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El Supremo revisa este miércoles en vista pública la condena a Urdangarin por el CASO NÓOS

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(CHANCE)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) celebra este miércoles 21 de marzo una vista pública en la que se escucharán los argumentos presentados por la Fiscalía y por las defensas de varios de los condenados en el CASO NÓOS. Entre los recurrentes figuran la Fiscalía, la Abogacía del Estado, el marido de la Infanta Cristina, IÑAKI URDANGARIN, su exsocio DIEGO TORRES y el expresidente de Baleares Jaume Matas.

Los magistrados Manuel Marchena, Miguel Colmenero, Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo celebran esta vista apenas un año después de que, el 17 de febrero de 2017, se conociera la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que rebajó notablemente las penas que pedía la Fiscalía a los principales acusados en este procedimiento, que se originó como pieza separada del caso Palma Arena por las actividades delictivas que realizó el exduque con su exsocio DIEGO TORRES mediante el instituto Nóos, que se suponía realizaba su labor sin ánimo de lucro.

Se impusieron condenas a siete de los 17 acusados, si bien se rebajaron notablemente las penas que inicialmente pedía el Ministerio Público, en algunos casos por absolución de los delitos y en otros en aplicación de circunstancias atenuantes por reparación del daño causado.

Fue el caso del exduque de Palma, IÑAKI URDANGARIN, condenado a seis años y tres meses de prisión frente a los 19 que pedía la Fiscalía, o de su exsocio, DIEGO TORRES, condenado a ocho años aunque el Ministerio Público pedía 16 y medio. Los dos fueron absueltos del delito de estafa y en este trámite de casación ante el alto tribunal el Ministerio Público interesa un incremento de sus condenas, que llega hasta los 10 años de cárcel en el caso del exduque; 12 años y cuatro meses para Torres y también más pena para Matas.

INFANTA ABSUELTA Y YA NADIE LA ACUSA
La causa concentró una importante expectación mediática, ya que era la primera vez en la historia que un miembro de la Familia Real fue imputado. Se trata de la hermana del Rey y esposa de Urdangarin, Cristina de Borbón, que finalmente resultó absuelta de los dos delitos fiscales de los que la acusaba la acusación popular y declarada responsable civil a título lucrativo, como pedía la Fiscalía, por lo que tuvo que responder, solidariamente con su marido a la responsabilidad civil de éste con hasta 265.088,42 euros.

Sólo la acusó la acusación popular Manos Limpias y pedía para ella ocho años de prisión como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales cometidos presuntamente por su marido. No obstante, esta asociación ya no acusa ante el Supremo, por lo que dicha absolución es ya firme.

Se de la circunstancia de que el secretario general del sindicato, Miguel Bernad, ha sido también procesado por un caso de corrupción –caso Ausbanc– por delitos de extorsión, uno de ellos relacionado precisamente con la acusación de la Infanta Cristina.

Con respecto a Urdangarin, su defensa pide al Tribunal Supremo la anulación de la condena de seis años y tres meses de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por su implicación en el caso; mientras que la Fiscalía reclama que su condena se incremente hasta los 10 años.

Urdangarin fue condenado a seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.533,68 euros por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación (dos años y ocho meses de prisión), uno de fraude a la Administración pública (siete meses), uno de tráfico de influencias (un año) y dos delitos contra la Hacienda Pública (un año cada uno) y a responsabilidad civil.

La pena impuesta fue no obstante bastante inferior a los 19 años de cárcel que pedía para él inicialmente la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en Baleares, la Comunidad Valenciana y Madrid y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.

En su escrito ante el Supremo, la defensa de Urdangarin insiste en que debe ser anulada porque, entre otras razones, nunca se ocupó de temas contables, financieros ni fiscales en relación con este organismo y «no se puede demandar al olmo por no dar peras». También se opone a los argumentos que da el Ministerio Fiscal para pedir una agravación de la condena por malversación al entender que su actividad no supuso un entorpecimiento al servicio público.

Rechaza también Urdangarin la cuantificación de las cantidades presuntamente sustraídas que hace la Fiscalía y que tanto él como su exsocio DIEGO TORRES incumplieran las exigencias legales que se incluían en los contratos que firmaron con el Instituto Balear de Turismo para la celebración de Illes Balears Forum en 2005 y 2006, por los que cobraron unos 2 millones de euros.

MATAS Y DIEGO TORRES
Por su parte, la defensa del expresidente balear y exministro Jaume Matas pide a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que anule la sentencia de tres años y ocho meses de prisión que le impuso la Audiencia de Palma pese a reconocer que el procedimiento seguido para la organización de los Fórum Islas Baleares en 2005 y 2006 «fue profundamente incorrecto hasta el punto de constituir un delito de prevaricación», que esta parte no discute. Por su parte, la Fiscalía insta a un incremento de la condena impuesta al expresidente.

La sentencia de la Audiencia de Baleares declaró a Matas responsable de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito de falsedad en documento público y con un delito de malversación de caudales públicos. Fue condenado a tres años de prisión, multa de siete meses y 17 días a razón de una cuota diaria de diez euros y a tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.

Además, el exministro fue condenado a un delito de fraude a la administración, por el que se le penó con ocho meses de prisión y a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público estatal, autonómico o local.

La Audiencia falló que la contratación de la mercantil Nóos Consultoría Estratégica por parte de la administración balear para la realización de los eventos denominados ‘Illes Balears Fórum 2005 y 2006’ –que costaron unos dos millones de euros– se llevó a cabo prescindiendo de la tramitación legal que era aplicable y, respondió, a la decisión unilateral de Matas, «debido a la influencia ejercida por Urdangarin, concertado con su entonces socio, DIEGO TORRES».

Según recoge la sentencia, Urdangarin se sirvió de la «íntima relación de amistad» que tenía con el entonces director general de Deportes, José Luis Ballester, «y del privilegiado posicionamiento institucional que ocupaba en aquellas fechas».

Por lo que se refiere a Torres, cuya defensa pide también al alto tribunal la absolución, fue condenado a ocho años y seis meses de prisión, ocho de inhabilitación especial y multa de 1.723.843,1 euros y a responsabilidad civil, por un delito de prevaricación en concurso con uno de falsedad y otro de malversación (tres años de prisión), uno de fraude a la administración pública (ocho meses), uno de tráfico de influencias (10 meses) uno contra la Hacienda Pública (dos años) y un delito de blanqueo (dos años).

La Fiscalía pedía para él 16 años y medio de prisión pero el tribunal le absolvió varios delitos de malversación, fraude, falsedad documental y estafa. En este tramite ante el Supremo el Ministerio Público pide que la condena del empresario quede en los 12 años y cuatro meses de cárcel.

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ESTUDIO| Extensiones de pelo bajo sospecha: hallan compuestos asociados a cáncer y alteraciones hormonales

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extensiones pelo riesgo salud
Extensiones de pelo bajo sospecha: hallan compuestos asociados a cáncer y alteraciones hormonales-PEXELS ARCHIVO

Un estudio científico ha identificado docenas de sustancias químicas potencialmente peligrosas en extensiones de pelo, incluidos productos elaborados con pelo humano. La investigación, considerada la más completa hasta la fecha en este tipo de productos de belleza, pone el foco en los posibles riesgos para la salud asociados al uso prolongado de extensiones, una industria que, según los autores, cuenta con una regulación limitada en muchos países.

El trabajo ha sido realizado por el Silent Spring Institute (Estados Unidos) y publicado en la revista Environment & Health de la American Chemical Society. Sus conclusiones llegan en un contexto de creciente preocupación por los efectos que ciertos productos capilares pueden tener en el organismo.

Un análisis exhaustivo de extensiones sintéticas y de cabello humano

Para elaborar el estudio, el equipo investigador analizó 43 productos populares de extensiones de cabello adquiridos tanto en tiendas físicas como en plataformas online. Las muestras incluían extensiones de fibras sintéticas y de origen biológico, como cabello humano, seda o fibras vegetales.

Las extensiones se clasificaron según su composición y características:

  • Fibras sintéticas (principalmente polímeros plásticos).

  • Fibras de origen biológico, incluido cabello humano.

  • Productos resistentes al calor, ignífugos o impermeables.

  • Extensiones etiquetadas como “ecológicas” o “no tóxicas”.

