Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Toque de atención de la Junta Electoral a Ribó por un uso partidista de las redes sociales del Ayuntamiento

Publicado

en

VALÈNCIA, 10 Abr.- La Junta Electoral Provincial de Valencia ha dictado tres resoluciones en las que insta al Ayuntamiento de València a dejar de publicitar gestión pública en redes sociales y en su página web, a raíz de los recursos del PP contra decisiones anteriores de la Junta de Zona.

En concreto, el PP hacía referencia en sus recursos a la presentación por parte del alcalde de València, Joan Ribó, de la estrategia Valencia Music City; en la conformación del Consejo Municipal de Turismo por concejales del PSPV y en la utilización de los perfiles oficiales del Ayuntamiento en las redes sociales «sin guardar la precisa objetividad que se requiere en todo momento y sobre todo en periodo electoral».

En sus resoluciones, de fecha 8 de abril, la Junta Electoral recuerda que el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) prohíbe de forma expresa durante este periodo la realización de cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o use imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

En estos casos, según añade en cada una, «la difusión en periodo electoral en la página oficial de referencia puede ser valorada como difusión de logros en la gestión política conseguida, que puede suponer una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos» que dimana de ese artículo. Por ello, estima el recurso del PP contra una primera resolución de la Junta de Zona y requiere al consistorio para el «cese inmediato» de las publicaciones controvertidas.

La candidata del PP a la Alcaldía de Valencia, Mª José Català, ha advertido en un comunicado que el tripartito «no ha respetado los limites que marca la Loreg y la instrucción dada por la Junta Electoral Central sobre los procesos electorales próximos, según los cuales, las administraciones públicas deben cumplir con los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y el principio de igualdad entre los actores electorales».

Sin embargo, tal y como ha señalado la candidata del PP, «el proceder del tripartito del Ayuntamiento de Valencia no ha garantizado el marco institucional de neutralidad» que establece la Loreg, «que cuida mucho de que los poderes públicos no induzcan el sentido del voto de los electores», y ha hecho «autobombo» de su gestión.

«Intolerable»

Català ha exigido al tripartito que «paralice cualquier acción institucional, pagada con fondos públicos, para ensalzar su gestión y cumpla con la Ley Electoral». «Estamos viendo como a diario están convocando actos públicos como gobierno municipal, utilizando los canales institucionales en las redes sociales, y difundiéndolos a través de la web municipal y la agenda oficial para sacar provecho electoral, y esto es algo intolerable e ilegal que debe finalizar de inmediato, tal y como les ha advertido la Junta Electoral hasta en tres ocasiones».

Ribó: «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando»

El alcalde de València, Joan Ribó, ha asegurado que en su equipo serán «muy escrupulosos» con los actos y manifestaciones públicas en el contexto de la campaña electoral pero ha puntualizado que «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando».

Ribó ha admitido que, «efectivamente», alguna de las resoluciones fue por un tuit y ha señalado que «en campaña electoral hay denuncias continuamente». Ha considerado que «hay un partido, el PP, que está todos los días denunciando, el otro día fue porque nos hicimos una foto con las pancartas de los paraísos fiscales».

Ha informado de que se han presentado las alegaciones a la Junta Electoral y lo ha calificado como «una cuestión normal». En este punto, el alcalde ha añadido: «Intentaremos ser lo más cautelosos posibles pero, de momento, el 1 de este mes teníamos previsto inaugurar una cosa oficialmente con personalidades de España y Roma y la hemos suprimido porque lo veíamos correcto pero a veces estas cosas pasan y no hay más remedio».

«Nosotros seremos muy escrupulosos pero hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando e igual nos presenta una denuncia por lo que estamos haciendo aquí ahora», ha rematado.

Fuente: Europa Press

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

Publicado

en

Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo