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Simón: «La variante británica supone el 25-30% de casos pero va más lenta de lo previsto»

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Madrid, 22 feb (EFE).- El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha apuntado este lunes que la variante británica, de la que se han confirmado 898 casos en España, avanza a un ritmo algo inferior al previsto y supone en estos momentos entre un 25 y un 30 % de los casos.

Así lo ha señalado en su habitual rueda de prensa de los lunes en la que ha señalado que esta expansión más lenta de la calculada inicialmente se debe a que la curva de contagios está en descenso y «la transmisión en España está ahora mismo muy controlada» después del incremento postnavideño gracias a las restricciones impuestas por las comunidades.

«Esto obviamente no favorece la transmisión, ni de las variantes circulantes habitualmente ni de la británica, la sudafricana o la brasileña», lo cual no quiere decir que no se transmitan y vayan ocupando poco a poco espacio.

Así, los cálculos del Ministerio es que cada semana, la transmisión de la variante británica se iba a incrementar entre 1,5 y 2 veces, pero hay algunas que se sitúa incluso por debajo, lo cual «es una buena noticia», si bien, ha querido precisar, tampoco puede descartarse una posible infraestimación de su prevalencia.

Respecto a las cuatro variantes que Sanidad estudia con atención junto a la británica, la sudafricana y la brasileña, el epidemiólogo ha señalado que «podría en principio favorecer el escape inmunitario».

Se trata de la variante P.2 (Río de Janeiro), de la que se han diagnosticado dos casos en viajeros en Madrid y otros 9 en Canarias de los que aún «no se dispone de datos epidemiológicos».

También se ha detectado otro caso de la variante nigeriana B.1.525, que fue secuenciado en enero de 2021; están además la VOC 202102/02, que se observó por primera vez en Bristol (Reino Unido), y la B.1.429, en California, de las cuales España no ha confirmado ningún caso aún.

De momento, y de acuerdo con la evidencia actual, «no parecen ocupar parte importante del espacio, pero no podemos descartarlo», ha dicho Simón, que ha pedido esperar a tener más información para poder hacer una valoración más precisa.

Sobre si es factible que los países europeos puedan haber secuenciado el 5 % de los casos para el verano, el director del CCAES ha señalado que «muy pocos», como Reino Unido o Dinamarca, pueden hacerlo en la situación actual de transmisión; sin embargo, «es posible» si se mantiene la evolución descendente pueda alcanzarse.

Por otra parte, el director del CCAES ha insistido que el pasaporte covid-19 es una cuestión que está desde hace meses en la mesa de los gobiernos europeos, pero aún hay que hacer «mucho trabajo de fondo».

«Esto es una cosa que tenemos en mente desde hace mucho tiempo y, de hecho, ya se piden pruebas PCR e incluso de antígenos», ha dicho el epidemiólogo, quien ha considerado que, no obstante, «no hay que hacer bandera de esta acción porque no se va a desarrollar en un breve periodo de tiempo».

Por último, y sobre la autorización que ha dado Reino Unido a inocular el virus en pacientes sanos para probar vacunas y tratamientos, Simón ha considerado que se trata de «estudios muy interesantes desde el punto de vista científico», pero «muy difíciles desde el punto de vista ético».

Además, España cuenta con el estudio de seroprevalencia que da una información que «nos puede aproximar», ha concluido.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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