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Un año del primer muerto por covid en España: un valenciano llegado del Nepal

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Madrid, 12 feb (EFE).- El 13 de febrero de 2020 falleció el primer enfermo de coronavirus en España y en Europa, en el hospital Arnau de Vilanova de Valencia, un valenciano que acababa de llegar de Nepal, aunque no se atribuyó la causa de su muerte a esa nueva enfermedad, entonces casi desconocida, hasta el 3 de marzo.

Según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, desde que comenzó la pandemia, 3.041.454 personas se contagiaron y 64.127 han fallecido en España, si bien sobre el número real de muertos hay cierta polémica ya que otras fuentes, como el INE o el Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo), lo sitúa en una cifra más alta, cercana a los 84.000.

El 31 de enero del año pasado, el Centro Nacional de Microbiología confirmó el primer caso de coronavirus en el país: el de un turista alemán en la isla canaria de La Gomera, donde viajó con unos compatriotas.

Ese mismo día aterrizó en Torrejón de Ardoz (Madrid) un avión con españoles repatriados de la ciudad china de Wuhan, la mayoría de ellos técnicos que trabajaban para el equipo de fútbol local Wuhan Three Towns.

Desde el aeródromo fueron trasladados al hospital militar Gómez Ulla de Madrid, donde pasaron una cuarentena de catorce días. Ninguno de ellos dio positivo.

Un mes antes de esa fecha, las autoridades de Wuhan habían informado de 27 casos de una neumonía desconocida tras haber visitado el mercado de animales vivos de esa localidad y pocos días después se puso nombre al culpable de la infección, el Sars-Cov-2.

También por esas fechas, otro equipo de fútbol de esa ciudad, el Wuhan Zall, entrenaba en Andalucía, donde llegó el 29 de enero y que a mediados de marzo regresó a su país, debido a la situación por la covid-19, explicó entonces su entrenador, el español José González.

«El problema ahora está aquí, en China se ha erradicado prácticamente», indicó el técnico gaditano.

Los primeros casos en España estaban vinculados a extranjeros, que fueron aislados en los hoteles en los que se hospedaban, o a españoles recién llegados de otros países, generalmente del norte de Italia.

Hasta el 26 de febrero no se conoció el primer caso del virus no importado: un hombre de 62 años hospitalizado en Sevilla.

El 9 de marzo la Comunidad de Madrid y las localidades vascas de Vitoria y Labastida son declaradas zonas de «transmisión comunitaria alta», por lo que se suspenden las clases y se recomienda el teletrabajo.

El 10 de marzo, el Congreso y el Senado suspenden sus actividades y se prohíben los vuelos desde Italia.

El 11 la OMS declara la pandemia y el 14 el Gobierno aprueba el estado de alarma, para, un día después anunciar un paquete de medidas que incluían el control de la sanidad privada, la contratación de personal sanitario y el despliegue de los cuerpos de seguridad del Estado y las fuerzas armadas, además de cerrar las fronteras terrestres.

A partir de entonces se desplegaron hospitales de campaña y reconvirtieron establecimientos para hacerlos centros médicos o morgues, se pararon las actividades no esenciales, se autorizaron créditos y avales para empresas y ertes para sus empleados, pero las cifras de contagios y de muertes se sucedían, hasta llegar a los 950 muertos en un solo día, el 2 de abril.

El 18 de abril se superaron los 20.000 muertos, aunque pocos días después el Gobierno aprobó un plan de desescalada con cuatro fases y distintas velocidades según los territorios y se permitieron las salidas a la calle, con distintas franjas horarias.

Tras 98 días y seis prórrogas, finaliza el estado de alarma y se reabren las fronteras a países europeos el 21 de junio, pero en los días siguientes, los rebrotes llevan a imponer restricciones en algunas zonas.

A primeros de julio, Cataluña establece el uso obligatorio de mascarilla en espacios públicos, medida que, a continuación, adoptan también otras comunidades.

Como empieza a aumentar el número de contagiados y fallecidos, a mediados de agosto Sanidad y las comunidades acuerdan cerrar discotecas y bares de copas, limitar el horario de restaurantes y la prohibición de fumar en la calle.

El 15 de septiembre se superan los 30.000 muertos y los 600.000 contagios y el 29 el Consejo Interterritorial de Salud acuerda -con los votos en contra de Madrid, Galicia, Cataluña, Andalucía, Murcia y Ceuta- restringir la movilidad en los municipios de más de 100.000 habitantes con alto impacto de covid.

Poco después el Gobierno declara el estado de alarma en Madrid y 8 municipios de la región y otras comunidades deciden cerrar la hostelería e implantar el confinamiento perimetral.

Pero los contagios y fallecimientos continúan, por lo que el 25 de octubre, el Ejecutivo aprueba el estado de alarma nacional con toque de queda nocturno, lo que es avalado por el Congreso.

El récord de muertes en la segunda ola, 537 en un día, está datado el 24 de noviembre y pocos días después el Consejo Interterritorial de Salud aprueba medidas para Navidad que incluyen reuniones de hasta 10 personas y cierres perimetrales.

El 27 de diciembre comienza la vacunación y un día después se superan los 50.000 fallecidos por covid.

En plena tercera ola, el pasado día 7 de enero, se superan los 2 millones de contagios, en tanto que la vacunación avanza muy lentamente.

La incidencia acumulada roza los 900 casos (899,93) el pasado 27 de enero y así, el 3 de febrero, España supera los 60.000 muertos por covid, para el pasado día 9 superar los 3 millones de contagios y registrar la cifra diaria de muertes más alta desde abril: 766.

