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Valencia

Ximo Puig quiere retrasar el toque de queda y eliminar el cierre perimetral

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nuevas restricciones comunitat valenciana
EFE

València, 3 may (EFE).- El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha asegurado que no ve «viable» que decaiga por completo el toque de queda en la Comunitat Valenciana a partir del 9 de mayo y ha defendido que todas las medidas que aligeren las restricciones se tomarán en la comisión interdepartamental «a finales de semana».

Puig ha respondido así a preguntas de los periodistas en la rueda de prensa para presentar las ayudas del plan Resistir Plus sobre la situación a partir de que decaiga el estado de alarma este domingo, y ha señalado que buscarán «un equilibro» en las nuevas medidas para que sean avaladas por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

Ha valorado la buena situación epidemiológica en la Comunitat y el «esfuerzo» de la sociedad y ha insistido en que van a continuar con «una desescalada prudente» y que el objetivo es que este verano «sea de máxima recuperación económica pero también social».

«Ese menor riesgo solo se explica desde la combinación de la prevención a base de restricciones, la vacunación que avanza como activo y el sistema de rastreo que consigue encapsular los brotes», ha sostenido, a la par que ha incidido en que la desescalada «no puede ser disruptiva» ni pasar a «cero restricciones», pero «se va a avanzar».

A su juicio, «el mes de mayo es fundamental, clave» porque quieren acabarlo «con todas las personas mayores de 60 años vacunadas» y empezar a vacunar en junio a los de 50 años y que ese mes «se acabe con ese sector de población».

«El mes de mayo será para acelerar la superación de la pandemia y para eso la prevención tiene que estar en nuestra cabeza, en nuestra manera de actuar» con la mascarilla, la ventilación y la higiene presentes porque «aún hay peligro, personas que mueren y en los hospitales» y «una relajación absoluta sería irresponsable».

«No podemos hacer un discurso triunfalista del fin de la pandemia», ha advertido para resaltar que el día 9 decaerá la perimetración de la Comunitat y «no hay previsto» el cierre de «ningún espacio local ni provincial».

«No veo viable la superación absoluta del toque de queda porque esta limitación de la movilidad durante la noche nos ha ayudado mucho y en esta escalada prudente y progresiva podremos ir avanzando en mayo», ha agregado.

Al decaer la perimetración «se podría viajar» aunque ha incidido en que pedirá «máxima prudencia para que ese aumento de la movilidad no nos afecte negativamente», y ha hecho hincapié en que tienen que «combinar la máxima vigilancia contra el virus con la vacunación e ir aligerando las medidas».

De hecho ha indicado que el toque de queda se podría ampliar aunque ha insistido en que no quiere «especular» y las decisiones se tomarán en el seno de la Interdepartamental «hacia final de semana».

Ha señalado que el marco jurídico es el mismo que tenían previo al actual estado de alarma y se basará en la legislación en el ámbito de la salud para dotarse «solo» de las restricciones «necesarias» y con «avales técnicos».

«Con esta prudencia sostenida estamos avanzando mucho y así debemos continuar; con esa causa común de los valencianos, que es superar la pandemia y alcanzar la recuperación económica y social», ha defendido, a la par que ha sentenciado: «Vamos a recuperarnos antes y con mayor fuerza».

«Cada uno cuando opta por decisiones tiene riesgos y nosotros hemos asumido pero pensando en el interés general y creo que la sociedad valencia ha dado un gran ejemplo», ha resaltado.

Ha insistido en que la Comunitat «no está en condiciones de un levantamiento total de las restricciones» y conscientes de que eso afecta a diferentes sectores de forma más importantes, se están implementando las ayudas.

«Queremos llegar más pronto que tarde a levantar todas las restricciones pero aún queda un tiempo y pido esa corresponsabilidad que han tenido y van a seguir teniendo» los sectores afectados, ha manifestado.

Respecto a si tienen claro que contarán con el aval del TSJCV en sus medidas, ha reconocido que la situación es mejor que en octubre y por esto «las restricciones se ajustarán a la realidad epidemiológica» y Salud Pública planteará la aligeración de las medidas y «con ese acuerdo iremos a la justicia», ha dicho.

Según Puig, desde que se aliviaron algunas medidas, la situación parece haberse «estancado y consolidado» y «de momento, no ha habido un cambio sustancial».

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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