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Tramitar el padrón en València: misión imposible

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Cuántos habitantes tiene Valencia
Foto: PARTIDO POPULAR

Tramitar el padrón en la ciudad de València es una misión imposible desde hace un tiempo. La lista de espera ronda los dos y los tres meses. Buena muestra son las colas que se pueden ver a diario rondando el Ayuntamiento de València.

El Partido Popular ha denunciado las colas inadmisibles que hoy y de manera continua se está produciendo para tramitar el padrón en el Ayuntamiento de Valencia. “Hoy las colas llegaban hasta la esquina de Arzobispo Mayoral.

Los vecinos están sufriendo la dejadez y la inacción de Compromís y Partido Socialista que no han hecho nada durante años para solucionar el problema del padrón”, ha afirmado la portavoz adjunta del PP, María José Ferrer San Segundo.

Esperas de dos y tres meses para el padrón

En este sentido, ha recordado que el Síndic de Greuges ha reprendido al Ayuntamiento de Valencia en varias ocasiones por no atender su reclamaciones y no actuar ante el colpaso que sufre el padrón, donde hay listas de entre 2 y 3 meses de espera.

Asimismo, ha denunciado que pese a que la delegación de Personal cifró en 25 personas las necesarias para tramitar correctamente los expedientes, el equipo de gobierno ha reconocido que no ha hecho nada y no se ha dotado de ese personas para tramitar el servicio en las Juntas Municipales.

Cómo tramitar el padrón en València

Si usted es mayor de edad y está empadronado en la ciudad de València, rellenando el formulario que aparece a continuación, podrá obtener los siguientes tipos de certificados de empadronamiento:

  • INDIVIDUAL: acredita su inscripción en el padrón de habitantes de la ciudad de València en el momento de la solicitud
  • INDIVIDUAL HISTÓRICO: acredita su fecha de alta en el padrón de habitantes de la ciudad de València y los movimientos posteriores
  • FAMILIAR: acredita su inscripción en el padrón de habitantes en el momento de la solicitud, así como el número de personas que componen su inscripción. Únicamente  se mostrarán los datos personales de la persona solicitante.
  • Si necesita que consten los datos personales del resto de personas empadronadas, deberá aportar las autorizaciones de cada uno de ellos: consulte cómo solicitarlo en la Sede Electrónica
  •  VIVIENDA (REAGRUPACIÓN FAMILIAR/ CARTA DE INVITACIÓN): acredita su inscripción en el padrón de habitantes en el momento de la solicitud, así como el número total de personas empadronadas en la vivienda (todas las inscripciones)

Para cualquier otro tipo de certificado (menores de edad, familiares en los que deban constar los datos personales de todos los miembros, personas de baja en el padrón o fallecidas, etc.): consulte cómo solicitarlo en la Sede Electrónica

A TENER EN CUENTA ANTES DE RELLENAR EL FORMULARIO:

Sea cual sea la forma de envío elegida, antes de proceder al envío del certificado se deben realizar una serie de comprobaciones previas para la verificación de los datos suministrados, y por tanto, el certificado no se obtiene en el momento. Si quiere obtener un certificado de manera inmediata deberá hacerlo a través de la Sede Electrónica  con certificado digital o DNI electrónico.
Con objeto de solucionar posibles incidencias de su solicitud es muy importante que nos facilite un teléfono de contacto, preferiblemente móvil.

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Valencia

La jueza de la DANA en Catarroja rechaza la personación de la Generalitat Valenciana en la causa

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Valencia justicia dana

VALÈNCIA, 9 Abr. (EUROPA PRESS) – La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja ha rechazado la solicitud de la Generalitat Valenciana para personarse como responsable civil subsidiaria en la causa que investiga la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre de 2024. La jueza considera que la solicitud no es procedente en el momento procesal actual.

Rechazo a la personación de la Generalitat Valenciana

En un auto dictado y notificado este miércoles, la magistrada sostiene que, conforme a la jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Valencia, el responsable civil subsidiario solo se incorpora al proceso cuando la pretensión civil se dirige formalmente contra él, bien en el escrito de calificación o cuando se dicte resolución para el aseguramiento de responsabilidades civiles.

La resolución responde a una solicitud presentada por la Abogacía de la Generalitat el pasado 7 de abril. Según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la decisión judicial no es firme y puede ser recurrida en los plazos legales establecidos: tres días para recurso de reforma o cinco para apelación.

Base legal: Código Penal y LECrim

La magistrada recuerda que el artículo 121 del Código Penal contempla que el Estado, comunidades autónomas y otros entes públicos responden subsidiariamente de los daños causados por funcionarios, autoridades o contratados, siempre que el daño derive directamente del funcionamiento de los servicios públicos.

Sin embargo, aclara que en el procedimiento penal abreviado, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) indica que la incorporación del responsable civil subsidiario se produce en el trámite de calificación del delito, o al adoptarse medidas de aseguramiento, garantizando así el principio de contradicción y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Investigados en la causa de la DANA

Actualmente, figuran como investigados en la causa la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y el ex secretario de Emergencias, Emilio Argüeso, quienes ocupaban cargos de autoridad en el momento en que ocurrieron los hechos, el 29 de octubre de 2024.

Los trabajos de dragado en la acequia del Puerto de Catarroja, uno de los puntos más afectados por la DANA, forman parte del contexto de esta investigación por posible responsabilidad en la gestión de la emergencia.

 

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