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València es la tercera ciudad española con mayor consumo de cocaína

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València es la tercera ciudad de España donde más cocaína se ha encontrado en las aguas residuales. Así lo revela un estudio del Observatorio Europeo de las Drogas y Toxicomanías (OEDT) destinado a estudiar los hábitos de consumo de drogas de sus habitantes durante una semana entre marzo y abril del pasado 2022. El estudio ha analizado las aguas residuales de un total de 104 ciudades repartidas entre 21 países analizados. En España, el nivel de consumo de las localidades analizadas ha quedado, de mayor a menor, en el siguiente orden: Tarragona, Lleida, València, Barcelona, Castellón y Santiago de Compostela.

Alarmantes resultados del estudio

Los resultados del análisis de las aguas residuales arrojan un promedio de 742,12 miligramos consumidos a diario por cada 1000 habitantes. Eso se traduce en un aumento notable respecto a los datos del 2019, año anterior a crisis pandémica del Covid-19 y, por tanto, último año en el que se podía calcular la situación de manera estabilizada. La marca de 2022 es la más desde el año 2013. Y coloca a València como la 10º urbe europea que más cocaína ha registrado. Por su parte, Castellón se ha posicionado como la 5º ciudad de España (15º de Europa) donde más sustancias se han advertido en las aguas residuales, ya por detrás de las ciudad europeas punteras en ese apartado.

A nivel nacional, España todavía es uno de los países europeos con más rastros de cocaína, MDMA, cannabis y ketamina en aguas residuales. En total se han analizado muestras de aguas residuales de aproximadamente 54 millones de personas en busca de ese tipo de drogas. La tendencia predominante expone, además de un aumento en los niveles de cocaína, un peligroso incremento de la metanfetamina. Mientras que en el caso de la anfetamina, MDMA y cannabis la evolución es irregular, varían considerablemente en el marco temporal y geográfico. Aun así, ha habido detecciones de las seis drogas ilegales investigadas en prácticamente todas las ciudades utilizadas.

El director del OEDT, Alexis Goosdeel, concluyó con este estudio que «dibuja un panorama de un problema de drogas tan extendido como complejo». El informe ha determinado que los rastros de droga eran más elevados en las grandes ciudades que en aquellas más pequeñas en el caso de la cocaína, metanfetamina y MDMA, pero no necesariamente en el de la anfetamina y el cannabis, cuyo uso está más universalizado.

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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