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Toque de atención de la Junta Electoral a Ribó por un uso partidista de las redes sociales del Ayuntamiento

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VALÈNCIA, 10 Abr.- La Junta Electoral Provincial de Valencia ha dictado tres resoluciones en las que insta al Ayuntamiento de València a dejar de publicitar gestión pública en redes sociales y en su página web, a raíz de los recursos del PP contra decisiones anteriores de la Junta de Zona.

En concreto, el PP hacía referencia en sus recursos a la presentación por parte del alcalde de València, Joan Ribó, de la estrategia Valencia Music City; en la conformación del Consejo Municipal de Turismo por concejales del PSPV y en la utilización de los perfiles oficiales del Ayuntamiento en las redes sociales «sin guardar la precisa objetividad que se requiere en todo momento y sobre todo en periodo electoral».

En sus resoluciones, de fecha 8 de abril, la Junta Electoral recuerda que el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) prohíbe de forma expresa durante este periodo la realización de cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o use imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.

En estos casos, según añade en cada una, «la difusión en periodo electoral en la página oficial de referencia puede ser valorada como difusión de logros en la gestión política conseguida, que puede suponer una vulneración del principio de neutralidad de los poderes públicos» que dimana de ese artículo. Por ello, estima el recurso del PP contra una primera resolución de la Junta de Zona y requiere al consistorio para el «cese inmediato» de las publicaciones controvertidas.

La candidata del PP a la Alcaldía de Valencia, Mª José Català, ha advertido en un comunicado que el tripartito «no ha respetado los limites que marca la Loreg y la instrucción dada por la Junta Electoral Central sobre los procesos electorales próximos, según los cuales, las administraciones públicas deben cumplir con los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y el principio de igualdad entre los actores electorales».

Sin embargo, tal y como ha señalado la candidata del PP, «el proceder del tripartito del Ayuntamiento de Valencia no ha garantizado el marco institucional de neutralidad» que establece la Loreg, «que cuida mucho de que los poderes públicos no induzcan el sentido del voto de los electores», y ha hecho «autobombo» de su gestión.

«Intolerable»

Català ha exigido al tripartito que «paralice cualquier acción institucional, pagada con fondos públicos, para ensalzar su gestión y cumpla con la Ley Electoral». «Estamos viendo como a diario están convocando actos públicos como gobierno municipal, utilizando los canales institucionales en las redes sociales, y difundiéndolos a través de la web municipal y la agenda oficial para sacar provecho electoral, y esto es algo intolerable e ilegal que debe finalizar de inmediato, tal y como les ha advertido la Junta Electoral hasta en tres ocasiones».

Ribó: «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando»

El alcalde de València, Joan Ribó, ha asegurado que en su equipo serán «muy escrupulosos» con los actos y manifestaciones públicas en el contexto de la campaña electoral pero ha puntualizado que «hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando».

Ribó ha admitido que, «efectivamente», alguna de las resoluciones fue por un tuit y ha señalado que «en campaña electoral hay denuncias continuamente». Ha considerado que «hay un partido, el PP, que está todos los días denunciando, el otro día fue porque nos hicimos una foto con las pancartas de los paraísos fiscales».

Ha informado de que se han presentado las alegaciones a la Junta Electoral y lo ha calificado como «una cuestión normal». En este punto, el alcalde ha añadido: «Intentaremos ser lo más cautelosos posibles pero, de momento, el 1 de este mes teníamos previsto inaugurar una cosa oficialmente con personalidades de España y Roma y la hemos suprimido porque lo veíamos correcto pero a veces estas cosas pasan y no hay más remedio».

«Nosotros seremos muy escrupulosos pero hay cosas que tenemos que hacer porque estamos gobernando e igual nos presenta una denuncia por lo que estamos haciendo aquí ahora», ha rematado.

Fuente: Europa Press

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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