En total, 19 de las muestras sintéticas indicaban ser ignífugas, tres eran resistentes al agua, nueve resistentes al calor y varias se promocionaban como libres de PVC o no tóxicas.

Más de 900 compuestos detectados en las muestras

Los investigadores utilizaron una técnica de análisis no dirigido que permite detectar una amplia variedad de compuestos, incluso aquellos que no suelen buscarse en productos cosméticos. A través de cromatografía de gases bidimensional y espectrometría de masas de alta resolución, identificaron más de 900 firmas químicas en las muestras analizadas.

Posteriormente, mediante herramientas de aprendizaje automático, se compararon esas firmas con bases de datos químicas. El resultado fue la identificación de 169 sustancias químicas pertenecientes a nueve clases estructurales principales.

Sustancias relacionadas con cáncer y alteraciones hormonales

El estudio detectó en las extensiones de cabello diversas sustancias asociadas a riesgos para la salud, entre ellas:

  • Retardantes de llama.

  • Ftalatos.

  • Pesticidas.

  • Estireno.

  • Tetracloroetano.

  • Compuestos organoestánnicos.

Algunas de estas sustancias se han relacionado en investigaciones previas con cáncer, alteraciones hormonales, problemas de desarrollo y efectos en el sistema inmunitario.

Los resultados indican que todas las muestras, salvo dos, contenían sustancias potencialmente peligrosas, incluso aquellas etiquetadas como “no tóxicas”. Además, 48 de los compuestos detectados figuran en listas de sustancias peligrosas reconocidas internacionalmente, y 12 aparecen en la Proposición 65 de California, que advierte sobre químicos relacionados con cáncer o daños reproductivos.

También se hallaron 17 sustancias vinculadas al cáncer de mama en 36 de las muestras, algunas con capacidad de alterar el sistema hormonal.

Compuestos organoestánnicos y niveles por encima de lo recomendado

El estudio destaca la presencia de compuestos organoestánnicos en cerca del 10% de las muestras. En algunos casos, se detectaron concentraciones superiores a los niveles considerados seguros en la Unión Europea, donde este tipo de sustancias está regulado.

Estos compuestos se emplean habitualmente como estabilizadores térmicos en materiales plásticos y se han asociado a irritaciones cutáneas, una de las quejas más frecuentes entre usuarios de extensiones. También se han relacionado con alteraciones hormonales y riesgos de cáncer.

Por qué pueden suponer un riesgo para la salud

Las extensiones de cabello suelen tratarse con productos químicos para hacerlas más resistentes al calor, al fuego o a la humedad. Sin embargo, según los investigadores, las empresas rara vez detallan qué sustancias se utilizan en estos procesos.

El hecho de que las extensiones estén en contacto directo con el cuero cabelludo y el cuello aumenta la exposición potencial. Además, al aplicar calor para peinarlas o moldearlas, algunos compuestos podrían liberarse al aire y ser inhalados.

Los autores del estudio subrayan que todavía se necesita más investigación para comprender el impacto real de esta exposición, pero consideran necesario mejorar la transparencia y la regulación de estos productos.

Un mercado en crecimiento con escasa regulación

El mercado mundial de extensiones de cabello sigue creciendo y se prevé que supere los 14.000 millones de dólares en 2028. Este auge ha incrementado la preocupación por la seguridad de los productos, especialmente ante la falta de información clara sobre su composición.

Los investigadores consideran urgente reforzar la supervisión de esta industria y fomentar el desarrollo de productos más seguros. También sugieren que los consumidores deberían contar con advertencias más claras sobre la presencia de determinadas sustancias químicas.

La necesidad de más transparencia en los productos capilares

El estudio pone de relieve la importancia de que las marcas informen sobre los compuestos utilizados en la fabricación de extensiones. Según los autores, los consumidores deberían poder tomar decisiones informadas sobre los productos que utilizan de forma habitual.

Aunque la investigación se ha centrado en el mercado estadounidense, sus conclusiones tienen implicaciones globales, dado el carácter internacional de la industria de la belleza.

Los expertos insisten en que el objetivo no es alarmar, sino promover una mayor transparencia y regulación para garantizar la seguridad de quienes utilizan extensiones de cabello de forma regular.

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