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Soraya Arnelas sufre un accidente horas antes de un concierto

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MADRID, 16 Ago. (CHANCE) – A Soraya Arnelas no hay quien la pare y es que ni romperse un dedo del pie ha impedido a la cantante hacer lo que más le gusta, subirse a los escenarios y deleitarnos con su voz. Durante la tarde de ayer y a escasas horas de actuar en Torrox, Málaga, la artista anunciaba que había tenido un pequeño accidente casero y se había roto el dedo pequeño del pie pero el dolor no le ha impedido seguir con su agenda.

«Querido dedo meñique, no podías haber elegido otro día peor para romperte* pero pienso arreglarte a golpe de tacón», contaba la artista que además compartió un video en Instagram donde enseñaba el estado de su dedo meñique. Tan optimista como acostumbra ser, Soraya no ha dudado ni un segundo en hacer las maletas y poner rumbo a Málaga. Además este show era un poco más especial que el resto ya que la extriunfita tiene muy buenos recuerdos asociados a esta localidad pues era donde veraneaba de niña.

Para calmar a sus seguidores, la extremeña compartió a los pocos minutos una imagen calzando sandalias y enseñando que se había sujetado el dedo dañado junto al de al lado con una venda.

La extremeña que estrenará nuevo tema musical, Yo brindo, el próximo 13 de septiembre -el mismo día de su cumpleaños- está arrasando este verano en diferentes localidades a las que acude para dar conciertos y donde se siente de lo más arropada por todos sus fans.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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