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Esta es la multa más repetida entre los ciclistas en Valencia

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Un hombre circula en bicicleta bajo la lluvia. EFE / Manuel Lorenzo/Archivo

Los datos no mienten. ¿Cuál la infracción estrella de los ciclistas? Conducir con auriculares una bicicleta es la sanción más repetida en los dos últimos años en la ciudad de Valencia.

A un total de 751 ciclistas se les ha impuesto esta sanción en los tras comprobarse que incumplían la normativa vial en esta materia.

Estas cifras, a las que ha tenido acceso el Partido Popular en una respuesta dada por el Ayuntamiento de las sanciones de 2021 hasta noviembre de 2022, demuestran que “hay que continuar con las campañas de concienciación para que los usuarios conozcan mejor la normativa vial y cómo deben circular. Además lo patinetes deberían incluirse también en estos programas puesto que se han impuesto más sanciones que de bicicletas, más de 2.300 en los patinetes frente a las 1.450 de las bicicletas”, ha afirmado el concejal del PP en el ayuntamiento de Valencia Carlos Mundina.

En total se han impuesto 1450 sanciones que se desglosan en las 751 multas por  utilizar auriculares, 551 por circular por la acera, 76 por conducir con el móvil, 59 por positivo en alcohol, 9 por exceso de velocidad y 4 por ir más personas de las autorizadas.

La recaudación de todas ellas asciende a 92.715 euros de los que 54.208 euros son por conducir con auriculares, 21.985€ por circular por la acera, 12.180€ por positivo en alcohol, 3.923€ por hablar por el móvil, 317€ por exceso de velocidad y 100€ por ir más personas de las permitidas, 

En este sentido, Carlos Mundina ha señalado que tanto las campañas de concienciación como las de control son necesarias para que “la convivencia en entre usuarios del patinete, peatones y vehículos sea más positiva”.

En cuanto a los patinetes, en este mismo período el ranking de sanciones lo encabeza el circular por la acera con 984 sanciones, seguida de circular con más ocupantes de los permitidos con 614 multas, utilizar auriculares 470, positivo en alcohol 147, exceso de velocidad 133 y conducir con el móvil 41. La recaudación por estas sanciones fue de 84.655 euros. 

Por último, el concejal popular ha apuntado que “para el Partido Popular la movilidad en la ciudad debe de complementarse con la seguridad y el consenso. Esas son nuestras claves de futuro para la ciudad y los ejes para el cambio en la ciudad después de las elecciones”.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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