1. Lee bien la notificación. Comprueba qué tipo de carta es y el motivo del contacto.

  2. No ignores los plazos. Casi todas las notificaciones tienen un tiempo limitado para responder o presentar alegaciones.

  3. Revisa tu declaración o documentación. Puede tratarse de un simple error en los datos fiscales.

  4. Consulta con un asesor o plataforma especializada (como TaxDown o Gestha) si no sabes cómo proceder.

  5. Conserva copia de todo lo que presentes o envíes.


Preguntas frecuentes sobre las cartas del miedo

¿Qué pasa si no respondo a una carta de Hacienda?
Si el plazo expira sin respuesta, el expediente puede resolverse a favor de la Administración y generar sanciones o recargos.

¿Puede llegar una notificación por error?
Sí. En algunos casos, Hacienda envía requerimientos automáticos basados en cruces de datos. Si tienes todo en regla, bastará con justificarlo.

¿Puedo recibir varias cartas a la vez?
Sí, especialmente si tienes varios ejercicios pendientes o gestiones abiertas con la Agencia Tributaria.


Las llamadas “cartas del miedo” de Hacienda no siempre significan una sanción. La mayoría son simples requerimientos o verificaciones de datos.
La clave está en mantener la calma, revisar la información y responder dentro del plazo establecido. Actuar a tiempo puede evitar recargos, multas y embargos innecesarios.


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