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El Supremo mantiene la inhabilitación de Junqueras hasta 2031

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Supremo inhabilitación Junqueras 2031

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena por malversación al líder de ERC Oriol Junqueras, lo que supone que, condenado por también por sedición en el ‘procés‘, seguirá inhabilitado hasta 2031 sin que le afecte la reforma penal del Gobierno. Del mismo modo, los magistrados mantienen la inhabilitación sobre Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. En todos los casos las penas de prisión fueron indultadas ya por el Ejecutivo.

Pena de inhabilitación de 13 años

En un auto en el que el tribunal analiza las condenas de los líderes del 1-O tras la entrada en vigor de esta reforma, el tribunal apunta que el derogado delito de sedición pueda ser sustituido por el nuevo delito de desórdenes públicos. La Sala advierte que la reforma deja impunes los procesos secesionistas sin violencia.

La reforma penal con la que el Gobierno suprimió el delito de sedición «no ha procedido a dar nueva redacción» a este delito, que «ahora se llamaría delito de desórdenes públicos». «No ha llevado a cabo un desplazamiento o sustitución de los tipos penales. Lo que ha hecho ha sido suprimir, sin más, el injusto que antes abarcaba el artículo 544 del Código Penal«.

Algo más que un desorden público

En el informe contrario a los indultos, esta misma Sala ya advirtió sobre que «… el delito de sedición no es, desde luego, la respuesta penal del Estado a los excesos en el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación. Lo que el hecho probado de nuestra sentencia declara -por más que lecturas parciales e interesadas reiteren lo contrario- no es identificable con el simple desbordamiento de los límites del orden público. Antes al contrario, lo que describe el juicio histórico es un ataque a la paz pública y a la observancia de las leyes y resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia en el marco constitucional».

Señalan los magistrados que los hechos declarados probados en la sentencia «implicaron una movilización tumultuaria y violenta», algo que «está fuera de cualquier duda». «Pero no basta esta constatación para transformar el previo concierto para la comisión de un delito de sedición, una vez derogado éste, en el previo concierto para la comisión de un delito de desórdenes públicos que (…) exige como elemento nuclear la ejecución de actos violentos o intimidatorios o, en su caso, la conspiración, la provocación o proposición para hacerlos realidad».

Actos concretos

En este sentido, no es aplicable a Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Dolors Bassa, Josep Rull, Jordi Turull y Raül Romeva el hecho de que ejecutaran «los actos concretos de violencia o intimidación descritos en el factum y que podrían dar vida a la existencia de un delito de desórdenes públicos». Sin embargo, sí que lo es respecto a Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, quienes participaron en el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017, diez días antes del 1-0.

«El efecto inmediato de la reforma operada por la LO 14/2022, por tanto, ha consistido en generar un vacío normativo en el que hechos como los que fueron enjuiciados en la sentencia que ahora se revisa pueden topar con visibles grietas de tipicidad. A partir de su entrada en vigor, la fractura del marco jurídico que hace posible la convivencia, el desbordamiento de los límites competenciales propios de la estructura del Estado y la tenaz desobediencia a los requerimientos judiciales sólo serán constitutivos de delito si van acompañados de actos de violencia o intimidación como los descritos en el renovado art. 557, que serían entonces castigados como una alteración del orden público».

La Sala explica que con anterioridad a la reforma, el delito de sedición no exigía una movilización violenta. «Podía conocer episodios de violencia -así aconteció indudablemente en los hechos enjuiciados-, pero también era punible cuando simplemente se ejecutaba ‘fuera de las vías legales‘». A raíz de la reforma, entre el delito de rebelión y el delito de desórdenes públicos «existe un espacio intermedio que puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional, en el que la observancia de las leyes y el incumplimiento de las resoluciones judiciales, si no fueran acompañados de una violencia preordenada a esos fines o no implicaran actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas quedarían impunes».

No a la malversación atenuada

En cuanto a la nueva regulación de la malversación, la Sala sostiene que financiar un referéndum ilegal con dinero público no sirve para aplicar una malversación atenuada. «Sería contrario a la más elemental lógica jurídica entender que quien hace suyos los fondos públicos incurre en una pena que puede llegar a los 8 años de prisión y quien los destina a una actividad delictiva o antijurídica -en nuestro caso, la celebración de un referéndum prohibido judicialmente- pueda ser castigado con una pena de multa».

«Aplicar los fondos públicos de la Generalitat para la financiación de una consulta popular que desbordaba el marco competencial de quienes la promovían, desarrollada después de reiterados requerimientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia para evitarla y, en fin, orientada a un proceso secesionista que no llegó a tener virtualidad, nunca podrá considerarse ‘…una aplicación pública diferente’ de aquella a que estaban presupuestariamente adscritos esos fondos», sostiene el auto. «Y, lo que es más evidente, nunca podrá entenderse que se trató de una actuación ausente de ánimo de lucro». Recuerda que el artículo 432 del Código Penal engloba en su tipicidad tanto a quien se apropia de esos fondos como a quien, quebrantando su deber de lealtad en la administración, «decide darles una finalidad inequívocamente ilegal», como se entiende que es el caso.

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Rebeca Torró, nueva portavoz del PSOE tras la dimisión de Montse Mínguez

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portavoz del PSOE
La secretaria de Organziación del PSOE, Rebeca Torró, en una rueda de prensa tras la Ejecutiva Federal en Ferraz. - EVA ERCOLANESE - Archivo

La secretaria de Organización asume también la portavocía del partido. La Ejecutiva nombra a Cristina Narbona responsable de Estudios y Programas y a Javier Alfonso Cendón secretario general del Grupo Parlamentario Socialista.

La Ejecutiva Federal del PSOE ha nombrado a Rebeca Torró nueva portavoz del partido tras la dimisión de Montse Mínguez, anunciada el viernes en plena polémica por los negocios inmobiliarios de su pareja.

Torró, que ocupa la Secretaría de Organización del PSOE, incorpora la portavocía a sus responsabilidades en la dirección socialista. El nombramiento se ha acordado este sábado 17 de octubre en Fuenlabrada, donde el partido reúne también a su Comité Federal para ratificar las candidaturas a las elecciones generales del 29 de noviembre.

La decisión permite cubrir la vacante en la comunicación pública del PSOE un día después de la salida de Mínguez y antes de la aprobación de las listas electorales.

Rebeca Torró asume la portavocía del PSOE

Con esta designación, Rebeca Torró compaginará la Secretaría de Organización con la portavocía del PSOE, dos responsabilidades dentro de la estructura federal del partido.

El relevo se produce en un momento de preparación electoral, con los socialistas pendientes de confirmar las candidaturas con las que concurrirán a los comicios de noviembre.

Torró pasa así a ejercer como portavoz de la formación después de que la renuncia de Mínguez dejara vacante este puesto en la Ejecutiva Federal.

Cristina Narbona, nueva secretaria de Estudios y Programas

La reunión de la dirección socialista también ha servido para reorganizar otras responsabilidades que desempeñaba Montse Mínguez.

La presidenta del PSOE, Cristina Narbona, ha sido designada nueva secretaria de Estudios y Programas. De este modo, la Ejecutiva distribuye entre distintas personas las funciones que quedan vacantes tras la salida de la dirigente.

Javier Alfonso Cendón asume la Secretaría General del Grupo Socialista

El tercer nombramiento es el de Javier Alfonso Cendón como secretario general del Grupo Parlamentario Socialista.

Hasta ahora diputado, Cendón asume esta responsabilidad dentro de la reorganización comunicada por la dirección federal. Su designación completa los cambios anunciados junto al relevo de la portavocía y de la Secretaría de Estudios y Programas.

El relevo llega un día después de la dimisión de Montse Mínguez

La designación de Rebeca Torró como nueva portavoz del PSOE se produce después de que Montse Mínguez anunciara su dimisión el viernes 16 de octubre.

La salida de la dirigente estuvo precedida por la controversia sobre las actividades inmobiliarias de su pareja. Su renuncia obligó al partido a sustituirla en las responsabilidades que ocupaba.

La Ejecutiva ha resuelto los relevos en su reunión del sábado, coincidiendo con una jornada centrada en la preparación de las próximas elecciones generales.

El Comité Federal del PSOE ratifica las listas para el 29 de noviembre

Los nombramientos se han acordado en Fuenlabrada, sede del Comité Federal del PSOE encargado de ratificar las listas electorales para los comicios del 29 de noviembre.

La jornada reúne, por tanto, dos decisiones para la formación: la reorganización de responsabilidades tras la dimisión de Mínguez y la aprobación de sus candidaturas al Congreso y al Senado.

Los principales relevos anunciados son:

  • Rebeca Torró: nueva portavoz del PSOE, responsabilidad que suma a la Secretaría de Organización.
  • Cristina Narbona: nueva secretaria de Estudios y Programas.
  • Javier Alfonso Cendón: nuevo secretario general del Grupo Parlamentario Socialista.

 

 

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