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Así se distribuirá la vacuna contra la COVID-19 en España

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha vaticinado hoy que «una parte relevante» de la población española estará vacunada cuando acabe el primer semestre de 2021. En sus declaraciones, Sánchez ha avanzado que su Gobierno ya tiene diseñado un plan para la distribución de la vacuna. La cadena Ser ha tenido acceso a dicho plan, que están trazando técnicos del Ministerio de Sanidad, de comunidades autónomas y expertos científicos.

Ahora mismo, la vacuna en fase más avanzada es la de Pfizer, que hoy ha pedido permiso a las autoridades norteamericanas para comenzar la distribución inmediata de su producto. La Unión Europea tiene firmado un contrato con la farmacéutica norteamericana para la compra de 300 millones de unidades. Dado que su distribución en Europa irá en proporción a la población, se espera que a España lleguen 20 millones de unidades. Servirían para inmunizar a 10 millones de españoles, ya que la vacuna es de doble dosis..

Los primeros en recibirla serán los ancianos que viven en las residencias y el personal sanitario, los dos grupos de riesgo que desde el principio se pusieron en la punta de la pirámide de vacunación. A medida que se vayan solucionando los problemas de distribución y vayan llegando más dosis se irá vacunando a otros grupos prioritarios, hasta llegar a la población normal.

Como ya se ha anunciado, la vacuna será gratuita en España, y su administración correrá a cargo del sistema de salud a través de los centros de atención primaria. Son los que más experiencia tienen gracias a las campañas anuales de vacunación contra la gripe. Desde el gobierno central ya se ha instado a los autonómicos, que son los que tienen las competencias en sanidad, a hacer acopio del material necesario y tener a su personal preparado.

Otro punto en el que incide el plan del Gobierno es el de la concienciación. Una reciente encuesta del CIS reflejaba que casi la mitad de los españoles no se pondrían la vacuna. Es por ello que se van a lanzar campañas informativas para explicar cómo funciona la vacuna y dar seguridad a la población.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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