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Un nuevo violador en libertad en la Comunitat tras aplicar la ley ‘solo sí es sí’

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Un nuevo violador en libertad en la Comunitat tras aplicar la ley 'solo sí es sí'
Imagen de archivo de la entrada principal de la Audiencia Provincial de Alicante . EFE/Morell

Alicante, 20 dic (OFFICIAL PRESS/EFE).- La Audiencia de Alicante ha acordado la excarcelación de un segundo hombre condenado por agresión sexual, en esta caso por violar a su expareja, tras aplicar los nuevos criterios recogidos en la conocida como ley del ‘solo sí es sí’.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) han informado este martes de trece autos dictados recientemente por diferentes secciones de la Audiencia Provincial de Alicante «en las que se acuerda la revisión de condenas para penados por delitos contra la integridad sexual en aplicación de la reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 6/22″.

En concreto, uno de los autos facilitados por el TSJCV conlleva la excarcelación inmediata del reo (el hombre condenado por violar a su expareja).

Según el TSJCV, con estas resoluciones ya son quince las modificaciones de condenas (en dos casos con excarcelación del penado) dictadas hasta la fecha por la Audiencia alicantina.

El segundo auto de excarcelación ha sido dictado por la Sección Primera de la Audiencia en relación con un hombre condenado en sentencia firme en diciembre de 2013 a 9 años y un día de prisión por un delito de agresión sexual con la agravante de parentesco. Esa era la pena mínima prevista entonces para ese tipo de hechos delictivos.

No obstante, con la entrada en vigor de la nueva legislación, la condena queda rebajada a siete años de cárcel. De ahí que el tribunal haya resuelto la inmediata excarcelación del reo, puesto que ya habría cumplido ese tiempo de condena.

El tribunal invoca la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 29 de noviembre de 2022, en el marco del denominado ‘caso Arandina’ y señala que el fundamento de esta reducción se encuentra en que se le impuso una condena con base en el mínimo legal que contempla este delito.

De esta forma, al ser más favorable para él, ahora aplica la pena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reciente reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

“A los penados asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa, aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178,179 y 23 del Código Penal» y la reducción de la pena impuesta por ese delito, precisan los magistrados.

Además, en otros cuatro autos dictados por tribunales de las secciones Séptima, Segunda y Tercera se acuerda igualmente la reducción de las penas impuestas a otros tantos condenados hasta rebajarlas de los seis a los cuatro años de privación de libertad.

En otra resolución, la aplicación de la nueva ley permite rebajar de diez a nueve años la pena establecida inicialmente para otro condenado por violación, mientras que, en otra ocasión, otro tribunal de la Sección Segunda modifica el castigo establecido inicialmente de nueve años de internamiento a ocho.

Otro auto dictado por la misma sección reduce la pena inicial para un condenado de cinco a dos años, y en respuesta a otro recurso, otro tribunal deja en ocho la condena de nueve años de prisión establecida en la sentencia original.

Además, en las tres últimas resoluciones facilitadas por el TSJCV se reduce de cuatro a dos años y once meses la condena a otro procesado al que se había considerado autor de un delito de agresión sexual; de once a diez años respecto a otro penado y de ocho a seis años para un último autor del delito de agresión sexual.

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Fallecen dos pacientes oncológicos por un error en el tratamiento

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Fallecen dos pacientes oncológicos por un error en el tratamiento

Dos pacientes oncológicos del Hospital Universitario de Burgos (HUBU) han fallecido tras producirse un error en la preparación y administración de un medicamento, según han confirmado fuentes del propio centro hospitalario. El hospital ha reconocido que lo ocurrido se debió a un error humano y ha asumido la responsabilidad de los hechos tras realizar una investigación interna.

Un fallo en la preparación del medicamento durante Navidad

Los hechos se produjeron durante las fiestas de Navidad, cuando se detectó un fallo en el preparado de una dosis destinada a un número concreto de pacientes oncológicos. Desde el HUBU han subrayado que no existe riesgo para otros pacientes, ya que el error estuvo limitado a ese grupo específico.

En total, el incidente ha afectado a cinco pacientes:

  • Dos han fallecido

  • Uno permanece ingresado en la UCI

  • Otro se encuentra ya en planta

  • El quinto paciente ha sido dado de alta

Desde el hospital se ha precisado que ninguno de los fallecidos era un paciente oncológico infantil.

Investigación interna y revisión de protocolos

En cuanto se tuvo conocimiento de lo ocurrido, el Hospital Universitario de Burgos activó una investigación interna para esclarecer los hechos. Tras su análisis, el centro ha confirmado que se trató de un error humano en la preparación y administración del medicamento, y ha procedido a revisar y reforzar los protocolos de actuación con el objetivo de minimizar el riesgo de que se produzcan incidentes similares en el futuro.

Apoyo a las familias y transparencia

La dirección del HUBU ha asegurado que se ha mantenido contacto permanente con las familias y los pacientes afectados, a quienes se les ha ofrecido apoyo psicológico y asesoramiento jurídico. Asimismo, el hospital ha destacado su compromiso con la transparencia, facilitando información detallada y explicaciones sobre lo sucedido desde el primer momento.

 

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