Inmaculada López Varona

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Consumo

Comunicado de Airbnb

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Airbnb rechaza el listado de Consumo y critica el auto del TSJM

Airbnb ha manifestado su «firme oposición» al procedimiento llevado a cabo por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, tras conocerse este lunes un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que insta a la plataforma a eliminar 5.800 anuncios de pisos turísticos.

La compañía denuncia el uso de una «metodología indiscriminada» en la elaboración del listado de anuncios presuntamente ilegales, que formaría parte de una serie de resoluciones remitidas por Consumo, y ha confirmado que continuará recurriendo las decisiones judiciales por considerar que «están en desacuerdo con las normativas españolas y europeas».


Airbnb defiende la legalidad de su plataforma

Un portavoz de Airbnb ha explicado que el Ministerio de Consumo «no es competente para hacer cumplir regulaciones turísticas» y que ha enviado un listado que incluye anuncios con licencia y otros que, según la plataforma, «podrían no necesitarla, como los arrendamientos de temporada».

Además, ha afirmado que Consumo ha ignorado resoluciones del Tribunal Supremo que aclaran que no todos los anuncios de Airbnb están obligados a mostrar un número de registro. Según la sentencia del Supremo de enero de 2022, la obligación recae sobre el prestador del servicio turístico, no sobre la plataforma de intermediación.


Airbnb se acoge a la Ley de Servicios Digitales

La compañía ha insistido en que actúa conforme a la Ley de Servicios Digitales europea, y que no tiene obligaciones de supervisión activa sobre el contenido publicado por los usuarios. En esta línea, recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en diciembre de 2019 que Airbnb es un servicio de la sociedad de la información, y no un agente inmobiliario, por lo que su función es la de intermediación.

Este argumento es clave en la defensa de la plataforma, que reitera que los anfitriones son responsables de cumplir con las leyes locales y de que los anuncios incluyan la información necesaria cuando así se requiera.


Consumo ya ha notificado más de 65.000 anuncios

En los últimos meses, el Ministerio de Consumo ha remitido a Airbnb tres resoluciones diferentes en las que notificó un total de 65.935 anuncios supuestamente ilegales. El auto conocido este lunes por parte del TSJM corresponde a la primera de esas resoluciones, que obliga a retirar 5.800 anuncios concretos.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha calificado esta decisión como una «gran victoria» en defensa del derecho a la vivienda y ha afirmado que se trata de un «aval claro a la labor del ministerio» en su objetivo de proteger a los consumidores.

Respecto a las otras dos resoluciones, el Ministerio espera que la justicia se pronuncie en la misma línea, aunque reconoce que la plataforma «habrá recurrido» también estos casos.


Airbnb recuerda sus políticas de cumplimiento

En relación con sus procedimientos, Airbnb ha recordado que siempre informa a los anfitriones de la necesidad de cumplir las leyes locales antes de publicar sus anuncios. La plataforma exige a los usuarios que certifiquen que cuentan con los permisos necesarios y les recuerda de forma periódica que revisen la normativa aplicable.

Esto se deja claro en los Términos de Servicio y los usuarios que no cumplan con las políticas pueden ser eliminados de la plataforma”, ha indicado el portavoz.

Además, aclaran que no todos los alojamientos publicados en la web corresponden a viviendas turísticas. También se incluyen apartamentos turísticos, hoteles, hostales o arrendamientos de temporada, modalidades que no están sujetas a las mismas obligaciones que el alquiler vacacional de corta duración.


Colaboraciones recientes con gobiernos regionales

Para demostrar su voluntad de cooperación, Airbnb ha puesto en valor sus recientes acuerdos con gobiernos autonómicos como los de Islas Canarias, Región de Murcia y el Consejo Insular de Ibiza, con el objetivo de fomentar un modelo de turismo sostenible. Según la plataforma, estas iniciativas son ejemplos de que «Airbnb quiere trabajar junto a las autoridades locales para crear un sistema equilibrado y beneficioso para todas las partes implicadas».


¿Por qué considera Consumo que los anuncios son ilegales?

La Dirección General de Consumo ha detallado tres motivos principales por los que considera que los anuncios detectados en Airbnb incumplen la normativa vigente:

1. Falta de número de licencia

Una gran parte de los anuncios analizados no incluyen el número de licencia o registro obligatorio, exigido por varias normativas autonómicas. Esta omisión constituye, según el Ministerio, la infracción más frecuente en la publicidad alojada en la plataforma.

2. Falta de información sobre el arrendador

Otro incumplimiento recurrente es que no se identifica la naturaleza jurídica del arrendador. Es decir, no se especifica si quien alquila es un particular o un profesional, algo fundamental para determinar si el contratante está protegido por la legislación de consumo.

3. Licencias no válidas o falsificadas

Consumo también denuncia la presencia de anuncios con números de licencia falsos o inválidos, es decir, no expedidos por ninguna autoridad oficial. Esta práctica puede ser considerada engañosa o fraudulenta, ya que puede inducir a error a los usuarios que creen estar alquilando alojamientos legales.


Conclusión: choque entre Airbnb y Consumo por el control del alquiler turístico

El conflicto entre Airbnb y el Ministerio de Consumo refleja un choque de competencias y de interpretaciones legales sobre cómo debe regularse el alquiler turístico en España. Mientras Consumo insiste en la necesidad de más transparencia y legalidad en las plataformas, Airbnb reivindica su papel como intermediario tecnológico, sin responsabilidad directa sobre el contenido que publican los anfitriones.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid marca un punto de inflexión en la batalla judicial entre la administración y las plataformas digitales, y podría sentar precedente para el control del mercado de alquiler turístico en España.

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